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NORMA FORAL 9/2013, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2014. - Boletín Oficial de Gipuzkoa de 26-12-2013

Tiempo de lectura: 12 min

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Ambito: Gipuzkoa

Estado: VIGENTE. Validez desde 27 de Diciembre de 2013

Órgano emisor: DIPUTADO GENERAL

Boletín: Boletín Oficial de Gipuzkoa Número 245

F. Publicación: 26/12/2013

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo PREÁMBULO
TÍTULO I. APROBACIÓN, ALCANCE SUBJETIVO Y CONTENIDO DE LOS PRESUPUESTOS
Artículo 1. Aprobación. Artículo 2. Ámbito de los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa. Artículo 3. Contenido de los Presupuestos Generales. Artículo 4. Gastos fiscales que afectan a los tributos.
TÍTULO II. DEL LÍMITE DE ENDEUDAMIENTO Y DE PRESTACIÓN DE GARANTÍAS
Artículo 5. Límite de los avales. Artículo 6. Límite de endeudamiento de la Diputación Foral. Artículo 7. Límite de endeudamiento de las sociedades mercantiles forales.
TÍTULO III. DE LOS CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS Y DE SUS MODIFICACIONES
Artículo 8. Créditos presupuestarios de la Diputación Foral y del Organismo Autónomo Foral Fundación Uliazpi. Artículo 9. Vinculación de los créditos. Artículo 10. Créditos ampliables. Artículo 11. Límite máximo de creación y redistribución de créditos de compromiso. Artículo 12. Habilitaciones de crédito. Artículo 13. Régimen de las incorporaciones de créditos.
TÍTULO IV. DE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA
Artículo 14. Subvenciones. Artículo 15. Proyectos cofinanciados. Artículo 16. Limitación a la ejecución del gasto. Artículo 17. Municipalización del gasto realizado. Artículo 18. Transferencias a las Juntas Generales y al resto de entidades del sector público foral.
TÍTULO V. DE LOS CRÉDITOS DE PERSONAL Y DE PASIVOS
CAPÍTULO I. ‑DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA Y ORGANISMO AUTÓNOMO FORAL FUNDACIÓN ULIAZPI
Artículo 19. Retribuciones del personal. Artículo 20. Composición de la plantilla. Artículo 21. Otras dotaciones de personal. Artículo 22. Limitaciones al aumento del capítulo I. Artículo 23. Excedentes de crédito. Artículo 24. Oferta de empleo público. Artículo 25. Relación de puestos de trabajo. Artículo 26. Provisión de puestos de trabajo. Artículo 27. Régimen aplicable a los créditos de pasivos.
CAPÍTULO II. ‑RESTO DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO FORAL
Artículo 28. Composición de la plantilla. Artículo 29. Limitaciones al aumento de gastos de personal.
TÍTULO VI. DE LA FINANCIACIÓN DE LOS MUNICIPIOS DEL TERRITORIO HISTÓRICO
Artículo 30. Dotación del Fondo Foral de Financiación Municipal para 2014. Artículo 31. Participación en tributos no concertados. Artículo 32. Recaudación de los tributos locales.
TÍTULO VII. DE LA INFORMACIÓN A LAS JUNTAS GENERALES
Artículo 33. Información periódica de la Diputación Foral. Artículo 34. Información periódica del Organismo Autónomo Foral Fundación Uliazpi. Artículo 35. Información periódica de las sociedades mercantiles forales.
TÍTULO VIII. NORMAS DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA DE LAS JUNTAS GENERALES DE GIPUZKOA
Artículo 36. Modificaciones presupuestarias. Artículo 37. Habilitaciones de crédito.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Coeficientes de corrección monetaria aplicables en el Impuesto sobre Sociedades. D.A. 2ª. Interés de demora. D.A. 3ª. Actualización de valores catastrales. D.A. 4ª. Actualización de las tasas. D.A. 5ª. Cuantías del canon de utilización de las autopistas AP-8 y AP-1 en el Territorio Histórico de Gipuzkoa. D.A. 6ª. Suspensión del artículo 58.8 de la Norma Foral 4/2007, de 27 de marzo, de Régimen Financiero y Presupuestario del Territorio Histórico de Gipuzkoa. D.A. 7ª. Créditos adicionales. D.A. 8ª. Medidas económicas en materia de contratación, convenios y subvenciones de la Diputación Foral de Gipuzkoa. D.A. 9ª. Fondo para la promoción económica.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Adaptaciones técnicas del Presupuesto. D.T. 2ª. Depuración de saldos. D.T. 3ª. Prórroga presupuestaria.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Norma Foral 10/2006, de 29 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del Territorio Histórico de Gipuzkoa. D.F. 2ª. Modificación de la Norma Foral 4/2007, de 27 de marzo, de Régimen Financiero y Presupuestario del Territorio Histórico de Gipuzkoa. D.F. 3ª. Desarrollo reglamentario de la Norma Foral. D.F. 4ª. Ámbito de aplicación. D.F. 5ª. Entrada en vigor. I-I ERANSKINA/ANEXO I-I I-II ERANSKINA/ANEXO I-II I-III ERANSKINA II. ERANSKINA/ANEXO II