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NORMA FORAL 8/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2022., - Boletín Oficial de Bizkaia, de 31-12-2021

Tiempo de lectura: 125 min

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Ambito: Bizkaia

Órgano emisor: JUNTAS GENERALES DE BIZKAIA

Boletín: Boletín Oficial de Bizkaia Número 251

F. Publicación: 31/12/2021

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de Bizkaia Número 251 de 31/12/2021 y no contiene posibles reformas posteriores

Hago saber que las Juntas Generales de Bizkaia han aprobado en Sesión Plenaria de fecha 30 de diciembre de 2021, y yo promulgo y ordeno la publicación de la «Norma Foral 8/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2022», a los efectos que toda la ciudadanía, particulares y autoridades, a quienes sea de aplicación, la guarden y la hagan guardar.

En Bilbao, a 30 de diciembre de 2021.

El Diputado General,

UNAI REMENTERIA MAIZ

NORMA FORAL 8/2021, DE 30 DE DICIEMBRE,

DE PRESUPUESTOS GENERALES

DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA PARA EL AÑO 2022

ÍNDICE

Preámbulo.

Título I.-De la aprobación y contenido.

Capítulo I.-Ámbito de los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia.

Artículo 1.-Composición y cuantía.

Artículo 2.-De los Presupuestos de los Entes Forales.

Capítulo II.-Régimen General de los Créditos.

Artículo 3.-Carácter y vinculación de los créditos.

Título II.-De las modificaciones de los Presupuestos.

Capítulo I.- Normas de modificación de los Presupuestos del Sector Público Administrativo.

Artículo 4.-Créditos Ampliables.

Artículo 5.-Incorporaciones de Crédito.

Artículo 6.-Transferencias de Crédito.

Capítulo II.- Normas de Gestión y Modificación en el Sector Público Empresarial.

Artículo 7.-Transmisión de inmovilizado.

Título III.-De la Gestión Presupuestaria.

Artículo 8.-Operaciones contables a la entrada en vigor del Presupuesto.

Artículo 9.-Gestión de los créditos del Capítulo I Remuneraciones del Personal.

Título IV.-De la Gestión del Personal del Sector Público Foral.

Capítulo I.-Plantilla del Sector Público Administrativo.

Artículo 10.-Composición de la Plantilla.

Artículo 11.-Creación, Modificación y Amortización de Plazas.

Artículo 12.-Limitación del Aumento de Gastos del Capítulo I.

Artículo 13.-Excedentes de Crédito.

Artículo 14.-Oferta de Empleo Público.

Artículo 15.-Relación de Puestos de Trabajo.

Artículo 16.-Provisión de Puestos de Trabajo.

Capítulo II.- Procedimiento a seguir en las Modificaciones Referidas a la Plantilla y a la

Provisión de Puestos de Trabajo del Sector Público Administrativo.

Artículo 17.-Altas de Nuevo Personal.

Artículo 18.-Bajas de Personal.

Artículo 19.-Modificaciones de Personal.

Artículo 20.-Aplicación a los Organismos Autónomos Forales.

Capítulo III.-Régimen Retributivo del Personal del Sector Público Administrativo.

Artículo 21.-Retribuciones del Personal.

Artículo 22.-Aplicación a los Organismos Autónomos Forales.

Capítulo IV.-Gestión del Personal del Sector Público Empresarial.

Artículo 23.-Gestión de Personal de las Entidades públicas empresariales forales.

Artículo 24.-Incremento de retribuciones del Personal.

Artículo 25.-Creación, modificación y/o amortización de la plazas de plantilla.

Artículo 26.-Contratación de Personal.

Título V.-De las operaciones financieras.

Capítulo I.-Garantías.

Artículo 27.-Límites de las Garantías y reafianzamiento.

Capítulo II.-Endeudamiento.

Artículo 28.-Límite.

Artículo 29.- Endeudamiento y operaciones financieras en Sociedades mercantiles

forales.

Título VI.-De los Municipios del Territorio Histórico.

Capítulo I.-De los Ingresos Municipales.

Artículo 30.-Recaudación de Tributos Locales.

Artículo 31.-Participación de los Municipios en los Tributos Concertados.

Artículo 32.-Participación de los Municipios en los Tributos No Concertados.

Artículo 33.-Participación de los Municipios en el Fondo Gizartekutxa.

Artículo 34.-Otros Ingresos de carácter extra presupuestario.

Capítulo II.-Del Fondo Foral de Financiación Municipal -Udalkutxa-.

Artículo 35.-Cuantía.

Artículo 36.-Esfuerzo Fiscal.

Artículo 37.-Créditos presupuestarios y pagos a cuenta.

Artículo 38.-Información a suministrar por las Corporaciones Locales.

Artículo 39.- Información a suministrar por la Diputación Foral a los Entes Locales y

a las Juntas Generales.

Capítulo III.-Del Fondo Foral de Financiación Municipal -Gizartekutxa-.

Artículo 40.-Créditos presupuestarios y pagos a cuenta.

Artículo 41.-Cuantía individualizada.

Artículo 42.-Liquidación.

Capítulo IV.

Artículo 43.-Del Fondo Foral de Financiación Municipal de Servicios Sociales -FSS-.

Capítulo V.-Compensación.

Artículo 44.-Compensación de Deudas.

Capítulo VI.-Régimen de tutela financiera.

Artículo 45.-Operaciones de Crédito de las Corporaciones Locales.

Artículo 46.-Destino del superávit y de los mayores ingresos.

Artículo 47.-Información a suministrar por las Corporaciones Locales.

Título VII.-De las normas tributarias.

Capítulo Único.-Impuestos Directos.

Sección Primera.-Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Artículo 48.-Obligación de declarar.

Artículo 49.-Reducción por tributación conjunta.

Artículo 50.-Escala aplicable a la base liquidable general.

Articulo 51.-Minoración de cuota.

Articulo 52.-Deducción por descendientes.

Artículo 53.-Deducción por ascendientes.

Artículo 54.-Deducción por discapacidad o dependencia:

Artículo 55.-Deducción por edad.

Capítulo II.-Impuestos locales.

Artículo 56.-Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Capítulo III.-Tasas y precios públicos.

Artículo 57.-Tasas y Precios Públicos.

Disposición Adicional Primera.

Interés de Demora.

Disposición Adicional Segunda.

Relativa a los gastos de personal.

Disposición Adicional Tercera.

Creación, modificación y/o amortización de las plazas de plantilla de las Entidades pertenecientes al Sector Público Empresarial Foral.

Disposición Adicional Cuarta.

Liquidación Udalkutxa 2021.

Disposición Adicional Quinta.

Prorroga Servicio Activo.

Disposición Adicional Sexta.

Modificación de la Norma Foral 4/1989 por la que se regulan las Retribuciones del Diputado o Diputada General, de las Diputadas y Diputados Forales, de los Directores y Directoras Generales y de las Directivas y Directivos de las Sociedades Públicas y otros Entes Públicos de derecho privado de la Administración Foral de Bizkaia.

Disposición Adicional Séptima.

Límite de endeudamiento a largo plazo de la Sociedad Mercantil Seed Capital Mikro, Sociedad de Capital Riesgo de Régimen Simplificado, S.A.

Disposición Adicional Octava.

Presupuestos de los Consorcios adscritos.

Disposición Adicional Novena.

Destino del endeudamiento adicional de 79.200.000 euros de la Diputación Foral de Bizkaia.

Disposición Adicional Décima.

Préstamos a Entidades Locales.

Disposición Adicional Undécima.

Modificación del texto refundido de la Norma Foral General Presupuestaria aprobado por el Decreto Foral Normativo 5/2013, de 3 de diciembre.

Disposición Adicional Duodécima.

Modificación de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales.

Disposición Adicional Decimotercera.

Modificación de la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia.

Disposición Decimocuarta.

Aportación de Capital a Interbiak, Bizkaia, S.A.M.P.

Disposición Final

Entrada en vigor.

PREÁMBULO

La presente Norma Foral recoge y regula los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2022.

En el Título I se concreta el ámbito de los Presupuestos, que no se ha modificado en relación al ejercicio anterior.

En el Título II se regulan la Modificaciones Presupuestarias debiendo señalar que se han restringido determinadas transferencias de crédito.

Los Títulos III y IV recogen las normas de gestión presupuestaria y de personal del Sector público foral.

El Título V regula las Operaciones Financieras, estableciendo el límite de endeudamiento de la Diputación Foral y de las Entidades Públicas Forales.

El Título VI regula la Financiación Municipal.

El Título VII, dedicado a las Normas Tributarias, actualiza los tipos de cuantía fija de las Tasas, precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter público de la Diputación Foral de Bizkaia.

TÍTULO I

DE LA APROBACIÓN Y CONTENIDO

CAPÍTULO I

ÁMBITO DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES

DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA

Artículo 1.-Composición y cuantía

Los Presupuestos Generales del Territorio Histórico consolidados alcanzan un importe de 9.166.771.193,00 euros una vez deducidos, tanto en el correspondiente estado de Gastos como de Ingresos, los ajustes por Transferencias, Aportaciones de Capital y Préstamos Inversiones Reales, así como la Compra-Venta de Bienes y Servicios, de carácter interno, por cuantía total 448.353.235,00 euros.

Artículo 2.-De los Presupuestos de los Entes Forales

1. El Presupuesto de la Diputación Foral de Bizkaia se eleva a una cuantía de 8.886.078.685,00 euros, figurando en su estado de ingresos, operaciones de endeudamiento por importe de 234.958.667,00 euros.

2. Los Gastos Fiscales que afectan a los Tributos del Territorio Histórico de Bizkaia se estiman en 3.355.715.000,00 euros.

3. El Presupuesto asignado a la Diputación Foral de Bizkaia es el siguiente:

- Departamento de Sostenibilidad y Medio Natural, 89.408.597,00 euros.

- Departamento de Acción Social, 621.949.505,00 euros.

- Departamento de Euskera, Cultura y Deporte, 75.928.883,00 euros.

- Departamento de Hacienda y Finanzas, 142.687.185,00 euros.

- Departamento de Transportes y Movilidad Sostenible, 192.992.155,00 euros.

- Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales, 153.849.239,00 euros.

- Departamento de Promoción Económica, 86.058.657,00 euros.

- Departamento de Empleo, Inclusión Social e Igualdad, 81.389.227,00 euros.

- Departamento de Infraestructuras y Desarrollo Territorial, 255.614.940,00 euros.

- Deuda Pública, 205.445.529,00 euros.

- Compromisos Institucionales, 6.002.439.066,00 euros.

- Financiación Municipal, 968.950.702,00 euros.

4. Los Presupuestos del Organismo Autónomo Foral alcanza un importe de:

- Instituto Foral de Asistencia Social (IFAS), 127.109.000,00 euros. En el Presupuesto de la Diputacion Foral de Bizkaia, se incluyen transferencias para la financiación del Instituto Foral de Asistencia Social por una cuantía de 126.400.000,00 euros.

5. Las entidades públicas empresariales forales presentan un presupuesto administrativo por un importe total de 11.678.563,00 euros, de acuerdo al siguiente detalle:

- Instituto Tutelar de Bizkaia, 3.415.950,00 euros.

- Delegación Comercial en Bizkaia del LAE (Loterías y Apuestas del Estado), 1.240.828,00 euros.

- BizkaiKOA, 7.021.785,00 euros. 6. El Presupuesto administrativo conjunto de las Socie dades mercantiles forales alcanza la cifra de 569.886.108,00 euros, cuyo desglose es el siguiente:

- Aparkabisa Bizkaiko Garraio Gunea, S.A., por 6.049.800,00 euros.

- Azpiegiturak, S.A.M.P., 134.397.703,00 euros.

- Basalan, S.A., por 9.011.160,00 euros.

- Beaz, S.A., por 9.417.174,00 euros.

- Interbiak Bizkaia, S.A.M.P., 222.766.700,00 euros.

- Palacio Euskalduna, S.A., por 12.875.996,00 euros.

- Garbiker, S.A.M.P., por 43.686.052,00 euros.

- Lantik, S.A.M.P., por 113.872.307,00 euros.

- Seed Capital de Bizkaia, Sociedad Gestora de Fondos de Capital-Riesgo, S.A., por 1.523.000,00 euros.

- Zugaztel, S.A.M.P., por 13.087.726,00 euros.

- Seed Capital Mikro, Sociedad de Capital Riesgo de Régimen Simplificado, S.A., por 715.000,00 euros.

- Crowdfundig Bizkaia PFP, S.L., por 236.000,00 euros.

- Sestao Bai, S.A. por 2.247.490,00 euros. 7. Las Fundaciones Forales presentan un Presupuesto ad ministrativo conjunto por importe de 20.372.073,00 euros, desglosado del siguiente modo:

- Fundación Bizkaia-Bizkaialde, por 1.418.006,00 euros.

- Orquesta Sinfónica Juan Crisóstomo de Arriaga, por 9.272.404,00 euros.

- Fundación Azkue, por 730.600,00 euros.

- Fundación BiscayTIK, por 8.951.063,00 euros.

CAPÍTULO II

RÉGIMEN GENERAL DE LOS CRÉDITOS

Artículo 3.-Carácter y vinculación de los créditos

Independientemente del régimen general de vinculación de los créditos, regulado en el artículo 52 del Texto Refundido de la Norma Foral General Presupuestaria, aprobado por el Decreto Foral Normativo 5/2013, para el ejercicio 2022 tendrán carácter vinculante con el nivel de desarrollo con el que se aprueben, aquellos créditos que por su especial carácter, relevancia o destino, se encuentren asignados con una vinculación específica,

en el Desarrollo Orgánico de las vinculaciones por Programas.

Con el fin de optimizar los recursos disponibles, se vinculan a nivel de capítulo, los créditos del Institutos Foral de Asistencia Social referidos a gastos corrientes (capítulo 2).

Con el fin de facilitar la gestión administrativa, estarán vinculados a nivel de Programa, Capítulo y Proyecto de gasto, los siguientes Proyectos de Gasto del Departamento

de Sostenibilidad y Medio Natural, del Departamento de Euskera, Cultura y Deporte, del Departamento de Transportes y Movilidad Sostenible, del Departamento de Promoción Económica y del Departamento de Empleo, Inclusión Social e Igualdad:

- 2007/0295, 2007/0604, 2007/0605, 2007/0629, 2007/0627, 2007/0631 y 2008/0198.

- 2008/0040, 2008/0041 y 2010/0024.

- 2019/0102.

- 2007/0109, 2009/0012, 2013/0051, 2014/0021 y 2018/0026.

- 2008/0075, 2007/0563, 2013/0048, 2020/0011, 2020/0026 y 2021/0011. Cuando un crédito de gasto está financiado en todo o parte por otras Administraciones o personas físicas o jurídicas, el nivel de vinculación será el de subconcepto, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 52 del Texto Refundido de la Norma Foral General Presupuestaria.

TÍTULO II

DE LAS MODIFICACIONES DE LOS PRESUPUESTOS

CAPÍTULO I

NORMAS DE MODIFICACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS

DEL SECTOR PÚBLICO ADMINISTRATIVO

Artículo 4.-Créditos Ampliables

Sin perjuicio de los créditos a los que se refiere el artículo 54 del Texto Refundido de la Norma Foral General Presupuestaria, tendrán asimismo la calificación de ampliables durante el ejercicio 2022, y previo cumplimiento de las formalidades legalmente establecidas, los siguientes:

a) Los créditos del Presupuesto de la Diputación Foral de Bizkaia, previa habilitación, en su caso, de la partida correspondiente, en función de los compromisos formales de cofinanciación obtenidos con la Unión Europea, el Estado Español, Comunidad Autónoma del País Vasco o cualquier otro Ente de Naturaleza Pública, siempre que no estuvieran incluidos, o lo estuvieran por menor importe, en los Presupuestos Generales del Territorio Histórico para el ejercicio 2022.

