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Norma Foral 3/1996, de 26 de junio, del Impuesto de Sociedades. - Boletín Oficial de Bizkaia de 11-07-1996

Tiempo de lectura: 49 min

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Ambito: Bizkaia

Estado: DEROGADO. Desde 01 de Enero de 2014

Órgano emisor: JUNTAS GENERALES DE BIZKAIA

Boletín: Boletín Oficial de Bizkaia Número 135

F. Publicación: 11/07/1996


PREÁMBULO TÍTULO I. Naturaleza y ámbito de aplicación del Impuesto Artículo 1. Naturaleza. Artículo 2. Ámbito de aplicación subjetiva, exacción del Impuesto y domicilio fiscal. Artículo 2 bis. Lugar de realización de las operaciones. Artículo 3. Tratados y convenios. TÍTULO II. El hecho imponible Artículo 4. Hecho imponible. Artículo 5. Estimación de rentas. Artículo 6. Atribución de rentas. TÍTULO III. El sujeto pasivo Artículo 7. Sujetos pasivos. Artículo 8. Sujetos pasivos por obligación personal de contribuir. Artículo 9. Exenciones. TÍTULO IV. La base imponible Artículo 10. Concepto y determinación de la base imponible. Artículo 11. Correcciones de valor: amortizaciones. Artículo 12. Correcciones de valor: pérdida por deterioro del valor de los elementos patrimoniales. Artículo 13. Provisiones. Artículo 14. Gastos no deducibles. Artículo 15. Reglas de valoración: regla general y reglas especiales en los supuestos de transmisiones lucrativas y operaciones societarias. Artículo 16. Reglas de valoración: operaciones vinculadas. Artículo 17. Reglas de valoración: cambios de residencia, cese de establecimientos permanentes, operaciones realizadas con o por personas o entidades residentes en paraísos fiscales y cantidades sujetas a retención. Artículo 18. Efectos de la sustitución del valor contable por el valor normal de mercado. Artículo 19. Tratamiento de la doble imposición internacional en dividendos y participaciones en beneficios y rentas obtenidas por establecimientos permanentes. Artículo 20. Imputación temporal. Inscripción contable de ingresos y gastos. Artículo 21. Subcapitalización. Artículo 22. Reinversión de beneficios extraordinarios. Artículo 22 bis. Reducción de ingresos procedentes de la propiedad intelectual o industrial. Artículo 23. Obra benéfico-social de las Cajas de Ahorro. Artículo 24. Compensación de bases imponibles negativas. TÍTULO V. Base liquidable Artículo 25. Concepto y determinación de la base liquidable. Artículo 26. TÍTULO VI. Período de la imposición y devengo del impuesto Artículo 27. Período impositivo. Artículo 28. Devengo del impuesto. TÍTULO VII. Deuda tributaria CAPÍTULO I. Tipo de gravamen, cuota íntegra, cuota líquida y cuota efectiva Artículo 29. El tipo de gravamen. Artículo 30. Cuota íntegra. Artículo 31. Cuota líquida. Artículo 32. Cuota efectiva. CAPÍTULO II. Deducciones para evitar la doble imposición Artículo 33. Deducción para evitar la doble imposición interna: dividendos y plusvalías de fuente interna. Artículo 34. Deducción para evitar la doble imposición internacional: Impuesto soportado por el sujeto pasivo. Artículo 34 bis. Deducción para evitar la doble imposición internacional: dividendos o participaciones en beneficios. CAPÍTULO III. Bonificaciones Artículo 35. Artículo 36. Bonificación por actividades exportadoras y de prestación de servicios públicos locales. CAPÍTULO IV. Deducciones para incentivar inversiones en activos no corrientes nuevos Artículo 37. Deducción por inversiones en activos no corrientes nuevos. Artículo 37 bis. Artículo 38. Deducción por actuaciones para la protección y difusión del Patrimonio Cultural, así como por inversiones en producciones cinematográficas y en edición de libros. CAPÍTULO V. Deducciones para incentivar la financiación de las empresas Artículo 39. Reserva para Inversiones Productivas y/o para actividades de conservación y mejora del medio ambiente o ahorro energético. Artículo 40. Deducción por actividades de investigación y desarrollo. CAPÍTULO VI. Deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades Artículo 41. Deducción por actividades de innovación tecnológica. Artículo 42. Exclusiones al concepto de investigación y desarrollo e innovación tecnológica y aplicación de las deducciones. Artículo 43. Deducción por inversiones y gastos vinculados a proyectos que procuren el desarrollo sostenible, la conservación y mejora del medio ambiente y el aprovechamiento más eficiente de fuentes de energía. Artículo 44. Deducción por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social que actúen como instrumento de previsión social