Norma Foral 9/2013, de 11 de marzo, del Impuesto sobre el Patrimonio. - Boletín Oficial de Álava de 20-03-2013
Índice
Texto
Ambito: Álava
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024
F. entrada en vigor: 20/03/2013
Órgano emisor: JUNTAS GENERALES DE ALAVA
Boletín: Boletín Oficial de Álava Número 34
F. Publicación: 20/03/2013
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
CAPÍTULO I. NATURALEZA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 1. - Naturaleza y objeto del Impuesto.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación.
Artículo 3. - Tratados y Convenios Internacionales.
CAPÍTULO II. HECHO IMPONIBLE
Artículo 4.- Hecho imponible.
Artículo 5.- Bienes y derechos exentos.
Artículo 6.- Requisitos para la exención de bienes afectos a actividades económicas y de determinadas participaciones.
CAPÍTULO III. CONTRIBUYENTES
Artículo 7. - Contribuyentes.
Artículo 8.- Representantes de los contribuyentes no residentes en España.
Artículo 9.- Titularidad de los elementos patrimoniales.
Artículo 10. - Bienes o derechos adquiridos con precio apla zado o reserva de dominio.
CAPÍTULO IV. BASE IMPONIBLE
Artículo 11.- Concepto.
Artículo 12.- Bienes inmuebles.
Artículo 13.- Actividades Económicas.
Artículo 14.- Depósitos en cuenta corriente o de ahorro, a la vista o a plazo.
Artículo 15.- Valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios, negociados en mercados organizados.
Artículo 16.- Demás valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios.
Artículo 17.- Valores representativos de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad, negociados en mercados organizados.
Artículo 18.- Demás valores representativos de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad.
Artículo 19.- Seguros de vida y rentas temporales o vitalicias.
Artículo 20.- Joyas, pieles de carácter suntuario y vehículos, embarcaciones y aeronaves.
Artículo 21.- Objetos de arte y antigüedades.
Artículo 22. - Derechos reales.
Artículo 23.- Concesiones administrativas.
Artículo 24.- Derechos derivados de la Propiedad Intelectual e Industrial.
Artículo 25.- Opciones contractuales.
Artículo 26.- Demás bienes y derechos de contenido econó mico.
Artículo 27.- Valoración de las deudas.
Artículo 28.- Determinación de la base imponible.
Artículo 29.- Tasación pericial.
CAPÍTULO V. BASE LIQUIDABLE
Artículo 30.- Base liquidable.
CAPÍTULO VI. DEVENGO DEL IMPUESTO
Artículo 31.- Devengo del Impuesto.
CAPÍTULO VII. DEUDA TRIBUTARIA
Artículo 32.- Cuota íntegra.
Artículo 33.- Límite de la cuota íntegra.
Artículo 34. - Impuestos satisfechos en el extranjero.
Artículo 35. - Responsabilidad patrimonial.
CAPÍTULO VIII. GESTIÓN DEL IMPUESTO
Artículo 36.- Autoliquidación.
Artículo 37.- Personas obligadas a presentar autoliquidación.
CAPÍTULO IX. INFRACCIONES Y SANCIONES
Artículo 38.- Infracciones y sanciones.
CAPÍTULO X. ORDEN JURISDICCIONAL
Artículo 39.- Orden jurisdiccional.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Referencias a la Norma Foral del Impuesto sobre el Patrimonio.
D.A. 2ª. Modificación de la Norma Foral 3/2007, de 29 de enero, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
D.A. 3ª. Modificación de la Norma Foral 11/2005, de 16 de mayo, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
D.A. 4ª. Valoración de los inmuebles arrendados en virtud de contratos celebrados con anterioridad al 9 de mayo de 1985.
D.A. 5ª. Régimen tributario de las herencias que se hallen pendientes del ejercicio de un poder testatorio o del ejercicio de un usufructo poderoso.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Inversiones en microempresas y pequeñas y medianas empresas de nueva o reciente creación o innovadoras.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.
D.F. 2ª.
D.F. 3ª.