La ampliación tendrá como limite la cantidad comprometida por el Ente cofinanciador que exceda de la prevista en el estado de ingresos.

b) Los créditos incluidos en el Programa Asesoría Jurídica del Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales y del Departamento de Hacienda y Finanzas, destinados a gastos motivados por la iniciación, oposición o substanciación de toda clase de procesos judiciales en los que figure la Administración Foral como parte actora o demandada.

c) Los créditos del Capítulo VIII destinados a anticipos al personal al Servicio del Sector público administrativo, previa habilitación, si procede, de la partida correspondiente.

d) Los créditos del Capitulo IV destinados a hacer frente a los compromisos aprobados por la Junta de Ayudas al Personal del Sector público administrativo y a la ayuda por nacimiento.

e) Los créditos correspondientes tanto a los subsidios que se derivan de la aplicación de la Ley de Integración Social de Minusválidos LISMI, como de las Pensiones no Contributivas de Invalidez y Jubilación.

g) Los créditos correspondientes a las prestaciones económicas que se deriven de la aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

h) Los créditos destinados al pago de las franquicias de las pólizas de seguros, del Programa «Patrimonio y Prevención de Riesgos» y los créditos destinados al pago de las costas de procedimientos de apremio, del Programa «Gestión Recaudatoria», del Departamento de Hacienda y Finanzas.

i) Los créditos referentes a las Ayudas de Cooperación al Desarrrollo y Ayudas a Asociaciones sin ánimo de lucro del Programa 232115 «Cooperación y Gestión de la Diversidad».

j) Los créditos destinados a los pagos directos (FEAGA, Fondo europeo agrícola de garantía) y a las Ayudas a los planes de reconversión del viñedo, incluidos en las partidas 0202/414104/44300/2007-0296, 0205/412103/74300/2007-0296 y 0205/412103/74900/2007-0296.

La ampliación está condicionada al compromiso del ente cofinanciador de asumir el importe que legalmente le corresponda.

k) Los créditos del programa de «Financiación municipal 942129» destinados al pago de la liquidación anual del Fondo de Gizartekutxa.

l) Los créditos del presupuesto del Departamento de Acción Social y del Departamento de Empleo, Inserción Social e Igualdad correspondientes a ayudas destinadas a financiar las estancias en residencias, centros de día o servicios asimilados de personas mayores, personas con discapacidad y personas en situación de exclusión social, mujeres con problemas que requieran atención en centros.

Artículo 5.-Incorporaciones de Crédito

Se incorporará al Presupuesto del ejercicio 2022, y no estará sujetos a las limitaciones previstas en el artículo 63 del Texto Refundido de la Norma Foral General Presupuestaria, todo el crédito no afecto a obligaciones reconocidas correspondiente al Programa 942129 «Financiación Municipal» (Udalkutxa).

Las dotaciones de ejercicios anteriores que se incorporen al Presupuesto del Departamento de Financiación Municipal podrán transferirse en función de la naturaleza de las actuaciones que prevén financiar.

En el cálculo del Remanente de Tesorería del año 2021, estos créditos incorporables tendrán la condición de créditos con financiación afectada.

Artículo 6.-Transferencias de Crédito

1. Los requisitos y las limitaciones previstos en el artículo 59. 2 y 3 del Texto Refundido de la Norma Foral General Presupuestaria no afectarán a las Transferencias que sean consecuencia de cambios de imputación contable por modificación de la forma de gestión de la actividad o servicio presupuestado.

2. Así mismo, tampoco estarán sujetas a lo establecido en el artículo 59. 2 y 3 del Texto Refundido de la Norma Foral General Presupuestaria, las siguientes transferencias:

- Las que afecten al programa de «Financiación municipal 942129».

- Las que se realicen entre transferencias corrientes y de capital a favor del Consorcio de Transportes para la financiación del Metro de Bilbao.

- Las que afecten en origen y destino a subvenciones del programa 232115 para Proyectos de Cooperación, Sensibilización y/o Educación para el Desarrollo y Proyectos de Colaboración, Sensibilización y/o Educación para la Interculturalidad y los Derechos Ciudadadanos reguladas por Decreto Foral.

- Las que se refieren en origen y destino a créditos en los subconceptos económicos 237.08 y 461.00 del programa 231106 del Departamento de Acción Social.

- Las que afecten a las partidas del proyecto 2010/0024 «Frontón Bizkaia», dentro del Programa 341109 «Deporte Federado» en el Departamento de Euskera, Cultura y Deporte.

3. Las transferencias que se tramiten en aplicación del punto anterior se llevarán a cabo, previa realización de los trámites oportunos, a instancias del titular del Departamento / Organismo afectado, que será el competente para su autorización.

4. Las transferencias de crédito cuyo origen se corresponda a créditos destinados a subsidios o pensiones deberán destinarse a cubrir prestaciones de la misma naturaleza.

5. La tramitación de las transferencias de crédito deberá contener documentación suficiente relativa a los créditos de origen y destino y su incidencia económica, pudiendo restringirse su aprobación por motivos de eficiencia económica.

CAPÍTULO II

NORMAS DE GESTIÓN Y MODIFICACIÓN EN EL SECTOR PÚBLICO EMPRESARIAL

Artículo 7.-Transmisión de inmovilizado.

Las transmisiones de inmovilizado, no contempladas en el presupuesto, requerirán autorización del Titular del Departamento de Hacienda y Finanzas. No obstante, quedarán exentas del anterior requisito las tramitaciones de bienes muebles cuyo valor unitario sea menor de 30.000,00 euros.

TÍTULO III

DE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA

Artículo 8.-Operaciones contables a la entrada en vigor del Presupuesto

1. A la entrada en vigor del presupuesto, se procederá a la contabilización de:

a) Los créditos de compromiso afectos al ejercicio 2021, en los créditos presupuestarios que corresponda.

b) Las variaciones producidas entre la presentación del proyecto de presupuestos y su aprobación, referente a la situación de las plantillas y puestos de trabajo.

c) Los saldos de adjudicaciones que no hubiesen alcanzado la fase de obligación reconocida al 31 de diciembre de 2021 y que no correspondan al Capítulo 1 «Remuneraciones de Personal». Se desarrollará reglamentariamente.

d) Los importes correspondientes a la emisión de certificaciones de crédito anticipado. Dichas certificaciones se sustituirán por los documentos contables que correspondan con cargo a los créditos presupuestarios a los que se haya de imputar el gasto definitivo.

Artículo 9.-Gestión de los créditos del Capítulo I. Remuneraciones del Personal

La persona titular del Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales y/o de la Presidencia o Dirección y Gerencia de los Organismos Autónomos Forales procederán a Autorizar, Disponer el Gasto, Reconocer la Obligación y Proponer el pago de los expedientes relativos a Remuneraciones del Personal, con excepción de los referentes a Seguros Personales que serán gestionados por el Departamento de Hacienda y Finanzas.

TÍTULO IV

DE LA GESTIÓN DEL PERSONAL DEL SECTOR PÚBLICO ADMINISTRATIVO

CAPÍTULO I

PLANTILLA DEL SECTOR PÚBLICO ADMINISTRATIVO

Artículo 10.-Composición de la Plantilla

1. Componen la plantilla del Sector público administrativo para el ejercicio 2022 las plazas que, clasificadas por grupos funcionariales o laborales, se relacionan en el Anexo de Personal de los Presupuestos Generales del Territorio Histórico.

2. En los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el ejercicio 2022 se aprueban los créditos con los que están dotadas todas las plazas, a través de los correspondientes puestos de trabajo a ellas asociados, con el importe que se considera necesario hasta fin de año. Asimismo, se aprueban los créditos con los que están dotados todos o algunos de los puestos de trabajo sin asociación de plaza, con el importe que se considera necesario hasta fin de año.

La aprobación de los presupuestos supone la aprobación formal de la plantilla resultante de las modificaciones efectuadas en el trámite presupuestario así como de las mismas modificaciones que no requerirán nuevas aprobaciones.

3. Las contrataciones laborales de duración determinada no forman parte de la plantilla, viniendo determinados los contratos a realizar por los importes que a tal efecto se consignen en los Presupuestos Generales del Territorio Histórico.

4. Tampoco forman parte de la plantilla el nombramiento de funcionariado interino de sustitución, para la ejecución de programas temporales o para la acumulación de tareas.

Artículo 11.-Creación, modificación y amortización de Plazas

La creación, modificación y/o amortización de las plazas de plantilla requerirá Acuerdo de la Diputación Foral o del órgano competente en el caso de los Organismos autónomos forales, en el que se indique, de forma expresa, las implicaciones económicas consecuencia de las anteriores alteraciones con los criterios del artículo siguiente.

Artículo 12.-Limitación del aumento de Gastos del Capítulo I

1. Durante el ejercicio 2022, sólo se podrán aprobar expedientes de ampliación o modificación de plantilla, cuando el incremento del gasto que se derive de los mismos se compense mediante la reducción del crédito con que estén dotadas otras plazas a través de los correspondientes puestos. En consecuencia, cualquier creación de plazas o puestos requerirá la previa amortización de otras plazas o puestos de igual o superior dotación económica.

2. La limitación anterior no será de aplicación en las creaciones o modificaciones de plazas o puestos, como consecuencia de nombramientos de personal eventual, ejecución de sentencias judiciales o asunción de nuevas competencias.

Tampoco será de aplicación en los supuestos de pruebas de promoción interna del personal funcionario, en convocatorias independientes de las de ingreso, cuando la provisión de las plazas convocadas lleve aparejada la automática amortización de las correspondientes plazas del grupo/subgrupo inferior.

A los efectos del párrafo anterior, tan sólo se presupuestará la diferencia de retribuciones básicas entre dichas plazas, pasando los créditos pendientes de consumir (a través de los correspondientes puestos) de las plazas a amortizar a las plazas provistas. Las citadas plazas a proveer por este procedimiento aparecerán como un único concepto y sin individualizar hasta el momento de su provisión.

Tampoco se verán afectados por la limitación anterior las modificaciones de plazas y/o puestos que se deriven de las medidas que puedan acordarse como consecuencia del Plan de Recursos Humanos aprobado por el Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Bizkaia, o para los supuestos que se determinen en los planes o procedimientos de segunda actividad o movilidad por razones de salud.

3. La limitación establecida en el apartado 1 de este artículo no será aplicable a las creaciones de plazas que deriven de cualquier posible acuerdo en relación con la reducción de jornada.

4. No obstante lo establecido en el párrafo primero, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales, podrá autorizar la creación de nuevas dotaciones de personal en el supuesto de modificaciones en las relaciones de puestos de trabajo derivadas de la efectiva realización de traspasos de competencias, la creación de nuevas dotaciones de personal en el supuesto

de creación de nuevos órganos y servicios, la asunción de la gestión directa de servicios externalizados o subcontratados, la consolidación de puestos o plazas de carácter estructural, la promulgación de normas forales o la aprobación por el Gobierno de planes, programas y actuaciones significativas de carácter no coyuntural, siempre que cuenten con la adecuada financiación y previo informe favorable del órgano competente en materia de función pública en el que se haga constar la imposibilidad de atender las nuevas necesidades con la readscripción de puestos de trabajo, la reasignación de efectivos u otras medidas de racionalización y ordenación de recursos humanos, así como para los supuestos establecidos en los apartados 2 y 3 de este artículo.

5. Así mismo, sin perjuicio de la limitación establecida en el párrafo primero de este artículo, y en el ámbito del Decreto Foral 105/2021, de 20 de julio, de la Diputación Foral de Bizkaia, por la que se crea una estructura de gobernanza y se regulan medidas de modernización y agilización administrativas para la ejecución de los fondos europeos provenientes del instrumento europeo de recuperación Next Generation-EU, se habilta un fondo adicional por importe de 600.000 euros en la partida 139.01 para las necesidades de personal derivadas de la gestión y ejecución de los fondos indicados.

Así mismo, la limitación establecida en el apartado 1 de este artículo no será aplicable a las creaciones de plazas o puestos que deriven de la creación de estructuras provisionales previstas en el Decreto Foral 105/2021, de 20 de julio para la ejecución de los fondos europeos provenientes del instrumento europeo de recuperación Next Generation-EU.

Artículo 13.-Excedentes de Crédito

El Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales podrá destinar los excedentes previsibles de créditos de vacantes, además de a lo que se indica en el artículo 21, tanto a la financiación de plazas diferentes de aquellas de las que proceda el excedente como a la celebración de nombramientos de personal interino o de contratos temporales, cuando sean necesarios para el buen funcionamiento de los Servicios.

Artículo 14.-Oferta de Empleo Público

1. A propuesta de la persona Titular del Departamento Foral de Administración Pública y Relaciones Institucionales y, en su caso, de los órganos de gobierno de los Organismos Autónomos Forales, la Diputación Foral, a través de su Consejo de Gobierno podrá aprobar la Oferta o las Ofertas de Empleo Público de su organización, así como las de sus Organismos Autónomos.

2. Las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes podrán ser objeto de Oferta de Empleo Público.

Artículo 15.-Relación de Puestos de Trabajo

1. La Diputación Foral y los órganos competentes de los Organismos Autónomos Forales aprobarán las Relaciones de Puestos de Trabajo (en adelante RPT) que existen en sus respectivas organizaciones, así como las modificaciones de las mismas, que deberán incluir la denominación y características esenciales, las retribuciones complementarias que les correspondan, los requisitos exigidos para su desempeño, perfil lingüístico y fecha de preceptividad y sistema de provisión.

A tales efectos, la aprobación del presupuesto supone, en relación a la RPT de la Diputación Foral, la aprobación material y formal de la modificación efectuada de la RPT según el anexo incorporado, y la publicación de aquellos cumple con la obligación de publicación de las modificaciones de la RPT.

2. Aquellas modificaciones de la Relación de Puestos de Trabajo de la Diputación Foral, que se operen en virtud de cambios de estructuras orgánicas deberán ser previamente informadas por el Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales. A los efectos del cumplimiento de las limitaciones del artículo 12 se atenderá a las mismas, así como a sus excepciones, y entre estas, en particular a las derivadas

de la creación de las nuevas áreas de actuación establecidas por el Decreto Foral del Diputado General 101/2019 de 1 de julio.

3. Asimismo, las propuestas de cambios en las estructuras orgánicas de los Departamentos Forales, que supongan variaciones en la RPT, deberán incorporar una propuesta de distribución de los puestos de trabajo y del personal afectado.

Artículo 16.-Provisión de Puestos de Trabajo

1. La cobertura de los Puestos de Trabajo vacantes se efectuará de conformidad con los procedimientos establecidos en la legislación vigente, y en relación con los requisitos de la convocatoria (Concurso -ya sea unitario, de área, de las diferentes variantes de méritos específicos, entre otros- o Libre Designación).

2. El Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales, a petición de los distintos Departamentos Forales, podrá efectuar redistribuciones de efectivos dentro de un Departamento o entre distintos Departamentos, cuando las necesidades del Servicio lo exijan, en puestos de trabajo no singularizados de la misma naturaleza, nivel y complemento específico e igual procedimiento de provisión. Asimismo, será el competente en los supuestos de reasignaciones de efectivos.

Asimismo, para una eficaz prestación de los servicios y eficiente utilización de recursos humanos, se llevarán a cabo las medidas y procedimientos previstos en el plan de ordenación de empleo público de la Diputación Foral de Bizkaia.

3. En los supuestos establecidos en la Ley 6/89, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca se podrá adscribir al personal empleado de la Diputación Foral al desempeño provisional de un puesto propio de su Cuerpo o Escala.

4. El personal funcionario de la Diputación Foral podrá ser asignado, en comisión de servicios, al desempeño de otro puesto de trabajo propio de su Cuerpo o Escala, o a la realización de funciones distintas de las específicas del puesto a que se halle adscrito. La competencia será de la persona Titular del Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales.