empresarial. Artículo 44 bis. Deducción por gastos de formación profesional. Artículo 44 ter. Artículo 45. Deducción por creación de empleo. CAPÍTULO VII. Normas comunes Artículo 46. Normas comunes a las deducciones previstas en los Capítulos IV, V y VI del presente Título. CAPÍTULO VIII. Deducción de los pagos a cuenta Artículo 47. Deducción de las retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados. TÍTULO VIII. Regímenes tributarios especiales CAPÍTULO I. Definición Artículo 48. Definición. CAPÍTULO II. Pequeñas y medianas empresas Artículo 49. Concepto de pequeña y mediana empresa. Artículo 50. Amortización del inmovilizado material nuevo. Artículo 51. Pérdidas por deterioro de los créditos por posibles insolvencias de deudores. Artículo 52. CAPÍTULO III. Régimen de las Empresas de Transporte Marítimo Artículo 53. Ámbito de aplicación subjetivo y objetivo. Régimen de tributación de las empresas de transporte marítimo. Artículo 54. Comunicación. CAPÍTULO IV. Agrupaciones de interés económico, españolas y europeas Artículo 55. Agrupaciones de interés económico españolas. Artículo 56. Agrupaciones europeas de interés económico. Artículo 57. Régimen de las aportaciones para su constitución. Artículo 57 bis. Criterios de imputación e identificación de socios. CAPÍTULO V. Uniones temporales de empresas Artículo 58. Uniones temporales de empresas. Artículo 58 bis. Criterios de imputación. Artículo 58 ter. Identificación de socios o empresas miembros. CAPÍTULO VI. Sociedades y Fondos de Capital-Riesgo, Sociedades de Promoción de Empresas y Sociedades de Desarrollo Industrial Regional SECCIÓN 1.ª Artículo 59. Sociedades y fondos de capital-riesgo. SECCIÓN 2.ª Artículo 60. Sociedades de Promoción de Empresas. SECCIÓN 3.ª Artículo 61. Sociedades de Desarrollo Industrial Regional. CAPÍTULO VII. Instituciones de inversión colectiva Artículo 62. Tributación de las Instituciones de Inversión Colectiva. Artículo 63. Tributación de los socios o partícipes de las instituciones de inversión colectiva. Artículo 64. Rentas contabilizadas de las acciones o participaciones de las instituciones de inversión colectiva. Artículo 65. Tributación de los socios o partícipes de las instituciones de inversión colectiva constituidas en países o territorios calificados reglamentariamente como paraísos fiscales. CAPITULO VIII. Sociedades patrimoniales Artículo 66. Concepto de Sociedades Patrimoniales. Artículo 67. Determinación de la base imponible. Artículo 68. Determinación de la cuota. Artículo 69. Distribución de beneficios y transmisión de participaciones de sociedades patrimoniales en el Impuesto sobre la Renta de los no Residentes. Artículo 70. Identificación de partícipes. CAPÍTULO IX. Régimen de consolidación fiscal Artículo 71. Definición. Artículo 72. Sujeto pasivo. Artículo 73. Responsabilidades tributarias derivadas de la aplicación del régimen de consolidación fiscal. Artículo 74. Definición del grupo fiscal. Sociedad dominante. Sociedades dependientes. Artículo 75. Inclusión o exclusión de sociedades en el grupo fiscal. Artículo 76. Determinación del dominio indirecto. Artículo 77. Aplicación del régimen de consolidación fiscal. Artículo 78. Determinación de la base imponible del grupo fiscal. Artículo 79. Eliminaciones. Artículo 80. Incorporaciones. Artículo 81. Compensación de bases imponibles negativas. Artículo 82. Reinversión. Artículo 83. Período impositivo. Artículo 84. Cuota íntegra del grupo fiscal. Artículo 85. Deducciones y bonificaciones de la cuota íntegra del grupo fiscal. Artículo 86. Obligaciones de información. Artículo 87. Causas determinantes de la pérdida del régimen de consolidación fiscal. Artículo 88. Efectos de la pérdida del régimen de consolidación fiscal y de la extinción del grupo fiscal. Artículo 89. Declaración y autoliquidación del grupo fiscal. CAPÍTULO X. Régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores, cesiones globales del activo y del pasivo y cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea de un estado miembro ... Artículo 90. Definiciones. Artículo 91. Régimen de las rentas derivadas de la transmisión. Artículo 92. Valoración fiscal de los bienes adquiridos. Artículo 93. Valoración fiscal de las acciones o participaciones recibidas en contraprestación de la aportación. Artículo 94. Régimen fiscal del canje de valores. Artículo 95. Tributación de los socios en las operaciones de fusión, absorción y escisión total o parcial. Artículo 96. Participaciones en el capital de la entidad transmitente y