5. El órgano competente en materia de adscripción del personal a los puestos de trabajo, podrá aprobar criterios para su adscripción y para el desarrollo de los sistemas de provisión de carácter definitivo, temporal y provisional.

CAPÍTULO II

PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN LAS MODIFICACIONES REFERIDAS A LA PLANTILLA Y A LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL SECTOR PÚBLICO ADMINISTRATIVO

Artículo 17.-Altas de Nuevo Personal

1. Los expedientes relativos a tomas de posesión del personal funcionario de carrera e interino para aquellas plazas que se encuentren vacantes y en los de contratación laboral indefinida deberán incluir en el momento de la firma, informe del Departamento de Hacienda y Finanzas, en el que se manifieste la existencia de la plaza, y de la dotación presupuestaria hasta fin de ejercicio, todo ello de acuerdo con el Orgánico, Programa y Económico que corresponda.

2. El órgano competente, en cada caso, de la Diputación Foral, a petición de los Departamentos Forales y a través del Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales, podrá celebrar contratos, en régimen laboral temporal con arreglo a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones complementarias vigentes.

3. La toma de posesión de personal eventual requerirá la existencia de puesto vacante dotado presupuestariamente en su correspondiente relación de puestos.

4. El órgano competente de la Diputación Foral podrá efectuar nombramientos del personal funcionario interino para aquellas plazas que se encuentren vacantes, todo ello en la forma prevista en las disposiciones legales vigentes en materia de función pública. Asimismo, y en la forma prevista en las disposiciones legales vigentes, podrá efectuar

nombramientos de personal funcionario interino para la sustitución de personal funcionario, o para la cobertura interina de puestos de trabajo, así como para la ejecución de programas temporales, así como por exceso o acumulación de tareas, o cualesquiera que la legislación vigente permita. A tal efecto, dentro de los límites presupuestarios consignados al efecto, previa aprobación por el Consejo de Gobierno de las condiciones para la determinación y concreción de los nombramientos de personal funcionario interino, estos se formalizarán y concretarán tanto en las personas objeto de nombramiento como en el inicio y motivos de cese del mismo, así como en el objeto de cobertura, mediante Orden Foral de la titular del Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales.

5. La propuesta de contrataciones temporales e interinidades que no sean de vacante, excepto la de contratos de duración determinada de interinidad o de interinidades de sustitución, contendrá -realizado informáticamente- un trámite de fiscalización de la reserva efectuada por el órgano de contratación del Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales que contenga:

a) La cuantía del crédito hasta fin de contrato o ejercicio.

b) La o las partidas presupuestarias con que se dota la cuantía indicada.

Artículo 18.-Bajas de Personal

1. Se considera baja de personal, el cese de cualquier per sona en la plaza que viniera ocupando en la plantilla de la Diputación Foral de Bizkaia tratándose de personal laboral indefinido y funcionario de carrera, el cese en la cobertura de plaza o puesto de trabajo, así como el cese derivado de la sustitución de cualquier tipo de personal y finalmente el cese derivado de la finalización de cualquier modalidad de prestación temporal de servicios.

2. Salvo que la Diputación Foral acuerde la amortización de la plaza, toda baja de personal que ocupe plaza, de forma permanente o interina, generará o liberará una vacante respectivamente, excepto las vacantes que impliquen reserva de plazas.

Artículo 19.-Modificaciones de Personal

1. Al comienzo del ejercicio 2022 se deberán contabilizar, de forma automática, las modificaciones aprobadas por la Diputación Foral desde la presentación del Proyecto de Presupuestos en las Juntas Generales, hasta la entrada en vigor de esta Norma Foral.

2. La tramitación de las modificaciones de crédito que comporte la provisión de puestos de trabajo, se llevará a cabo por el Departamento Foral de Administración Pública y Relaciones Institucionales que contendrá -realizado informáticamente- un trámite de fiscalización y contabilización por parte del Departamento de Hacienda y Finanzas. Dicho trámite no será de aplicación para las modificaciones realizadas en aplicación del apartado primero de este artículo.

3. La aprobación de mayores dotaciones de crédito en las plazas de plantilla y para los puestos de trabajo implicará la tramitación, por parte del Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales, de las correspondientes modificaciones de crédito.

4. Si los créditos del Capítulo I tuvieran que ser incrementados por aplicación del régimen retributivo a que se refiere el Capítulo III del Título IV de la presente Norma Foral, o como consecuencia de incrementos salariales en virtud de disposiciones legales de carácter general, resoluciones judiciales, y otras que sean de aplicación al personal al servicio de la Administración Foral, el Titular del Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales solicitará del Titular del Departamento de Hacienda y

Finanzas la correspondiente Ampliación del Crédito.

5. La Diputación Foral de Bizkaia podrá aprobar, a propuesta del Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales, Planes de Empleo u otros sistemas de racionalización de recursos humanos los cuales podrán abarcar planes de ordenación de empleo público, planes de jubilaciones voluntarias incentivadas o cualquier otro

que se considere oportuno que, de conformidad con la legislación vigente, se consideren necesarios para la mejor gestión de los recursos humanos.

6. No obstante lo dispuesto en los párrafos anteriores, cuando se deban realizar modificaciones de crédito que supongan un incremento del total de créditos consignados en el Capítulo I, el Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales solicitará del Departamento de Hacienda y Finanzas la oportuna dotación presupuestaria.

Artículo 20.-Aplicación a los Organismos Autónomos Forales

Lo establecido en los artículos 17, 18 y 19 será de aplicación a los Organismos Autónomos, sustituyendo las referencias a los órganos de la Diputación Foral por los que corresponda en los citados Organismos Autónomos.

CAPÍTULO III

RÉGIMEN RETRIBUTIVO DEL PERSONAL DEL SECTOR PÚBLICO ADMINISTRATIVO

Artículo 21.-Retribuciones del Personal

1. Las retribuciones anuales íntegras del personal al servicio de la Administración Foral, respecto de las vigentes una vez consolidadas al 31 de diciembre de 2021, se incrementarán de conformidad con lo previsto en esta Norma Foral, dentro de los límites legales establecidos. Todo ello sin perjuicio, en su caso, de la adecuación de las retribuciones complementarias cuando sea necesaria para asegurar que las asignadas a cada puesto de trabajo guarden la relación procedente con el contenido de especial dificultad técnica, dedicación, responsabilidad, peligrosidad o penosidad del mismo que serán aprobadas por la Diputación Foral o de las modificaciones de las complementarias que se deriven de la variación del número de efectivos asignados a cada programa, del grado de consecución de los objetivos fijados para el mismo y del resultado individual de su aplicación y que serán aprobadas por el órgano competente de la Diputación Foral.

En este sentido, y en aras de poder continuar con un sistema de evaluación del rendimiento y aplicación de sus resultados, la Diputación Foral podrá establecer un fondo adicional, para retribuir un complemento de productividad, bien a través de incentivos al rendimiento, o bien a través del propio concepto de productividad, en su caso; pudiendo dicho fondo dotarse con el resultado de las economías que se produzcan en el Capítulo I -gastos de personal-.

Las retribuciones por este concepto -productividad-, o a través de gratificación, en ambos conceptos, se aplicarán -en su caso- en una paga única, según lo que establezca y apruebe la Diputación Foral, para la distribución de dicho fondo, tanto al personal que figura en el primer párrafo del apartado 1 como al que figura en el apartado 2 de este artículo.

Los Organismos Autónomos, siguiendo un criterio de proporcionalidad, podrán incorporar las cantidades resultantes para el establecimiento de la retribución anual.

2. Las retribuciones del Diputado General, Teniente del Diputado General, Diputados y Diputadas Forales y Directores y Directoras Generales y personal eventual serán las vigentes una vez consolidadas al 31 de diciembre de 2021, incrementadas en el porcentaje de crecimiento global que resulte para el conjunto de la masa salarial del personal de la Administración General, incluida, en su caso, la productividad, y se determinarán con los criterios establecidos en el resto de apartados de este artículo de la presente Norma Foral, incluida la productividad.

3. Las cantidades que se pudiesen abonar en el presente ejercicio como resultado de lo indicado en el apartado primero, podrán verse sometidas a los criterios establecidos por la disposición adicional undécima de la Ley 13/2000 de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2001, a los efectos de las incorporaciones de las cantidades pertinentes para el año siguiente para su consolidación dentro de las retribuciones periódicas del personal empleado público para ese ejercicio.

Asimismo las cantidades que por dicho concepto se hubieran abonado durante el ejercicio 2021 seguirán el criterio indicado en el párrafo anterior a efectos de su consolidación dentro de las retribuciones a que se refieren los apartados primero y segundo de este artículo.

Artículo 22.-Aplicación a los Organismos Autónomos Forales

Lo establecido en el artículo anterior será de aplicación a los Organismos Autónomos Forales, sustituyendo las referencias a los órganos de la Diputación Foral por los que corresponda en los citados Organismos.

CAPÍTULO IV

GESTIÓN DEL PERSONAL DEL SECTOR PUBLICO EMPRESARIAL

Artículo 23.-Gestión de Personal de las Entidades publicas empresariales forales

La tramitación de los temas referentes al personal al servicio de las Entidades publicas empresariales forales, se efectuará por las unidades administrativas que correspondan, siéndoles de aplicación las mismas limitaciones y procedimientos que los establecidos en los Capítulos anteriores para la Diputación Foral de Bizkaia.

Artículo 24.-Retribuciones del Personal

Las retribuciones de los Presidentes, Presidentas, Directores, Directoras o Gerentes de las Entidades que componen el Sector Público empresarial, respecto de las vigentes una vez consolidadas al 31 de diciembre de 2021, se incrementarán de conformidad con lo previsto en esta Norma Foral, dentro de los límites legales establecidos, y se determinarán de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 21 de la presente Norma Foral.

Con efectos al 1 de Enero de 2022, las retribuciones íntegras de todo el personal al servicio del Sector público empresarial, respecto de las vigentes una vez consolidadas al 31 de diciembre de 2021, se incrementarán de conformidad con lo previsto en esta Norma Foral, dentro de los límites legales establecidos y se determinará de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 21 de la presente Norma Foral.

Artículo 25.-Creación, modificación y/o amortización de la plazas de plantilla

La propuesta de creación y/o modificación de las plazas de plantilla requerirá de la autorización del Titular del Departamento de Hacienda y Finanzas.

Se deberá tener en cuenta que durante el ejercicio 2022 sólo se podrán aprobar ampliaciones o modificaciones de plantilla, cuando el incremento del gasto que se derive de los mismos se compense mediante la reducción del crédito incluido en otras plazas. En consecuencia, cualquier creación de plazas requerirá la simultánea amortización de otras plazas de igual o superior dotación económica.

La limitación establecida en este artículo no será aplicable a las creaciones y/o modificaciones de plazas que deriven de la creación de estructuras provisionales previstas en el Decreto Foral 105/2021, de 20 de julio para la ejecución de los fondos europeos provenientes del instrumento europeo de recuperación Next Generation-EU.

Artículo 26.-Contratación de Personal

1. Durante el ejercicio 2022, las plantillas de personal fijo del Sector público empresarial serán las que figuran en los Presupuestos, siendo su carácter limitativo.

En consecuencia, únicamente se podrá proceder a la contratación laboral indefinida

para la cobertura de las plazas de plantilla que estén vacantes.

Tampoco se verán afectados por la limitación anterior las modificaciones de puestos de trabajo que se deriven de las medidas acordadas como consecuencia de Planes de Recursos Humanos del Sector público empresarial, aprobados por el Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Bizkaia.

2. Asimismo, durante el ejercicio 2022, las Entidades a las que se refiere el número anterior, no podrán proceder a la contratación de personal temporal no contemplado en los Presupuestos, salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, previa autorización de la Diputación Foral.

3. Quedan exceptuados de la prohibición anterior los con tratos de interinidad para sustituir al personal con derecho a reserva del puesto de trabajo.

4. Excepcionalmente, y para el supuesto de empresas pú blicas forales de nueva creación durante el ejercicio presupuestario, éstas podrán aprobar su plantilla de personal conforme al procedimiento que tengan establecido.

TÍTULO V

DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS

CAPÍTULO I

GARANTÍAS

Artículo 27.-Límites de las Garantías y reafianzamiento

1. Se fija en 3.000.000,00 euros el importe máximo de las garantías a los efectos de lo dispuesto en el artículo 128 del Texto Refundido de la Norma Foral General Presupuestaria.

2. Asimismo, durante el ejercicio 2022, la Diputación Foral de Bizkaia podrá reafianzar los avales otorgados por las sociedades de garantía recíproca en el marco de los correspondientes convenios suscritos con esas entidades, previo informe de la Dirección General de Finanzas, Presupuesto y Patrimonio del Departamento de Hacienda y Finanzas.

La dotación máxima del reafianzamiento al que se refiere el párrafo anterior, independientemente de la forma en que se materialice, será de 350.000,00 euros, durante la vigencia de los convenios suscritos.

CAPÍTULO II

ENDEUDAMIENTO

Artículo 28.-Límite

Se autoriza a la Diputación Foral de Bizkaia para que, a propuesta del Titular del Departamento Foral de Hacienda y Finanzas realice operaciones de endeudamiento de carácter presupuestario del Territorio Histórico siempre y cuando la Deuda Foral Viva a 31 de diciembre de 2022 no exceda de 1.830.000.000 euros.

Artículo 29.- Endeudamiento y operaciones financieras en Sociedades Mercantiles Forales

1. A 31 de diciembre de 2022, el saldo de deudas generadas por operaciones de endeudamiento a largo plazo de las sociedades mercantiles forales que a continuación se relacionan no podrá superar:

- Azpiegiturak, S.A.M.P.: 27.000.000,00 euros.

- Interbiak Bizkaia, S.A.M.P.: 678.700.000,00 euros.

- Palacio Euskalduna, S.A.: 2.700.000,00 euros.

- Sestao Bai, S.A.: 11.725.000,00 euros. 2. A 31 de diciembre de 2022, el volumen del endeudamiento comercial a largo

plazo de las sociedades mercantiles forales que a continuación se relacionan no podrá superar:

- Azpiegiturak, S.A.M.P.: Un endeudamiento comercial máximo de hasta 12.000.000,00 de euros destinados a actuaciones recogidas en el Plan Foral de actuación en vivienda o a la promoción de suelo para el sector industrial.

- Sestao Bai, S.A.: por endeudamiento comercial 4.923.000,00 euros.

- Garbiker S.A.M.P.: por endeudamiento comercial 22.727.000,00 euros.

- Interbiak Bizkaia, S.A.M.P.: por endeudamiento comercial 45.000.000,00 euros. 3. Las Sociedades mercantiles forales no podrán otorgar garantías ni realizar operaciones de endeudamiento en favor de terceros sin acuerdo expreso del Consejo de Gobierno, previo informe del Departamento de Hacienda y Finanzas.

TÍTULO VI

DE LOS MUNICIPIOS DEL TERRITORIO HISTÓRICO

CAPÍTULO I

DE LOS INGRESOS MUNICIPALES

Artículo 30.-Recaudación de Tributos Locales

1. Sin perjuicio de la opción que corresponde a los Ayuntamientos para la asunción del cobro de los tributos, la Diputación Foral podrá continuar prestando dicho servicio recaudatorio según los Convenios suscritos con los mismos.

2. Las operaciones que se lleven a cabo en ejecución de cuanto se dispone en el apartado anterior tendrán carácter extrapresupuestario.

Artículo 31.-Participación de los Municipios en los tributos concertados

Las participaciones de los Municipios en los ingresos derivados de los tributos concertados constituirán el Fondo Foral de Financiación Municipal -Udalkutxa-.

Los Municipios también participarán en los ingresos derivados de los tributos concertados constituyendo el Fondo Foral de Financiación Municipal de Servicios Sociales

-FSS-. Artículo 32.-Participación de los Municipios en los tributos no concertados

Los recursos que en virtud de lo dispuesto en el Artículo 51 del Concierto Económico correspondan a las Corporaciones Locales por aportación indirecta mediante participaciones en tributos no concertados, tendrán carácter extrapresupuestario, y su distribución se hará con los mismos porcentajes que resulten de la participación en los tributos concertados -Udalkutxa-.

Artículo 33.-Participación de los Municipios en el Fondo Gizartekutxa

1. La participación de los Municipios en un 0,184% en los ingresos derivados de los capítulos 1 a 8 de ingresos del Presupuesto de la Diputación Foral de Bizkaia constituirá el Fondo Foral de Financiación Municipal-Gizartekutxa.

2. Así mismo se integrará en el Fondo Gizartekutxa el 15% de la participación del Territorio Histórico de Bizkaia en las dotaciones presupuestarias destinadas a la financiación del nivel mínimo y el nivel acordado de protección del sistema de autonomía y atención a la dependencia.

Artículo 34.-Otros Ingresos de carácter extrapresupuestario

Tendrán asimismo carácter extrapresupuestario, los ingresos en la Hacienda Foral y los correspondientes pagos a los Ayuntamientos por la tributación de los operadores de telecomunicaciones, que se atribuyan a los Municipios de Bizkaia en virtud de la normativa aplicable.

CAPÍTULO II

DEL FONDO FORAL DE FINANCIACIÓN MUNICIPAL -UDALKUTXA-

Artículo 35.-Cuantía

De conformidad con lo previsto en el artículo 20 Ley 4/2021, de 7 de octubre, de metodología de distribución de recursos y de determinación de las aportaciones de las diputaciones forales a la financiación de los presupuestos de la Comunidad Autónoma del País Vasco aplicable al periodo 2022-2026, y los acuerdos adoptados en el Consejo Vasco de Finanzas Públicas de 15 de octubre de 2021 y Consejo Territorial de Finanzas de 21 de octubre de 2021, el crédito presupuestario para el año 2022 destinado a la financiación del Fondo Foral de Financiación Municipal -Udalkutxa-, al que hace referencia la Norma Foral de Haciendas Locales, se cifra en 937.425.153,00 euros.

Artículo 36.-Esfuerzo Fiscal

A tenor de lo dispuesto en la Norma Foral de Haciendas Locales se considerará esfuerzo fiscal municipal a efectos de cálculo de la liquidación del Fondo del año 2021 y de la entrega a cuenta 2022, el resultante de la aplicación de la siguiente fórmula:

TAm+ RcT(TB) × TBm

Ef(m) = RcT(IBI) × Rcm(IBI) + RcT(IAE) × Rcm(IAE) + RcT(IVTM) × Rcm(IVTM) + RcT(TA) ×

RcTRpm(IBI) RcTRpm(IAE) RcTRpm(IVTM) RcTTABz RcT TBBz

Siendo:

Ef(m) Esfuerzo fiscal del Municipio «m».

RcT(IBI) Importe total de la recaudación líquida obtenida en el Territorio Histórico de Bizkaia por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

RcT(IAE) Importe total de la recaudación líquida obtenida en el Territorio Histórico de Bizkaia por el Impuesto sobre Actividades Económicas.

RcT(IVTM) Importe total de la recaudación líquida obtenida en el Territorio Histórico de Bizkaia por el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

RcT(TA) Importe total de la recaudación líquida obtenida en el Territorio Histórico de Bizkaia en concepto de Tasa por Suministro de Agua.

RcT(TB) Importe Total de la recaudación líquida obtenida en el Territorio Histórico de Bizkaia en concepto de Tasa por Recogida de Basura.

RcT Importe Total de la recaudación líquida obtenida en el Territorio Histórico de Bizkaia por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el Impuesto

sobre Actividades Económicas, el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, la Tasa por Suministro de Agua y la Tasa por Recogida

de Basura.

Rcm(IBI) Recaudación líquida obtenida en el municipio «m» por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Rcm(IAE) Recaudación líquida obtenida en el municipio «m» por el Impuesto sobre Actividades Económicas.

Rcm(IVTM) Recaudación líquida obtenida en el municipio «m» por el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

Rpm(IBI) Recaudación que se habría obtenido en el municipio «m» por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles si se hubiera aplicado el tipo máximo

de los bienes de naturaleza urbana residencial a todos bienes de naturaleza no rústica y el tipo máximo a los bienes de naturaleza rústica.

Rpm(IAE) Recaudación que se habría obtenido en el municipio «m» por el Impuesto sobre Actividades Económicas si se hubieran aplicado coeficientes e índices máximos.

Rpm(IVTM) Recaudación que se habría obtenido en el municipio «m» por el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica si se hubiera aplicado,

a todas las categorías de vehículos, el coeficiente de incremento y el

máximo posible aplicable a los turismos cuya potencia y clase se encuentre comprendida en el intervalo de 12 a 13,99 caballos fiscales.

TAm Importe anual a pagar en el municipio «m», en concepto de Tasa por

Suministro de Agua, por una vivienda familiar que consuma 140 m3 de

agua, a razón de 35 m3 trimestrales.

TABz Media en el Territorio Histórico de Bizkaia de las Tasas a que se refiere

el apartado anterior.

TBm Importe anual a pagar en el municipio «m» por una vivienda familiar en

concepto de Tasa por Recogida de Basura.

TBBz Media en el Territorio Histórico de Bizkaia de las Tasas a que se refiere

el apartado anterior.

Las recaudaciones líquidas a que se refieren los apartados anteriores serán las relativas a las liquidaciones practicadas durante el ejercicio tomado como referencia para el cálculo del esfuerzo fiscal municipal.

Artículo 37.-Créditos presupuestarios y pagos a cuenta

1. De conformidad con lo dispuesto a estos efectos en la Norma Foral de Haciendas Locales, los créditos presupuestarios para el año 2022 son los siguientes:

a) El crédito presupuestario destinado a la financiación del Ayuntamiento de Bilbao se cifra en 354.904.669,00 euros.

b) Los créditos presupuestarios destinados a la financiación de Imprevistos y a la Asociación de Municipios a los que se refiere la Norma Foral 9/2005 de 16 de diciembre, de Haciendas Locales, se cifran respectivamente en 7.030.689,00 euros y en 1.406.138,00 euros.

c) El crédito presupuestario destinado a la financiación del conjunto de Municipios, excluido Bilbao, se cifra en 574.083.657,00 euros que se distribuirán entre ellos de acuerdo a los criterios definidos en la Norma Foral de Haciendas Locales.

Los criterios de distribución serán los establecidos en la Norma Foral de Haciendas Locales.

2. Con cargo al crédito presupuestario resultante para cada Municipio y para la Asociación de Municipios de la aplicación de los criterios de distribución contenidos en el número anterior, se efectuará un pago a cuenta mensual a cada uno de ellos, por importe de la doceava parte de dicho crédito.

El pago se efectuará en los primeros veinte días de cada mes.

Artículo 38.-Información a suministrar por las Corporaciones Locales

1. Con el fin de proceder a la determinación de la participación de los Municipios en los tributos concertados del año 2023, las respectivas Corporaciones locales deberán facilitar al Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales una certificación comprensiva de la información precisa. El plazo para aportar esta certificación concluye 15 de septiembre del año 2022.

2. El alcance y formato de la citada documentación será determinado mediante Orden Foral del citado Departamento dentro del primer trimestre del año 2022.

3. A los Municipios que no aportaran la documentación requerida de conformidad con el punto 2 anterior se les aplicará el esfuerzo fiscal correspondiente al Municipio con menor coeficiente.

Artículo 39.- Información a suministrar por la Diputación Foral a los Entes Locales y a las Juntas Generales

El Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales notificará individualmente a cada Municipio, con anterioridad al 31 de enero de 2022, el importe del crédito presupuestario y los pagos a cuenta que correspondan por la participación

Asimismo, el Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales remitirá a las Juntas Generales de Bizkaia un listado comprensivo de los importes a que se refiere el párrafo anterior.

CAPÍTULO III

DEL FONDO FORAL DE FINANCIACIÓN MUNICIPAL -GIZARTEKUTXA-

Artículo 40.-Créditos presupuestarios y pagos a cuenta

1. El crédito presupuestario para el año 2022 es 15.861.646,00 euros.

2. Con cargo al crédito presupuestario se efectuarán pagos a cuenta mensuales a los municipios por importe de la doceava parte de dicho importe.

3. Los municipios recibirán las entregas a cuenta. No obstante, si los servicios sociales del municipio se prestan manco munadamente, las entregas a cuenta las recibirá la mancomunidad en la que esté integrado. En todo momento el municipio que presta mancomunadamente los servicios podrá solicitar recibir directamente las entregas a cuenta.

Artículo 41.-Cuantía individualizada

1. La distribución de las entregas a cuenta 2022 entre los municipios se realizará en función del gasto real producido durante el ejercicio 2000, por una parte, en la Diputación Foral de Bizkaia y relativo a los conceptos de Plan de Intervención Socio Educativa, Ayuda a Domicilio y Personal de los Servicios Sociales, y, por otra parte, en los Ayuntamientos de Bizkaia por el concepto de Ingreso en Residencias de personas mayores a través de la regulación del Departamento de Acción Social. Para la cuantificación del gasto real, los mencionados conceptos se integrarán mediante la siguiente fórmula: Gasto Real = Plan de Intervención Socio Educativa + Ayuda a Domicilio + Personal de los Servicios Sociales Ingreso en Residencias de Personas Mayores.

Siendo el detalle por municipio:

Udalari 2000 ekitaldian

Gizarte Egoitzetan sartzeko

Esku-hartze Etxeko egotz dakiokeen

Zerbitzuetako banakako diru-laguntzak Udalerria

Sozioeduka tiboalaguntza benetako gastua

LangileakAyudas Económicas

Sinadura data

Intervención Ayuda Gasto Real imputable

Personal Servicio Individuales para Municipio

Socio EducativaDomiciliaria en el ejercicio 2000 al

Social de Baseingreso en Residencias Fecha firma

Ayuntamiento

(1)(2) (3)(4) (1 + 2 + 3 4)

Abadiño6.832,37 33.179,50 23.359,29 4.376,77 58.994,39

Abanto y Ciérvana

28.972,00 66.443,42 5.553,86 38.920,13 62.049,16 Abanto Zierbena

Ajangiz0,00 3.721,56 1.262,25 0,00 4.983,80

Alonsotegi21.729,00 26.550,14 45.461,82 15.400,08 78.340,88

Amorebieta-Etxano14.486,00 103.295,91 70.706,63 30.291,36 158.197,19

Amoroto0,00 3.790,03 5.716,33 0,00 9.506,37

Arakaldo244,32 0,00 989,89 0,00 1.234,21

Arantzazu608,07 2.746,57 1.709,92 0,00 5.064,56

Arcentales457,13 8.360,63 3.023,74 4.141,36 7.700,14

Areatza2.584,30 10.796,86 6.575,69 1.274,00 18.682,85

Arrankudiaga2.483,90 1.407,39 6.646,42 2.514,51 8.023,20

Arratzu657,52 3.820,57 1.816,41 0,00 6.294,50

Arrieta470,79 7.354,17 1.916,16 0,00 9.741,12

Arrigorriaga28.972,00 66.624,96 70.706,63 28.236,16 138.067,44

Udalari 2000 ekitaldian

Gizarte Egoitzetan sartzeko

Esku-hartze Etxeko egotz dakiokeen

Zerbitzuetako banakako diru-laguntzak Udalerria

Sozioeduka tiboalaguntza benetako gastua

LangileakAyudas Económicas

Sinadura data

Intervención Ayuda Gasto Real imputable

Personal Servicio Individuales para Municipio

Socio EducativaDomiciliaria en el ejercicio 2000 al

Social de Baseingreso en Residencias Fecha firma

Ayuntamiento

(1)(2) (3)(4) (1 + 2 + 3 4)

Artea1.114,80 7.245,26 3.563,83 0,00 11.923,89

Atxondo1.569,33 9.315,96 5.046,45 1.410,01 14.521,73

Aulesti0,00 7.201,07 10.057,08 0,00 17.258,14

Bakio2.017,65 10.410,45 5.650,84 3.472,92 14.606,02

Balmaseda6.755,39 63.909,23 34.300,70 7.432,95 97.532,38

Barakaldo246.262,04 806.534,13 303.043,54 579.493,36 776.346,35

Barrika1.333,15 10.064,50 4.584,94 1.410,01 14.572,58

Basauri57.944,01 310.341,59 116.168,45 216.979,53 267.474,52

Bedia2.102,91 9.707,70 5.975,72 2.000,46 15.785,87

Berango14.486,00 25.914,75 20.217,00 9.418,36 51.199,39

Bermeo43.458,01 148.589,99 77.479,33 57.467,51 212.059,82

Berriatua1.156,78 8.342,86 5.382,77 0,00 14.882,41

Berriz14.486,00 19.655,64 14.494,86 3.594,88 45.041,63

Bilbao688.085,12 3.020.089,31 767.717,34 3.282.313,71 1.193.578,06

Busturia2.595,03 14.419,56 7.465,96 2.255,42 22.225,13

Karrantzako Harana

2.890,09 35.379,17 14.938,32 1.852,15 51.355,43 Valle de Carranza

Derio7.922,89 17.840,44 27.078,07 4.459,46 48.381,94

Dima1.976,23 12.454,27 6.287,70 5.941,77 14.776,43

Durango21.124,03 152.772,57 80.976,85 22.141,56 232.731,90

Ea0,00 10.030,05 591,49 3.251,16 7.370,38

Elantxobe780,26 5.792,47 2.321,73 0,00 8.894,46

Elorrio5.949,87 54.564,91 24.852,91 14.287,87 71.079,82

Erandio57.944,01 142.508,43 116.168,45 61.401,12 255.219,77

Ereño0,00 3.131,55 757,35 0,00 3.888,90

Ermua28.972,00 60.444,30 109.243,81 12.822,57 185.837,54

Errigoiti455,88 5.422,74 2.057,69 0,00 7.936,31

Etxebarri 28.972,00 30.226,31 45.461,82 6.416,65 98.243,48

Etxebarria1.057,46 6.646,01 4.337,04 892,69 11.147,81

Forua1.753,40 6.696,26 4.447,71 3.172,27 9.725,10

Fruiz351,22 3.963,61 1.285,58 877,00 4.723,41

Galdakao28.972,00 157.939,27 103.546,04 63.778,47 226.678,84

Galdames523,16 10.722,39 3.816,46 5.359,30 9.702,72

Gamiz-Fika1.292,79 9.741,89 4.015,39 629,75 14.420,32

Garai163,72 2.065,11 826,40 0,00 3.055,23

Gatika0,00 9.122,35 757,35 0,00 9.879,70

Gautegiz Arteaga1.236,15 6.860,59 3.541,78 199,28 11.439,24

Gernika-Lumo28.177,14 105.989,90 70.284,67 24.937,76 179.513,95

Udalari 2000 ekitaldian

Gizarte Egoitzetan sartzeko

Esku-hartze Etxeko egotz dakiokeen

Zerbitzuetako banakako diru-laguntzak Udalerria

Sozioeduka tiboalaguntza benetako gastua

LangileakAyudas Económicas

Sinadura data

Intervención Ayuda Gasto Real imputable

Personal Servicio Individuales para Municipio

Socio EducativaDomiciliaria en el ejercicio 2000 al

Social de Baseingreso en Residencias Fecha firma

Ayuntamiento

(1)(2) (3)(4) (1 + 2 + 3 4)