de la entidad adquirente. Artículo 97. Subrogación en los derechos y las obligaciones tributarias. Artículo 98. Imputación de rentas. Artículo 99. Pérdidas de los establecimientos permanentes. Artículo 100. Obligaciones contables. Artículo 101. Aportaciones no dinerarias. Artículo 102. Cesión global del activo y el pasivo. Artículo 103. Normas para evitar la doble imposición. Artículo 104. Aplicación del régimen fiscal. CAPÍTULO XI. Régimen fiscal de la minería Artículo 105. Entidades mineras: libertad de amortización. Artículo 106. Factor de agotamiento: ámbito de aplicación y modalidades. Artículo 107. Factor de agotamiento: inversión. Artículo 108. Factor de agotamiento: requisitos. Artículo 109. Factor de agotamiento: incumplimiento de requisitos. CAPÍTULO XII. Régimen fiscal de la investigación y explotación de hidrocarburos Artículo 110. Exploración, investigación y explotación de hidrocarburos. Artículo 111. Factor de agotamiento: requisitos. Artículo 112. Factor de agotamiento: incumplimiento de requisitos. Artículo 113. Titularidad compartida. Artículo 114. Amortización de inversiones intangibles y gastos de investigación. Compensación de bases imponibles negativas. CAPÍTULO XIII. Transparencia fiscal internacional Artículo 115. Inclusión en la base imponible de determinadas rentas positivas obtenidas por entidades no residentes. CAPÍTULO XIV. Régimen fiscal de determinados contratos de arrendamiento financiero Artículo 116. Contratos de arrendamiento financiero. CAPÍTULO XV. Régimen de las entidades de tenencia de valores extranjeros Artículo 117. Entidades de tenencia de valores extranjeros. Artículo 118. Rentas derivadas de la tenencia de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español. Artículo 118 bis. Distribución de beneficios. Transmisión de la participación. Artículo 119. Aplicación del régimen de las entidades de tenencia de valores extranjeros. CAPÍTULO XVI. Régimen de las entidades parcialmente exentas Artículo 120. Ámbito de aplicación. Artículo 121. Rentas exentas. Artículo 122. Determinación de la base imponible. CAPÍTULO XVII. Entidades dedicadas al Arrendamiento de Viviendas Artículo 122 bis. Ámbito de aplicación. Artículo 122 ter. Régimen tributario. CAPÍTULO XVIII. Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario Artículo 122 quáter. Aplicación del régimen de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI). Artículo 122 quinquies. Determinación de la base imponible y devengo del Impuesto. Artículo 122 sexies. Tipo de gravamen. Artículo 122 septies. Autoliquidación. Artículo 122 octies. Retenciones y obligaciones de información. Artículo 122 nonies. Régimen sancionador. Artículo 122 decies. Régimen fiscal de la entrada salida de este régimen fiscal especial. Artículo 122 undecies. Pérdida del régimen especial. Artículo 122 duodecies. Régimen fiscal especial de los socios. TÍTULO IX. Gestión del Impuesto CAPÍTULO I. El Indice de Entidades Artículo 123. Indice de Entidades. Artículo 124. Baja en el índice de entidades. Artículo 125. Obligación de colaboración. CAPÍTULO II. Obligaciones contables. Bienes y derechos no contabilizados. Revalorizaciones voluntarias Artículo 126. Obligaciones contables. Facultades de la Administración. Artículo 127. Bienes y derechos no contabilizados o no declarados: presunción de obtención de rentas. Artículo 127 bis. Gestión del Impuesto en los supuestos de tributación a varias Administraciones tributarias. Artículo 128. Revalorizaciones contables voluntarias. CAPÍTULO III. Declaración autoliquidación y liquidación provisional Artículo 129. Declaraciones. Artículo 130. Autoliquidación e ingreso de la deuda tributaria. Artículo 131. Liquidación provisional. CAPÍTULO IV. Devolución de oficio Artículo 132. Devolución de oficio. CAPÍTULO V. Pagos a cuenta Artículo 133. Pagos a cuenta. Artículo 134. Obligaciones de los sujetos pasivos en relación al domicilio fiscal. CAPÍTULO VI. Facultades de la Administración para determinar la base imponible Artículo 135. Facultades de la Administración para determinar la base imponible. Artículo 135 bis. Inspección del Impuesto. TÍTULO X. Orden Jurisdiccional Artículo 136. Jurisdicción competente. TÍTULO XI. Régimen sancionador Artículo 137. Infracciones y sanciones. DISPOSICIONES ADICIONALES D.A. 1ª. Restricciones a la deducción por doble imposición de dividendos. D.A. 2ª. Normas sobre retención, transmisión y obligaciones formales relativas a activos financieros y otros valores mobiliarios. D.A. 3ª. Remisiones a la Directiva 90/434/CEE