Getxo57.944,01 498.552,55 212.119,90 334.187,50 434.428,96

Gizaburuaga0,00 1.847,64 2.078,67 0,00 3.926,31

Gordexola1.107,28 16.296,14 6.873,43 2.526,05 21.750,80

Gorliz5.415,07 22.027,96 15.427,63 5.924,13 36.946,53

Güeñes5.805,58 49.124,61 28.068,10 15.912,05 67.086,23

Ibarrangelu613,69 6.038,96 2.390,02 3.582,40 5.460,27

Igorre12.452,75 23.866,74 23.998,85 5.454,39 54.863,96

Ispaster531,65 8.484,27 3.434,40 0,00 12.450,32

Iurreta3.909,34 26.617,03 15.183,37 1.324,22 44.385,52

Izurtza207,65 2.845,27 938,17 0,00 3.991,08

Kortezubi613,69 3.902,73 1.675,29 0,00 6.191,71

Lanestosa284,44 3.778,82 1.405,07 1.236,23 4.232,09

Larrabetzu2.350,16 10.939,60 8.788,65 1.993,39 20.085,01

Laukiz1.270,37 6.303,57 3.811,97 0,00 11.385,91

Leioa65.187,01 115.504,44 90.923,64 100.703,38 170.911,71

Lekeitio8.243,48 63.349,21 40.893,62 338,02 112.148,31

Lemoa5.751,33 23.819,39 14.819,29 1.425,35 42.964,65

Lemoiz865,86 9.732,18 3.630,29 2.332,73 11.895,60

Lezama3.925,83 10.430,78 11.909,26 3.405,20 22.860,67

Loiu2.572,71 12.720,46 9.761,31 0,00 25.054,48

Mallabia7.243,00 7.352,34 6.924,65 2.997,03 18.522,96

Mañaria359,39 4.497,36 1.601,99 763,30 5.695,44

Markina-Xemein5.637,83 44.118,20 25.939,65 944,72 74.750,96

Maruri-Jatabe7.243,00 5.128,49 2.100,98 0,00 14.472,47

Meñaka575,40 5.778,27 1.924,29 3.974,16 4.303,80

Mendata412,05 3.820,57 1.511,40 0,00 5.744,02

Mendexa0,00 3.884,78 5.166,10 0,00 9.050,87

Morga526,02 4.313,54 1.757,23 0,00 6.596,79

Mundaka2.989,55 15.857,40 8.107,85 2.202,75 24.752,05

Mungia22.993,78 75.356,34 52.102,40 35.659,15 114.793,37

Munitibar-Arbatzegi

0,00 4.879,67 6.067,87 0,00 10.947,54 Gerrikaitz

Murueta280,54 1.848,66 919,59 0,00 3.048,79

Muskiz43.458,01 51.421,03 15.555,46 27.395,16 83.039,34

Muxika1.919,97 13.680,09 6.441,66 1.411,07 20.630,65

Nabarniz0,00 3.222,33 1.262,24 0,00 4.484,57

Ondarroa12.344,80 74.425,89 56.397,97 10.118,34 133.050,32

Orozko5.700,74 9.836,51 17.111,01 2.193,67 30.454,59

Udalari 2000 ekitaldian

Gizarte Egoitzetan sartzeko

Esku-hartze Etxeko egotz dakiokeen

Zerbitzuetako banakako diru-laguntzak Udalerria

Sozioeduka tiboalaguntza benetako gastua

LangileakAyudas Económicas

Sinadura data

Intervención Ayuda Gasto Real imputable

Personal Servicio Individuales para Municipio

Socio EducativaDomiciliaria en el ejercicio 2000 al

Social de Baseingreso en Residencias Fecha firma

Ayuntamiento

(1)(2) (3)(4) (1 + 2 + 3 4)

Ortuella24.148,16 59.772,93 15.662,36 38.505,13 61.078,32

Otxandio762,70 9.820,77 3.542,67 5.811,99 8.314,16

Plentzia4.274,33 25.303,67 13.649,71 5.390,81 37.836,90

Portugalete28.972,00 362.761,09 95.951,45 365.622,17 122.062,37

Santurtzi79.673,01 338.707,12 116.168,45 295.280,56 239.268,02

Sestao57.944,01 270.312,15 121.196,27 147.914,12 301.538,31

Sondika5.074,21 21.592,98 20.738,44 6.510,80 40.894,82

Sopela16.774,36 43.106,42 41.426,46 19.109,69 82.197,55

Sopuerta2.016,46 23.995,48 10.765,85 6.859,03 29.918,76

Sukarrieta447,12 2.629,21 1.429,46 0,00 4.505,79

Trucios-Turtzioz487,61 6.140,58 2.534,82 805,09 8.357,91

Ubide266,03 1.988,89 965,95 0,00 3.220,88

Ugao-Miraballes18.099,87 16.911,88 37.828,05 9.923,85 62.915,95

Urduliz3.930,74 16.615,92 12.204,61 5.174,59 27.576,68

Urduña-Orduña28.972,00 35.581,72 35.353,32 14.044,94 85.862,10

Valle de Trápaga

28.972,00 88.818,15 40.701,83 83.480,33 75.011,65 Trapagaran

Zaldibar2.579,61 19.825,10 10.329,98 1.440,47 31.294,21

Zalla8.644,86 54.556,65 35.686,78 11.083,87 87.804,43

Zamudio5.474,80 15.455,36 17.675,72 3.705,04 34.900,85

Zaratamo7.243,00 11.754,67 22.730,91 0,00 41.728,58

Zeanuri2.115,58 15.390,26 6.809,68 2.472,47 21.843,04

Zeberio2.443,17 3.839,91 8.131,26 3.811,11 10.603,23

Zierbena10.864,50 10.710,82 1.514,69 1.395,87 21.694,14

TOTAL2.043.294,03 8.361.343,85 3.636.210,45 6.121.170,64 7.919.677,71

Debido a la desanexión de Ziortza Bolibar el importe se reparte entre Markina-Xemein y Ziortza-Bolibar en función de la población a 1 de enero de 2005, esto es, MarkinaXemein: 4.383 habitantes y Ziortza-Bolibar: 369 habitantes.

Artículo 42.-Liquidación

1. La Diputación practicará la liquidación del Fondo 2021 en el tercer trimestre del ejercicio 2022 una vez se determine el importe definitivo del Fondo que será el 0,184% de los derechos reconocidos netos en los capítulos 1 a 8 de ingresos del Presupuesto de la Diputación Foral de Bizkaia del ejercicio 2021.

2. La Diputación practicará la liquidación del Fondo 2022 en el tercer trimestre del ejercicio 2023 una vez se determine el importe definitivo del Fondo que será el 0,184%

de los derechos reconocidos netos en los capítulos 1 a 8 de ingresos del Presupuesto de la Diputación Foral de Bizkaia del ejercicio 2022.

3. Las liquidaciones se practicarán a los municipios o mancomunidades, su caso, que prestan los servicios sociales municipales. En todo momento el municipio que presta mancomunadamente los servicios podrá solicitar recibir directamente la liquidación.

CAPÍTULO IV

Artículo 43.- Del Fondo Foral de Financiación Municipal de Servicios Sociales

-FSS-

1. La participación de los municipios en los tributos concertados -FSS- se cifra en la cantidad de 8.827.877,00 euros, correspondiente a la aplicación del porcentaje del 0,37% de los Recursos Disponibles definidos en el artículo 41.2 de la Norma Foral de Haciendas Locales.

2. El Fondo Foral de Financiación Municipal de Servicios Sociales (FSS) se repartirá de acuerdo con el esfuerzo que realizan los municipios en la atencion a las personas en situacion de dependencia grado I, II, y III, asi como los niveles 23 y 24 que justifican el riesgo de dependencia. A tal efecto, se tomarán los datos de empadronamiento a 1 de enero de 2021 de las personas en situación de dependencia o de riesgo de dependencia.

3. Los municipios recibirán las entregas a cuenta dentro del primer trimestre de

2022. No obstante, si los servicios sociales del municipio se prestan mancomunadamente, las entregas a cuenta las recibirá la mancomunidad en la que esté integrado. En todo momento el municipio que presta mancomunadamente los servicios podrá solicitar recibir directamente las entregas a cuenta.

4. El Fondo Foral de Financiación Municipal de Servicios Sociales -FSSserá objeto de liquidación una vez conocidos los recursos disponibles derivados de la liquidación definitiva de las aportaciones a las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma del País Vasco del ejercicio. Dicha liquidación se realizará junto con la correspondiente al Fondo Foral de Financiación Municipal -Udal kutxa-.

5. Las liquidaciones se practicarán a los municipios o mancomu nidades, su caso, que prestan los servicios sociales municipales. En todo momento el municipio que presta mancomunadamente los servicios podrá solicitar recibir directamente la liquidación.

CAPÍTULO V

COMPENSACIÓN

Artículo 44.-Compensación de Deudas

El procedimiento de cobro de cualquier deuda de los Ayuntamientos con la Diputación Foral de Bizkaia será el de compensación con los pagos a favor de aquéllos, siempre y cuando se haya notificado la deuda a compensar con un mes de antelación, salvo que dicho plazo se reduzca con el consentimiento del Ayuntamiento correspondiente o corresponda a anticipos.

CAPÍTULO VI

RÉGIMEN DE TUTELA FINANCIERA

Artículo 45.-Operaciones de Crédito de las Corporaciones Locales

1. En el ejercicio 2022 las entidades locales y sus entidades dependientes clasificadas en el sector administraciones públicas, de acuerdo con la definición y delimitación del Sistema Europeo de Cuentas podrán concertar operaciones de crédito a corto plazo de acuerdo con la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales.

2. En el ejercicio 2022, las entidades locales y sus entidades dependientes clasificadas en el sector administraciones públicas, de acuerdo con la definición y delimitación del Sistema Europeo de Cuentas no podrán concertar nuevas operaciones de crédito a largo plazo, incluyendo las operaciones que modifiquen las condiciones contractuales o

añadan garantías adicionales con o sin intermediación de terceros, ni conceder avales, ni sustituir operaciones de crédito concertadas con anterioridad sin previa autorización de los órganos competentes de la Diputación Foral de Bizkaia, cuando de los estados financieros que reflejen la liquidación de los presupuestos, los resultados corrientes y

los resultados de la actividad ordinaria del ejercicio 2021, se deduzca un ahorro neto negativo. En este caso:

a) De acuerdo con el artículo 55 de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales, el Pleno de la respectiva corporación deberá aprobar un plan de saneamiento financiero a realizar en un plazo no superior a tres años, en el que se adopten medidas de gestión, tributarias, financieras y presupuestarias que permitan como mínimo ajustar a cero el ahorro neto.

b) Dicho plan deberá ser presentado conjuntamente con la solicitud de la autorización correspondiente.

c) La finalidad de la operación, cuando el volumen total del capital vivo no exceda del 60 por ciento de los ingresos corrientes liquidados o devengados según las cifras deducidas de los estados contables consolidados, podrá ser tanto la financiación de sus inversionescomo la sustitución total o parcial de operaciones preexistentes a largo plazo. Igualmente podrá financiar tanto gastos corrientes como el remanente de tesorería negativo derivado de la liquidación 2021, con las condiciones reguladas respectivamente en el artículo 34 y 49 de la Norma Foral 10/2003 de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia.

d) La finalidad de la operación, cuando el volumen total del capital vivo exceda del 60 por ciento de los ingresos corrientes liquidados o devengados según las cifras deducidas de los estados contables consolidados, solo podrán concertar nuevas operaciones de crédito a largo plazo para refinanciar otras operaciones de crédito a largo plazo vigentes.

3. En el ejercicio 2022, las entidades locales y sus entidades dependientes clasificadas en el sector administraciones públicas, de acuerdo con la definición y delimitación del Sistema Europeo de Cuentas, que liquiden el ejercicio 2021 con ahorro neto positivo, calculado en la forma que establece el artículo en el artículo 55 de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales, podrán concertar nuevas operaciones de crédito a largo plazo cuando el volumen total del capital vivo no exceda del 60 por ciento de los ingresos corrientes liquidados o devengados según las cifras deducidas de los estados contables consolidados, con sujeción, en su caso, a la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales y a la Normativa de Estabilidad Presupuestaria.

La finalidad de la operación podrá ser tanto la financiación de sus inversiones, como la sustitución total o parcial de operaciones preexistentes a largo plazo.

Igualmente podrá financiar tanto gastos corrientes como el remanente de tesorería negativo derivado de la liquidación 2021, con las condiciones reguladas respectivamente en el artículo 34 y 49 de la Norma Foral 10/2003 de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia.

4. En el ejercicio 2022, las entidades locales y sus entidades dependientes clasificadas en el sector administraciones públicas, de acuerdo con la definición y delimitación del Sistema Europeo de Cuentas, que liquiden el ejercicio 2021 con ahorro neto positivo y que tengan un volumen de endeudamiento superior al 60 por ciento pero inferior o igual al 110 por ciento de los ingresos corrientes liquidados o devengados según las cifras deducidas de los estados contables consolidados, podrán concertar operaciones de endeudamiento a largo plazo previa autorización del Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales con sujeción, en su caso, a la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales y a la Normativa de Estabilidad Presupuestaria. La finalidad de la operación podrá ser tanto la financiación de sus inversiones, como la sustitución total o parcial de operaciones preexistentes a largo plazo.

La finalidad de la operación podrá ser tanto la financiación de sus inversiones, como la sustitución total o parcial de operaciones preexistentes a largo plazo.

Igualmente podrá financiar tanto gastos corrientes como el remanente de tesorería negativo derivado de la liquidación 2021, con las condiciones reguladas respectivamente en el artículo 34 y 49 de la Norma Foral 10/2003 de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia.

5. En el ejercicio 2022, las entidades locales y sus entidades dependientes clasificadas en el sector administraciones públicas, de acuerdo con la definición y delimitación del Sistema Europeo de Cuentas que liquiden el ejercicio 2021 con ahorro neto positivo calculado en la forma que establece el artículo en el artículo 55 de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales y que presenten o un volumen de endeudamiento vivo superior al 110 por ciento de los ingresos corrientes liquidados o devengados según las cifras deducidas de los estados contables consolidados, solo podrán concertar nuevas operaciones de crédito a largo plazo para refinanciar otras operaciones de crédito a largo plazo vigentes.

6. Para la determinación de los ingresos corrientes a computar en el cálculo del ahorro neto y del nivel de endeudamiento, se deducirá el importe de los ingresos afectados a operaciones de capital y cualesquiera otros ingresos extraordinarios aplicados a los capítulos 1 a 5 que, por su afectación legal y/o carácter no recurrente, no tienen la consideración de ingresos ordinarios.

7. A efectos del cálculo del capital vivo, se considerarán todas las operaciones vigentes a 31 de diciembre del año 2021, incluido el riesgo deducido de avales, incrementado, en su caso, en los saldos no dispuestos de las operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2021 y en el importe de las operaciones formalizadas en el 2022 y las proyectadas. No se incluirán los saldos que deban reintegrar las entidades locales derivados de las liquidaciones definitivas del Fondo Foral de Financiación MunicipalUdalkutxa, ni las operaciones a refinanciar.

8. La concertación de cualesquiera operaciones deberá acordarse previo informe de la Intervención en el que se analizará, especialmente, la capacidad de la entidad local para hacer frente, en el tiempo, a las obligaciones que de aquéllas se deriven para ésta.

9. No se podrá refinanciar el plazo en las operaciones formalizadas en los casos excepcionales previstos en el último párrafo del apartado 2 del artículo 34 y del apartado 4 del artículo 49 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia. En el caso de las operaciones formalizadas al amparo de la Norma Foral 5/2012, de 21 de junio, por la que se modifican, para el ejercicio 2012, las limitaciones de endeudamiento de los ayuntamientos, con el fin de poder financiar el abono de determinadas deudas contraídas en materia contractual, y las operaciones formalizadas al amparo de la Norma Foral 6/2013, de 12 de junio, por la que se modifican, para el ejercicio 2013, las limitaciones de endeudamiento de los ayuntamientos y sus entidades dependientes, con el fin de poder financiar el abono de determinadas deudas, la refinanciación se intrumentará a través del convenio suscrito entre la Diputación Foral de Bizkaia y las entidades financieras firmantes del mismo.

10. Para la formalización de nuevas operaciones de crédito a largo plazo será preciso:

a) El informe de la Intervención local sobre la propuesta elaborada por la tesorería de concertación o modificación de operaciones de endeudamiento.

b) La adopción del acuerdo concertación de la operación de crédito a largo plazo por parte órgano competente.

c) La aprobación por Pleno de un plan de saneamiento económico financiero, previamente informado favorablemente por el Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales de la Diputación Foral de Bizkaia, en el que se garantice en un plazo máximo de tres años un ahorro neto positivo en caso de haber liquidado el ejercicio 2021 con cifras negativas de ahorro neto

d) La aprobación por el órgano competente de un plan de reducción de capital vivo,

previamente informado favorablemente por el Departamento de Administración

Pública y Relaciones Institucionales de la Diputación Foral de Bizkaia, en el que

se garantice, en un plazo máximo de tres años, reducir el volumen de capital

vivo al 110% de los ingresos por operaciones corrientes consolidados, en caso

de haber liquidado el ejercicio 2021 con un porcentaje superior.

e) La aprobación por el órgano competente de un plan de reducción de capital vivo, informado favorablemente por el Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales, en el que se garantice, en un plazo máximo de tres años, reducir el volumen de capital vivo al 60% de los ingresos por operaciones corrientes consolidados, en caso de haber liquidado el ejercicio 2021 con un porcentaje superior al 60% pero inferior o igual al 110%.

f) La autorización del Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales o, en su caso, el informe preceptivo no vinculante al que se refiere el artículo 55.3 de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales.

g) La intervención de la entidad local deberá emitir un informe anual sobre el cumplimiento de los planes de saneamiento económico financiero o de reducción de capital vivo. De dicho informe se dará cuenta al Pleno de la entidad local para su conocimiento, y al Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales de la Diputación Foral de Bizkaia.

11. En los supuestos en los que de acuerdo con la normativa en vigor no sea necesario ni autorizar ni emitir informe preceptivo no vinculante, las entidades a las que se refiere el artículo 51 de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales, en el año 2022 deberán comunicar al Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales cualquier operación que se pretendan formalizar tanto a corto plazo como a largo plazo. El Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales, en ejercicio de la tutela financiera, tomará razón de la operación a concertar.

12. Las operaciones de endeudamiento formalizadas por las enti dades locales deberán ser notificadas al Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales, dentro del mes siguiente a su formalización.

13. De las operaciones de crédito autorizadas a las entidades lo cales y de aquéllas que sin precisar autorización sean notificadas de conformidad con lo dispuesto en el apartado anterior, el Departamento Foral de Administración Pública y Relaciones Institucionales informará posteriormente al Departamento Foral de Hacienda y Finanzas a los efectos oportunos.

Artículo 46.-Destino del superávit y de los mayores ingresos

Queda en suspenso durante el ejercicio 2022 la aplicación del Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 90/2013, de 25 de junio, de fijación del porcentaje de reducción de capital vivo de operaciones de deuda a largo plazo en desarrollo de la Norma Foral 5/2013, de 12 de junio, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de las Entidades Locales de Bizkaia.

Artículo 47.-Información a suministrar por las Entidades Locales

Las entidades locales del Territorio Histórico comunicarán al Departamento Foral de Administración Pública y Relaciones Institucionales de la Diputación Foral de Bizkaia, la siguiente documentación:

a) Hasta el 31 de enero del año 2022, la Deuda viva existente el 31 de diciembre de 2021, así como la carga financiera prevista para el ejercicio 2022.

b) Hasta el 30 de abril del año 2022, la liquidación del Presupuesto correspondiente a 2021.

c) El Presupuesto General para el año 2022 en el plazo de un mes desde su aprobación definitiva por el Pleno de la Corporación.

d) Antes del 31 de octubre de 2022, la Cuenta General del año 2021.

e) Trimestralmente, hasta el 24 de enero, el 24 de abril, 24 de julio y 24 de octubre respectivamente, la ejecución del presupuesto 2022 de acuerdo con la normativa en vigor.

f) El coste efectivo de los servicios del año 2021 antes de 1 de noviembre de 2022.

La Diputación Foral, previo requerimiento, retendrá a los ayuntamientos y mancomunidades el 20% de las entregas a cuenta de la participación en los tributos concertados o el mismo porcentaje de las subvenciones y transferencias tramitadas por el Departamento de Administración pública y Relaciones Institucionales, respectivamente, en caso de que no remitan la información referida en el apartado b) anterior. Una vez recibida la misma se procederá al abono de la cantidad retenida. la suma de retenciones que se practiquen por no presentar la liquidación de diversos ejercicios no podrá exceder del 40% de la entrega a cuenta.

TÍTULO VII

DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS

CAPÍTULO ÚNICO

IMPUESTOS DIRECTOS

Sección Primera

Impuesto sobre la renta de las personas FísIcas

Artículo 48.-Obligación de declarar

Lo dispuesto en el apartado Dos del artículo 9 del Decreto Foral Normativo 11/2020, de 1 de diciembre, de medidas de prórroga y otras medidas urgentes relacionadas con la COVID-19, será de aplicación a la obligación de declarar del período impositivo 2022.

Artículo 49.-Reducción por tributación conjunta

Con efectos desde 1 de enero de 2022, se modifica el artículo 73 de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que quedará redactado como sigue:

«Artículo 73.-Reducción por tributación conjunta.

1. En los supuestos en que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98

de esta Norma Foral se opte por la tributación conjunta, la base imponible general

se reducirá en el importe de 4.413 euros anuales por declaración.

2. La reducción señalada en el apartado anterior será de 3.833 euros en el caso

de las unidades familiares señaladas en el apartado 2 del artículo 98 de esta Norma Foral.»

Artículo 50.-Escala aplicable a la base liquidable general

Con efectos desde 1 de enero de 2022, se modifica el apartado 1 del artículo 75 de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que quedará redactado como sigue:

«1. La base liquidable general será gravada a los tipos que se indican en la

siguiente escala:

Likidazio oinarri Likidazio oinarriaren

Kuota osoaTasa aplika-garria

orokorra, gehienezgainerakoa, gehienez

Cuota íntegraTipo aplicable

Base liquidable general hastaResto base liquidable hasta

Euroak / EurosEuroak / Euros Euroak / Euros%

0,00 0,00 16.280,00 23,00

16.280,003.744,40 16.280,00 28,00

32.560,00 8.302,80 16.280,00 35,00

48.840,0014.000,80 20.910,0040,00

69.750,0022.364,80 26.860,0045,00

96.610,0034.451,80 32.180,0046,00

Likidazio oinarri Likidazio oinarriaren

Kuota osoaTasa aplika-garria

orokorra, gehienezgainerakoa, gehienez

Cuota íntegraTipo aplicable

Base liquidable general hastaResto base liquidable hasta

Euroak / EurosEuroak / Euros Euroak / Euros%

128.790,0049.254,60 58.980,0047,00

Hortik aurrera

187.770,0076.975,20 49,00»

En adelante

Articulo 51.-Minoración de cuota

Con efectos desde 1 de enero de 2022, se modifica el artículo 77 de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que quedará redactado como sigue:

«Articulo 77.-Minoración de cuota.

Los contribuyentes aplicarán una minoración de cuota de 1.454 euros por cada

declaración, conforme a lo previsto en el artículo 74 de esta Norma Foral.»

Articulo 52.-Deducción por descendientes

Con efectos desde 1 de enero de 2022, se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 79 de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que quedarán redactados como sigue:

«1. Por cada descendiente que conviva con el contribuyente se practicará la

siguiente deducción:

- 613 euros anuales por el primero.

- 759 euros anuales por el segundo.

- 1.280 euros anuales por el tercero.

- 1.513 euros anuales por el cuarto.

- 1.976 euros anuales por el quinto y por cada uno de los sucesivos descendientes. 2. Por cada descendiente menor de seis años que conviva con el contribuyente, además de la deducción que corresponda conforme al apartado anterior, se practicará una deducción complementaria de 353 euros anuales.»

Artículo 53.-Deducción por ascendientes

Con efectos desde 1 de enero de 2022, se modifica el primer párrafo del apartado 1 del artículo 81 de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que quedará redactado como sigue:

«1. Por cada ascendiente que conviva de forma continua y permanente durante

todo el año natural con el contribuyente se podrá aplicar una deducción de 294

euros.»

Artículo 54.-Deducción por discapacidad o dependencia

Con efectos desde 1 de enero de 2022, se modifica el apartado 1 del artículo 82 de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que quedará redactado como sigue:

«1. Por cada contribuyente que sea persona con dependencia o discapacidad,

se aplicará la deducción que, en función del grado de dependencia o discapacidad y de la necesidad de ayuda de tercera persona conforme a lo que reglamenDeducción

Grado de dependencia o discapacidad y necesidad de ayuda de tercera persona

(euros)

Igual o superior al 33% e inferior al 65% de discapacidad816

Deducción

Grado de dependencia o discapacidad y necesidad de ayuda de tercera persona

(euros)

Igual o superior al 65% de discapacidad. Dependencia moderada (Grado I)1.165

Igual o superior al 75% de discapacidad y obtener entre 15 y 39 puntos de ayuda

1.397

de tercera persona. Dependencia severa (Grado II)

Igual o superior al 75% de discapacidad y obtener 40 ó más puntos de ayuda de

1.743

tercera persona. Gran dependencia (Grado III)

El grado de dependencia, discapacidad y los puntos a que se refiere el párrafo

anterior se medirán conforme a lo establecido en el Anexo I del Real Decreto

1.971/1999, de 23 de diciembre y en el Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero,

por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía

Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

La misma deducción se aplicará por el cónyuge o pareja de hecho que sea persona con discapacidad o dependiente y que cumpla los requisitos establecidos

en este apartado.»

Articulo 55.-Deducción por edad

Con efectos desde 1 de enero de 2022, se modifican los apartados 1, 2 y 3 del artículo 83 de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que quedarán redactados como sigue:

«1. Por cada contribuyente de edad superior a 65 años se aplicará una deducción de 352 euros.

En el caso de que el contribuyente tenga una edad superior a 75 años, la deducción a que se refiere el párrafo anterior será de 642 euros. La aplicación de lo dispuesto en este apartado requerirá que el contribuyente tenga una base imponible

igual o inferior a 20.000 euros.

2. Los contribuyentes mayores de 65 años con una base imponible superior

a 20.000 euros e inferior a 30.000 euros aplicarán una deducción de 352 euros

menos el resultado de multiplicar por 0,0352 la cuantía resultante de minorar la

base imponible en 20.000 euros.

3. Los contribuyentes mayores de 75 años con una base imponible superior

a 20.000 euros e inferior a 30.000 euros aplicarán una deducción de 642 euros

menos el resultado de multiplicar por 0,0642 la cuantía resultante de minorar la

base imponible en 20.000 euros.»

CAPÍTULO II

IMPUESTOS LOCALES

Artículo 56.-Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Con efectos desde el 1 de enero de 2022, los valores catastrales del Impuesto sobre Bienes Inmuebles serán los correspondientes al ejercicio 2021, incrementados en el 1,5 por 100.

CAPITULO III

TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS

Artículo 57.-Tasas y Precios Públicos

1. Con efectos desde el 1 de enero de 2022, los tipos de cuantía fija de las tasas de la Diputación Foral de Bizkaia se elevan hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,015 a la cuantía exigible en 2021.

Se exceptúan de esta elevación las tasas que hubiesen sido creadas u objeto de actualización específica por normas dictadas en 2021, así como la tasa por la venta de cartones de bingo y la tasa por la expedición de la tarjeta de identificación de los beneficiarios de la tarifa única en el servicio de «Bizkaibus».

Se consideran como tipos de cuantía fija aquellos que no se determinan por un porcentaje de la base o ésta no se valore en unidades monetarias

2. Con efectos desde el 1 de enero de 2022, los tipos de cuantía fija de los precios públicos de la Diputación Foral de Bizkaia se elevan hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,015 a la cuantía exigible en 2021.

Se exceptúan de esta elevación los precios públicos que hubiesen sido creados u objeto de actualización específica por normas dictadas en 2021, aquellos cuya actualización se realice de acuerdo a la evolución del IPC, así como los precios públicos por la prestación de servicios cartográficos, por el servicio de venta de publicaciones editadas por la Diputación Foral de Bizkaia,y por la prestación de servicios de reprografía por la Biblioteca Foral de Bizkaia.

Se consideran como tipos de cuantía fija aquellos que no se determinan por un porcentaje de la base o ésta no se valore en unidades monetarias.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Disposición Adicional Primera.-Interés de demora

Con efectos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2022, el interés de demora a que se refiere el artículo 26 de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia será del 3,75%.

Disposición Adicional Segunda.-Relativa a los gastos de personal

1. Las retribuciones por trabajos esporádicos en períodos noc turnos o festivos así como retribución por experiencia se regirán por los criterios que a continuación se indican.

Los conceptos arriba indicados se calcularán, por cada hora de trabajo en los dos primeros y por meses (en 14 pagas) por cada 3 años de servicios prestados reconocidos en el tercero.

De la retribución por experiencia se deducirá el importe del Complemento Personal Transitorio 2, que perciba cada empleado o empleada.

En el supuesto de retribuciones por trabajos esporádicos en periodo nocturno o festivo, no procederá su percepción en aquellos puestos de trabajo en que para la determinación del complemento específico hubieran sido valoradas dichas circunstancias.

Para el ejercicio 2022, dichas retribuciones se adecuarán siguiendo los criterios establecidos en el artículo 21, resultando que la siguiente tabla se incrementará para 2022 en el mismo porcentaje en que lo hagan el resto de retribuciones:

Taldea Taldea Taldea Taldea Taldea

GrupoGrupo GrupoGrupo Grupo

E/

Elkarte Profesionala D/C2 C/C1B/A2 A/A1

Agrupación Profesional

Jaiak / Festivos8,73 10,3111,36 3,7816,83

Gauetakoak / Nocturnos4,35 5,145,67 6,918,41

Esperientzia / Experiencia18,32 17,2515,61 9,8511,50

2. El concepto 185 del programa 920108 departamento 07 seccion 02 está destinado a los pagos a la empresa Elkarkidetza para el abono de las cuotas correspondientes y los compromisos asumidos con la citada empresa, y su importe en el presupuesto habilita dichos pagos.

3. Se establece un incremento de las retribuciones para el ejercicio 2022 que se determinará por el Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Bizkaia y los Organos competentes del resto de Entes del Sector Público Foral a los que se autoriza para ello, y que será como máximo el así establecido como límite legal de carácter general, salvo productividad -en su caso- que se regirá por lo establecido en el artículo 21.

En consecuencia se adecuarán las tablas retibutivas como resultado de las cuantías de carácter básico.

4. Se convalida el incremento en el ejercicio 2021 de las retribuciones del siguiente modo:

Incremento de las retribuciones en el año 2021 respecto de las de 2020 (efectuada la consolidación prevista para dicho año), en un 0,9%, tanto en retribuciones básicas como en complementarias -de caracter invariable-, como son el complemento de destino y el complemento específico.

Disposición Adicional Tercera. Creación, modificación y/o amortización de las plazas de plantilla de las Entidades pertenecientes al Sector Público Empresarial Foral.