del Consejo. D.A. 4ª. Referencias a la Norma Foral 4/1992, de 26 de junio, sobre Adecuación de determinados conceptos impositivos a las Directivas y Reglamentos de las Comunidades Europeas. Régimen del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Natura... D.A. 5ª. Coeficiente de corrección monetaria para 1996. D.A. 6ª. Ayudas a la política agrícola y pesquera comunitaria. D.A. 7ª. Actualización de balances. D.A. 8ª. Régimen económico y fiscal de Canarias. D.A. 9ª. Incentivos fiscales para la renovación de la flota mercante. D.A. 10ª. Restitución o compensación a los Partidos Políticos de Bienes y Derechos Incautados. D.A. 11ª. Régimen fiscal de las transmisiones de activos realizadas en cumplimiento de disposiciones con rango de Ley y de la normativa de defensa de la competencia. D.A. 12ª. D.A. 13ª. Importe anual de las cuotas de arrendamiento financiero correspondiente a la recuperación del coste del bien. D.A. 14ª. Reducciones de capital con devolución de aportaciones y distribuciones de la prima de emisión realizadas por sociedades de inversión de capital variable no sometidas al tipo general de gravamen del Impuesto sobre Sociedades. D.A. 15ª. Régimen de consolidación fiscal de los grupos formados por entidades de crédito integrantes de un sistema institucional de protección y de los grupos resultantes del ejercicio indirecto de la actividad financiera de las Cajas de Ahorros. D.A. 16ª. Consideración de explotación económica del arrendamiento de inmuebles. D.A. 17ª. Inversiones realizadas en infraestructuras construidas o adquiridas por empresas concesionarias. DISPOSICIONES TRANSITORIAS D.T. 1ª. Regularización de ajustes extracontables. D.T. 2ª. Amortización de elementos afectos a la explotación de hidrocarburos. D.T. 3ª. Saldos pendientes de inversión de las dotaciones al factor de agotamiento. Actividades de investigación y explotación de hidrocarburos regidas por la Ley 21/1974. D.T. 4ª. Exención por reinversión. D.T. 5ª. Beneficios fiscales de la reconversión y reindustrialización. D.T. 6ª. Arrendamiento financiero. D.T. 7ª. Fondos de comercio, derechos de traspaso y otros elementos del inmovilizado inmaterial adquiridos con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Norma Foral. D.T. 8ª. Fusiones amparadas por la Ley 76/1980, de 26 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Fusiones de Empresas. D.T. 9ª. Saldos pendientes de la deducción por inversiones. D.T. 10ª. Bases imponibles negativas pendientes de compensación. D.T. 11ª. Entidades exentas en virtud de una norma de asimilación con el régimen tributario del Estado o de cualquier otra entidad exenta. D.T. 12ª. Saldos de la provisión para insolvencias amparada en el artículo 69 del Decreto Foral 98 bis/1985, de 10 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. D.T. 13ª. Régimen de declaración consolidada. D.T. 14ª. Régimen transitorio de los beneficios sobre operaciones financieras. D.T. 15ª. Valor fiscal de las participaciones de las instituciones de inversión colectiva. D.T. 16ª. Cuentas de actualización. D.T. 17ª. Exención del Impuesto Especial sobre bienes inmuebles. D.T. 18ª. Deducción por doble imposición internacional. D.T. 19ª. Reinversión de beneficios extraordinarios y sociedades transparentes. D.T. 20ª. Deducción por doble imposición de dividendos en las cuentas en participación. D.T. 21ª. Materialización de la Reserva Especial para Inversiones Productivas prevista en la Norma Foral 1/1995, de 24 de febrero. D.T. 22ª. Fusiones y escisiones. D.T. 23ª. Empresas de nueva creación. D.T. 24ª. Deducción por inversiones para entidades con ejercicio quebrado. D.T. 25ª. Deducciones pendientes de aplicación por insuficiencia de cuota. D.T. 26ª. D.T. 27ª. Deducción por actividades de exportación. D.T. 28ª. Saldos pendientes de deducción. D.T. 29ª. Bases imponibles negativas y saldos pendientes de deducciones de sociedades patrimoniales. D.T. 30ª. Régimen transitorio de las sociedades patrimoniales. Tributación por el régimen general. D.T. 31ª. Disolución y liquidación de sociedades patrimoniales. D.T. 32ª. Deducción por incremento en el período impositivo de las contribuciones o aportaciones empresariales realizadas a sistemas de previsión social empresarial. D.T. 33ª. Deducciones pendientes de aplicación. D.T. 34ª. Imputación de rentas presuntas. D.T. 35ª. Régimen fiscal de determinados contratos de arrendamiento financiero. DISPOSICIÓN DEROGATORIA D.DT. ÚNICA. Derogaciones. DISPOSICIONES FINALES D.F. 1ª. Habilitaciones. D.F. 2ª. Entrada en vigor.