Las plantillas de personal fijo de las Entidades pertenecientes al Sector Público Empresarial Foral, aprobadas en la presente norma, podrán ser objeto de modificación durante el 2022, en los términos previstos en el artículo 26 anterior, en el supuesto de que por razones operativas o de estrategia organizativa empresarial la Diputación Foral apruebe su modificación e implique la amortización de plazas en una o varias de las citadas Entidades y, consecuentemente, el incremento de plantilla en otra u otras de las mismas, siempre que no suponga incremento alguno de la plantilla total del conjunto de las Entidades pertenecientes al Sector Público Empresarial Foral aprobadas en esta Norma.

Disposición Adicional Cuarta.-Liquidación Udalkutxa 2021

La liquidación de Udalkutxa 2021 se realizará de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional 4ª de la Ley 2/2007 de 23 de Marzo, de aportaciones para el quinquenio 2007-2011, y los acuerdos adoptados en el Consejo Vasco de Finanzas Públicas de 15 de Octubre y en el Consejo Territorial de Finanzas de Bizkaia de 21 de Octubre de 2021, considerándose el porcentaje de participación municipal el 56%.

Disposición Adicional Quinta.-Prorroga Servicio Activo

1. En aras de la estabilidad presupuestaria y control del gasto público, una vez alcanzada la edad de jubilación forzosa (edad legal de acceso a la jubilación ordinaria de acuerdo con el régimen de Seguridad Social o de mutualidad que corresponda en cada caso) la Diputación Foral de Bizkaia a solicitud del personal a su servicio, podrá conceder la prórroga en el servicio activo cuando en el momento de cumplir dicha edad, la persona interesada no acreditara los años de servicio o de cotización necesarios para generar el cien por cien de la pensión que corresponda en cada supuesto.

2. No procederá la prórroga en el servicio activo cuando la persona interesada reúna las condiciones para resultar beneficiaria de la pensión máxima de jubilación que se establezca anualmente en la legislación presupuestaria, con independencia de que dicha prórroga pudiera generar derecho a incrementar la misma con porcentajes adicionales.

3. Tanto para la concesión como para la denegación de la prórroga en el servicio activo será preceptivo y vinculante el informe de la Dirección General de Régimen Jurídico y Función Pública. En dicho informe podrán establecerse supuestos que motivados por razones organizativas o por aquellas que estuvieran consignadas en el Plan de Recursos Humanos, permitan o prohíban la prórroga en el servicio activo.

4. En ningún caso podrá concederse una prórroga más allá de los setenta años.

Tanto la concesión de la prórroga como su mantenimineto en el plazo concedido está condicionada a que la persona interesada fuera considerada apta para el servicio mediante la realización del correspondiente examen de salud y, en caso de que se determine, a los resultados de la evaluación del desempeño realizada por la Dirección General de Régimen Jurídico y Función Pública.

Disposición Adicional Sexta. Modificación de la Norma Foral 4/1989 por la que se regulan las Retribuciones del Diputado o Diputada General, de las Diputadas y Diputados Forales, de los Directores y Directoras Generales y de las Directivas y Directivos de las Sociedades Públicas y otros Entes Públicos de derecho privado de la Administración Foral de Bizkaia.

Se añade un nuevo párrafo 3 al artículo 1 de la Norma Foral 4/1989 por la que se regulan las Retribuciones del Diputado o Diputada General, de las Diputadas y Diputados Forales, de los Directores y Directoras Generales y de las Directivas y Directivos de las Sociedades Públicas y otros Entes Públicos de derecho privado de la Administración Foral de Bizkaia, con la redacción siguiente:

«3. Asimismo, El Diputado o Diputada General, Diputadas y Diputados Forales

y Directores y Directoras Generales, además de la retribución prevista en los

párrafos anteriores, tendrán derecho al percibo de retribuciones en concepto de

antigüedad, con excepción de aquellas personas que tuvieran reconocida la percepción de trienios por su condición de personal funcionario, estatutario o laboral

de cualquier administración pública.

Esta retribución por antigüedad consistirá en una cantidad o trienio por cada tres

años de servicio. A estos efectos, se computarán los servicios prestados en servicio activo como personal funcionario interino, estatutario de carácter temporal o

personal laboral fijo o temporal en cualquier administración pública, o en una entidad dependiente de la misma. Asimismo, se reconocerá dicha retribución cuando se hubiere extinguido la condición previa por jubilación como funcionario de

carrera, estatutario o personal laboral fijo, por el número de trienios consolidados

a la fecha de la jubilación.

Los trienios se devengarán y harán efectivos por la cuantía correspondiente al

subgrupo de clasificación profesional en el que se hayan prestado los servicios

como empleada o empleado público en las distintas administraciones públicas en

el momento de su perfeccionamiento, de acuerdo con las retribuciones básicas

que se fijen para cada ejercicio.»

Disposición Adicional Séptima.- Límite de endeudamiento a largo plazo de la Sociedad Mercantil Seed Capital Mikro, Sociedad

de Capital Riesgo de Régimen Simplificado, S.A.

Se autoriza a la entidad Seed Capital Mikro, Sociedad de Capital Riesgo de Régimen Simplificado, S.A., a un lítime de endeudamiento a largo plazo de 1 millón de euros para poder financiar su actividad principal, la concesión de microcréditos.

Disposición adicional Octava.-Presupuestos de los Consorcios adscritos

En cumplimiento de lo determinado en la «Disposición Adicional Séptima. Consorcios controlados por el sector público foral» del Texto Refundido de la Norma Foral General Presupuestaria aprobado por Decreto Foral Normativo 5/2013, de 3 de diciembre, los Presupuestos de los Consorcios adscritos a alguna entidad del sector público foral pero que no cumplan los requisitos establecidos en el artículo 3 bis de este Texto Refundido, acompañarán, a efectos informativos, a los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia.

La entidad que cumple con lo establecido en la citada Disposición Adicional es el Consorcio de Aguas Bilbao-Bizkaia, cuyos Presupuestos se adjuntan a los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia del año 2022, a efectos informativos.

Disposición Adicional Novena.- Destino del endeudamiento adicional de

79.200.000 euros del año 2022, de la Diputación

Foral de Bizkaia

El endeudamiento adicional de 79.200.000 euros, incorporados al límite de deuda de la Diputación Foral de Bizkaia para el año 2022, se podrán concertar para financiar el Déficit o el Remanente de Tesorería Negativo del año 2022, independientemente del origen del mismo, tanto el proveniente de gastos de capital como de gasto corriente.

Disposición Adicional Décima.-Préstamos a Entidades Locales

La Diputación, a través del Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales, como medida extraordinaria de apoyo a la liquidez podrá conceder préstamos a las entidades locales.

En estos casos la devolución de las cuotas se realizará mediante retenciones en los pagos que le correspondan a las entidades locales.

Se regularán los restantes aspectos sustantivos y formales mediante Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia.

Disposición Adicional Undécima.- Modificación del texto refundido de la Norma

Foral General Presupuestaria aprobado por

el Decreto Foral Normativo 5/2013, de 3 de diciembre

1. Con efectos del 1 de enero de 2022, se da una nueva redacción al título del artículo 45 del texto refundido de la Norma Foral General Presupuestaria aprobado por el Decreto Foral Normativo 5/2013, de 3 de diciembre, que quedará redactado en los siguientes términos:

«Artículo 45.-Clasificación por programas y por proyectos de gasto.

1. Los programas presupuestarios integrarán los objetivos que la entidad pública

desee alcanzar con su actividad y los créditos presupuestarios necesarios para la

realización de las actividades orientadas a la consecución de dichos objetivos.

2. Cada programa recogerá la información relativa a los objetivos por él perseguidos, medios humanos y financieros necesarios, actividades a llevar a cabo y

responsables de su ejecución.

3. Los objetivos perseguidos por cada programa se concretarán en términos

cuantificables y susceptibles de seguimiento. En los casos en que no sean cuantificables, se adoptarán los indicadores más adecuados que permitan el control

del grado de consecución de los objetivos propuestos.

4. Cada programa incluirá, en su caso, información de los ingresos que deriven

de su realización, que se recogerán en el estado de ingresos del respectivo presupuesto.

5. La clasificación por programas agrupará los créditos de acuerdo con su finalidad, deducida del programa en que aparezcan o, excepcionalmente, de su propia

naturaleza.

6. Un proyecto de gasto es una unidad de gasto presupuestario perfectamente

identificable, en términos genéricos o específicos, cuya ejecución, se efectué con

cargo a créditos de una o varias aplicaciones presupuestarias y se extienda a uno

o más ejercicios, requiere un seguimiento y control individualizado.

Todo proyecto de gasto, tanto con financiación afectada como no, estará identificado con un código único e invariable a lo largo de su vida.

La clasificación y registro es competencia del Departamento de Hacienda y Finanzas.»

2. Con efectos del 1 de enero de 2022, se da una nueva redacción al título del artículo 51 del texto refundido de la Norma Foral General Presupuestaria aprobado por el Decreto Foral Normativo 5/2013, de 3 de diciembre, que quedará redactado en los siguientes términos:

«Artículo 51.-Los créditos presupuestarios.

1. Los créditos presupuestarios son las asignaciones individualizadas de los

gastos necesarios para realizar las actividades precisas para alcanzar los objetivos que figuran en los programas presupuestarios. Los créditos presupuestarios

están a disposición de las unidades gestoras responsables de los programas. Se

detallarán de acuerdo con la clasificación orgánica, por programas, económica y

proyectos que en cada caso proceda, conforme a lo establecido en los artículos

44, 45 y 46 de esta Norma Foral, sin perjuicio de los desgloses necesarios a efectos de la adecuada contabilización de su ejecución.

2. Los créditos presupuestarios se dividen en créditos de pago y créditos de

compromiso, siendo los primeros los correspondientes al ejercicio actual y los

créditos de compromiso los que afectan a ejercicios posteriores a aquel en que

se autorizan.»

Disposición Adicional Duodécima.- Modificación de la Norma Foral 9/2005, de 16

de diciembre, de Haciendas Locales

Uno. Con efectos del 1 de enero de 2022 y aplicable a las entregas a cuenta del 2022 y siguientes y sus liquidaciones, se da una nueva redacción al apartado 2 del artículo 41 que quedará redactado en los siguientes términos:

«Artículo 41.-Participación de los municipios en los tributos concertados.

2. La participación de los municipios en los tributos concertados -Udalkutxase

determinará por aplicación de la siguiente fórmula:

PM TCUD =PPM UD x (RD).

Donde:

- PM TCUD= Participación de los municipios en los tributos concertados del Territorio Histórico de Bizkaia.

- PPM = Porcentaje de participación de los municipios en los tributos concertados del Territorio Histórico -Udalkutxa-, que se establece en el 39,29%.

- RD = Los recursos disponibles del Territorio Histórico de Bizkaia, que se determinarán de acuerdo con la Ley 4/2021, de 7 de octubre, de metodología de distribución de recursos y de determinación de las aportaciones de las diputaciones forales a la financiación de los presupuestos de la Comunidad Autónoma del País Vasco aplicable al periodo 2022-2026».

Dos. Con efectos del 1 de enero de 2022 se da una nueva redacción al título del artículo 42 que quedará redactado en los siguientes términos:

«Artículo 42.-Distribución de los tributos concertados -Udalkutxa-.»

Disposición Adicional Decimotercera.- Modificación de la Norma Foral 10/2003,

de 2 de diciembre, Presupuestaria de las

Entidades Locales del Territorio Histórico

de Bizkaia en los siguientes términos

Uno. El Artículo 62. Estados y Cuentas Anuales, apartado 5 queda redactado como sigue:

«5. Las entidades locales unirán a la Cuenta General los estados integrados

y consolidados de las cuentas anuales de las entidades del grupo, multigrupo y

asociadas. La integración y consolidación se efectuará aplicando las normas para

la formulación de cuentas anuales consolidadas que se aprueben reglamentariamente para el sector público local del Territorio Histórico de Bizkaia.

A efectos de la obtención de los estados consolidados, las entidades controladas,

directamente o indirectamente, por la entidad local, las entidades multigrupo y

las entidades asociadas deberán remitir sus cuentas anuales a la entidad local

acompañadas, en su caso, del informe de auditoría y de gestión.

Los estados consolidados deberán acompañar a la Cuenta General, al menos,

cuando ésta se someta a aprobación del Pleno de la Corporación».

Disposición Decimocuarta.-Aportación de Capital a Interbiak, Bizkaia, S.A.M.P.

Se modifica la Disposición adicional segunda de la Norma Foral 4/2003, de 26 de marzo, modificado por la Norma Foral 8/2010, de 31 de diciembre de 2010, en el sentido que se indica a continuación:

«Aportación de fondos propios de la Diputación Foral de Bizkaia a favor de la

Sociedad Mercantil Foral Interbiak Bizkaia, S.A.M.P.:

1. Para hacer efectiva la financiación de las actuaciones contenidas en el Plan

Especial de Accesibilidad Bizkaia 2003 y lo previsto en la Norma Foral 3/2010, de

26 de octubre, la Diputación Foral de Bizkaia efectuará gradualmente en el período comprendido entre los años 2002 a 2025, ambos inclusive, las aportaciones

dinerarias correspondientes hasta una cuantía de 1.083,2 millones de euros para

suscribir y desembolsar hasta dicha cuantía los aumentos de capital social de

«Interbiak, Bizkaia, SAMP» que en su caso se produzcan, todo ello sin perjuicio

de lo dispuesto en el artículo 2.3 de la presente Norma Foral.

2. El desglose temporal de las aportaciones económicas establecidas en el número precedente se determinará mediante la suscripción o modificación de los

correspondientes convenios entre la Diputación Foral de Bizkaia e «Interbiak, Bizkaia, S.A.M.P.»

Disposición Final.-Entrada en vigor

La presente Norma Foral entrará en vigor el día 1 de enero de 2022, o el día de su publicación en el «Boletín Oficial de Bizkaia», si la fecha fuera posterior a la antedicha, sin perjuicio de los expresos efectos previstos en su articulado.

En Bilbao, a 30 de diciembre de 2021.

El Secretario Primero de las Juntas Generales,

KOLDO MEDIAVILLA AMARIKA

La Presidenta de las Juntas Generales,

ANA OTADUI BITERI

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Partidak Zainkepetak GASTUAK Partidas Nominativas GASTOS

Saila / Departamento ( Euroak / Euros )

02IRAUNKORTASUNA ETA INGURUNE NATURALA 1.105.000

SOSTENIBILIDAD Y MEDIO NATURAL

Partida / Partida

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

0202 414104 45100 2017/0074NEKATUR LANDA-GARAPENEKO ELKARTEA 20.000

ASOCIACIÓN DESARROLLO RURAL NEKATUR

0203 412102 44300 2007/0625LORRA SOZIETATE KOOPERATIBOA 428.000

LORRA SOCIEDAD COOPERATIVA

0203 412102 45100 2015/0040EUSKAL ABEREAK 10.000

EUSKAL ABEREAK

0204 412101 45100 2007/0624BASOZAINEN ELKARTEA 180.000

ASOCIACION FORESTALISTAS

0204 412101 45100 2015/0042EUROPAKO HEGOALDEKO BASOGILEEN ELKARTEA (EHBE) 34.000

UNION DE SILVICULTORES DEL SUR DE EUROPA (USSE)

0205 412103 42900 2015/0043JATORRIZKO IZENA: BIZKAIKO TXAKOLINA 60.000

DENOMINACION DE ORIGEN BIZKAIKO TXAKOLINA

0205 412103 44300 2007/0625LORRA SOZIETATE KOOPERATIBOA 290.000

LORRA SOCIEDAD COOPERATIVA

0206 419105 45100 2016/0062BIZKAIKO EHIZA-FEDERAZIOARENTZAKO LAGUNTZA 15.000

APOYO FEDERACION TERRITORIAL VIZCAÍNA DE CAZA

0206 419105 45100 2017/0075BIZKAIKO ARRANTZA ETA CASTING LURRALDE FEDERAZIOARENTZAKO LAGUNTZA 8.000

APOYO FEDERACIÓN TERRITORIAL VIZCAÍNA PESCA Y CASTING

0208 172103 45100 2022/0015KLIMA ALKAKETA ZENTROA-BBK FUNDAZIOA 60.000

CENTRO CAMBIO CLIMÁTICO-FUNDACIÓN BBK

GUZTIRA / TOTAL1.105.000

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Partidak Zainkepetak GASTUAK Partidas Nominativas GASTOS

Saila / Departamento ( Euroak / Euros )

03GIZARTE EKINTZA 13.302.000

ACCIÓN SOCIAL

Partida / Partida

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

0304 231109 43203 2007/0603GALARRETA-OKUPAZIO-TAILERRA ETA ERRENDIMENDU TXIKIKO ENPLEGU-ZENTRO BEREZIA 289.000

GALARRETA-TALLER OCUPACIONAL Y ESPECIAL DE EMPLEO BAJO RENDIMIENTO

0304 231109 43203 2007/0613RANZARI-OKUPAZIO-TAILERRA ETA ERRENDIMENDU TXIKIKO ENPLEGU-ZENTRO BEREZIA 613.000

RANZARI-TALLER OCUPACIONAL Y ESPECIAL DE EMPLEO BAJO RENDIMIENTO

0304 231109 44300 2007/0615USOA LANTEGIA TAILERRA-OKUPAZIO-TAILERRA ETA ERRENDIMENDU TXIKIKO 764.000

ENPLEGU-ZENTRO BEREZIA

TALLER USOA LANTEGIATALLER OCUPACIONAL Y ESPECIAL DE EMPLEO BAJO RENDIMIENTO

0304 231109 45100 2007/0619LANTEGI BATUAK FUNDAZIOA, OKUPAZIO-ZENTROA 6.095.000

FUNDACION LANTEGI BATUAK-CENTRO OCUPACIONAL

0304 231109 45100 2008/0103NAGUSIAK BIZKAIKO KLUB ETA ETXEEN ELKARTEA 69.000

NAGUSIAK ASOC CLUBES HOGARES BIZKAIA

0304 231109 45100 2008/0123AFABI ALZHEIMER GAITZA DUTENEN SENIDEEN BIZKAIKO ELKARTEAOPORRAK ELKARREKIN 108.000

EMATEKO PROGRAMA

AFABI ASOC FAMILIAS ENFERMOS/AS DE ALZHEIMER BIZKAIAPROGRAMA DE CONVIVENCIAS

VACACIONALES

0304 231109 45100 2008/0226GORABIDE ELBARRITASUN INTELEKTUALA DUTEN PERTSONEN ALDEKO ELKARTEA465.000

AISIALDIA ETA ASTIALDIA

GORABIDE ASOC. VIZCAÍNA PERSONAS CON DISCAPACIDAD OCIO Y TIEMPO LIBRE

0304 231109 45100 2008/0227ASPACE BIZKAIA BURUKO PARALISIZ JOTA DAUDEN PERTSONAK LAGUNTZEKO 227.000

ELKARTEA-AISIALDIA ETA ASTIALDIA

ASPACE ASOC. VIZCAÍNA PERSONAS PARÁLISIS CEREBRALOCIO Y TIEMPO LIBRE

0304 231109 45100 2008/0228APNABI AUTISMOA ETA AUTISMO ESPEKTROAREN BESTELAKO NAHASTEAK DITUZTENEN 324.000

GURASOEN ELKARTEA-AISIALDIA ETA ASTIALDIA

APNABI ASOC. PADRES DE AFECTADOS DE AUTISMO Y OTROS TRASTORNOS DEL ESPECTRO AUTISTAOCIO Y TIEMPO LIBRE

0304 231109 45100 2008/0229GAUDE ELKARTEA 331.000

ASOCIACIÓN GAUDE

0304 231109 45100 2008/0267BIDAIDEAK EUSKAL ELBARRITUEN ELKARTEA GARRAIO EGOKITURAKO INBERTSIOAK 463.000

BIDAIDEAK SOCIEDAD VASCA DE MINUSVÁLIDOS INVERSIONES PARA TRANSPORTE ADAPTADO

0304 231109 45100 2008/0268EUSKADIKO DOWNEN SINDROMEA FUNDAZIOA AISIALDIA ETA ASTIALDIA 228.000

FUNDACIÓN SÍNDROME DOWN DEL PAÍS VASCOOCIO Y TIEMPO LIBRE

0304 231109 45100 2009/0069FEKOOR GUTXITASUN FISIKOA DUTEN PERTSONEN BIZKAIKO FEDERAZIO 254.000

KOORDINATZAILEA-ELKARTEEK ESKU HARTZEKO JARDUERA-PROGRAMA

FEDERACIÓN COORDINADORA PERSONAS DISCAPACIDAD BIZKAIA, FEKOORPROGRAMA DE

ACCIONES DE INTERVENCIÓN ASOCIATIVA

0304 231109 45100 2009/0079HELDU GUTXITASUNA DAUKATEN PERTSONEN BIZKAIKO FEDERAZIOEN 61.000

ELKARTEA-EGUNEKO JARDUEREN GAILUA (LORTZEN)

HELDU-FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE PERSONAS CON DISMINUCIÓN DE BIZKAIA-DISPOSITIVO

DE ACTIVIDADES DE DÍA LORTZEN

0304 231109 45100 2009/0089BILBOKO ELIZBARRUTIKO CARITAS EGUNON ETXEA 152.000

CARITAS DIOCESANAS BILBAO EGUNON ETXEA

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Partidak Zainkepetak GASTUAK Partidas Nominativas GASTOS

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

0304 231109 45100 2010/0030ULERTUZ BIZKAIKO HAUR GORREN FAMILIA ETA LAGUNEN ELKARTEA-HAURREI ARRETA 135.000

EMATEKO ETA LAGUNTZEKO PROGRAMA

ULERTUZ ASOC DE FAMILIAS AMIGOS/AS DE NIÑOS/AS SORDOS DE BIZKAIAPROGRAMA ATENCIÓN Y

ACOMPAÑAMIENTO NIÑOS/AS

0304 231109 45100 2012/0046ORUE AUZOLAN FUNDAZIOA-ZAINTZAILEEI ATSEDENA EMATEKO PROGRAMA 122.000

ORUE AUZOLAN FUNDAZIOA PROGRAMA DE RESPIRO DIRIGIDO A PERSONAS CUIDADORAS

0304 231109 45100 2012/0047BILBOKO ELIZBARRUTIKO CARITAS-ZAINTZAILEEI ATSEDENA EMATEKO PROGRAMA 122.000

CARITAS DIOCESANAS DE BILBAO-PROGRAMA DE RESPIRO DIRIGIDO A PERSONAS CUIDADORAS

0304 231109 45100 2012/0050BIDAIDEAK-EUSKAL ELBARRITUEN ELKARTEA. PERTSONEN AUTONOMIARAKO 61.000

PROGRAMA-KABIEZES ZENTROA, SANTURTZI

BIDAIDEAK SOCIEDAD VASCA DE MINUSVALIDOS PROGRAMA DE AUTONOMIA PERSONAS CENTRO

KABIEZES SANTURTZI

0304 231109 45100 2012/0051EUSKAL GORRAK. PERTSONA GORREN ELKARTEEN EUSKAL FEDERAZIOA. ELKARTEEK ESKU 15.000

HARTZEKO JARDUERA-PROGRAMA

EUSKAL GORRAK. FEDERACION VASCA DE ASOC DE PERSONAS SORDAS, PROGRAMA DE ACCIONES DE

INTERVENCION ASOCIATIVA

0304 231109 45100 2012/0052EUSKAL GORRAK PERTSONA GORREN EUSKAL FEDERAZIOA-ZEINU-MINTZAIRAREN 51.000

INTERPRETE ZERBITZUA

EUSKAL GORRAK FEDERACION VASCA ASOCIACIONES PERSONAS SORDASSERVICIO INTERPRETE DE

SIGNOS

0304 231109 45100 2012/0053BIZIA FUNDAZIOA OKUPAZIO ZENTROA 61.000

FUNDACION BIZIACENTRO OCUPACIONAL

0304 231109 45100 2013/0041GEU BE PREMIA BEREZIAK DITUZTEN FAMILIEN ELKARTEA (DURANGO)AISIALDIA ETA 39.000

ASTIALDIA

GEU BE, ASOC. DE FAMILIAS CON NECESIDADES ESPECIALES DE DURANGO -OCIO Y TIEMPO LIBRE

0304 231109 45100 2013/0042FEKOOR GUTXITASUN FISIKOA DUTEN PERTSONEN BIZKAIKO FEDERAZIO 590.000

KOORDINATZAILEA-SAVI, BIZIMODU INDEPENTENTERAKO ZERBITZU ESPERIMENTALA

FEKOOR FEDERACIÓN COORDINADORA PERSONAS DISCAPACIDAD BIZKAIA -SAVI, SERVICIO

EXPERIMENTAL ATENCIÓN VIDA LNDEPENDIENTE

0304 231109 45100 2013/0043FEKOOR GUTXITASUN FISIKOA DUTEN PERTSONEN BIZKAIKO FEDERAZIO 203.000

KOORDINATZAILEA-AISIALDIA ETA ASTIALDIA

FEKOOR FEDERACIÓN COORDINADORA PERSONAS DISCAPACIDAD BIZKAIAOCIO Y TIEMPO LIBRE

0304 231109 45100 2013/0044GORABIDE ELBARRITASUN INTELEKTUALA DUTEN PERTSONEN ALDEKO ELKARTEA-ARRETA 39.000

ESPEZIALIZATUA

GORABIDE ASOC VIZCAÍNA PERSONAS CON DISCAPACIDAD ATENCIÓN ESPECIALIZADA

0304 231109 45100 2013/0045ASPACE BIZKAIA BURUKO PARALISIZ JOTA DAUDEN PERTSONAK LAGUNTZEKO 183.000

ELKARTEA-ARRETA ESPEZIALIZATUA

ASPACE ASOC. VIZCAÍNA PERSONAS PARÁLISIS CEREBRAL -ATENCIÓN ESPECIALIZADA

0304 231109 45100 2013/0046APNABI AUTISMOA ETA AUTISMO ESPEKTROAREN BESTELAKO NAHASTEAK DITUZTENEN 138.000

GURASOEN ELKARTEA-ARRETA ESPEZIALIZATUA

APNABI ASOC. DE PADRES DE AFECTADOS DE AUTISMO Y OTROS TRASTORNOS DEL ESPECTRO

AUTISTA ATENCIÓN ESPECIALIZADA

0304 231109 45100 2014/0015ZELIAKOEN ELKARTEA-ELIKADURARAKO LAGUNTZAK 100.000

ASOCIACIÓN DE CELIACOSAYUDAS A LA ALIMENTACIÓN

0304 231109 45100 2014/0028APNABI AUTISMOA ETA AUTISMO ESPEKTROAREN BESTELAKO NAHASTEAK DITUZTENEN 140.000

GURASOEN ELKARTEA-HARRERA,BALORAZIOA,ORIENTAZIOA, JARRAIPENA ETA LAGUNTZA

APNABI ASOC. PADRES DE AFECTADOS DE AUTISMO Y OTROS TRASTORNOS DEL ESPECTRO AUTISTA ACOGIDA, VALORACIÓN, ORIENTACIÓN, SEGUIMIENTO Y APOYO.

0304 231109 45100 2014/0029EUSKAL GORRAK, PERTSONA GORREN ELKARTEEN EUSKAL FEDERAZIOA-INFORMAZIOA ETA 45.000

AHOLKULARITZA

EUSKAL GORRAK FEDERACIÓN VASCA DE ASOCIACIONES DE PERSONAS SORDAS INFORMACIÓN Y

ASESORAMIENTO

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Partidak Zainkepetak GASTUAK Partidas Nominativas GASTOS

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

0304 231109 45100 2014/0030FUTUBIDE, GORABIDE TUTORETZA FUNDAZIOA-TUTORETZAKO BOLUNTARIOTZA 29.000

PROGRAMA

FUTUBIDE, FUNDACIÓN TUTELAR GORABIDEPROGRAMA DE VOLUNTARIADO TUTELAR

0304 231109 45100 2014/0104AVIFES 110.000

AVIFES

0304 231109 45100 2015/0037APNABI-ALDAMIZ ZENTROA 131.000

APNABI-CRI ALDAMIZ

0304 231109 45100 2015/0038ASPACE-ZABALOETXE ZENTROA 279.000

ASPACE-CRI ZABALOETXE

0304 231109 45100 2015/0039ASPACE-ELGERO ZENTROA 186.000

ASPACE-CRI ELGERO

0304 231109 45100 2021/0057EUSKALIT, BIZIKIDETZA-UNITATEAK EGOITZA ZENTROETAN EZARTZEN LAGUNTZEA. 30.000

EUSKALIT, APOYO IMPLANTACIÓN UNIDADES CONVIVENCIALES EN CENTROS RESIDENCIALES.

0304 231109 75100 2008/0267BIDAIDEAK EUSKAL ELBARRITUEN ELKARTEA GARRAIO EGOKITURAKO INBERTSIOAK 50.000

BIDAIDEAK SOCIEDAD VASCA DE MINUSVÁLIDOS INVERSIONES PARA TRANSPORTE ADAPTADO

GUZTIRA / TOTAL13.302.000

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Partidak Zainkepetak GASTUAK Partidas Nominativas GASTOS

Saila / Departamento ( Euroak / Euros )

04EUSKARA, KULTURA ETA KIROLA 4.507.000

EUSKERA, CULTURA Y DEPORTE

Partida / Partida

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

0403 341109 45100 2018/0012ASFEDEBI. BIZKAIKO KIROL FEDERAZIOEN BALIABIDEAK OPTIMIZATZEA ETA BIZKAIAN 334.000

KIROLA GARATZEA

ASFEDEBI. OPTIMIZACIÓN RECURSOS FEDERACIONES DEPORTIVAS Y DESARROLLO DEL DEPORTE

BIZKAINO.

0403 341109 45100 2021/0063TRAINERU KLUBEN ELKARTEALIGA ACTREN ANTOLAKUNTZA 35.000

ASOCIACION CLUBES DE TRAINERAS ORGANIZACION LIGA ACT

0403 341110 45100 2012/0017BIZKAIKO MENDIZALE FEDERAZIOA. MENDIKO BIDEXKAK 40.000

FEDERACIÓN VIZCAINA DE MONTAÑA.SENDEROS DE MONTAÑA

0403 341110 45100 2016/0016MENDI FILM FESTIVAL ELKARTEA. BILBOKO MENDI FILM JAIALDIA 150.000

ASOCIACION CULTURAL MENDI FILM FESTIVAL ELKARTEA.BILBAO MENDI FILM FESTIVAL

0403 341110 45100 2019/0082EUSKALIT KALITATEAREN SUSTAPENERAKO EUSKAL IRASKUNDEA 18.000

FUNDACION VASCA PARA EL FOMENTO DE LA CALIDAD. 3K EUSKALIT

0404 332101 45100 2007/0225EUSKO IKASKUNTZA 60.000

EUSKO IKASKUNTZA-SOCIEDAD DE ESTUDIOS VASCOS

0404 332101 45100 2011/0034DEUSTUKO UNIBERTSITATEA.EUSKAL GAIEN INSTITUTUA 20.000

UNIVERSIDAD DE LA IGLESIA DE DEUSTO INSTITUTO ESTUDIOS VASCOS

0404 332101 45100 2017/0027EUSKADIKO LIBURU GANBARA ELKARTEA. IRAKURKETA SUSTATZEA 50.000

ASOCIACION CAMARA DEL LIBRO DE EUSKADI. FOMENTO LECTURA

0404 333103 43299 2007/0166ZIORTZA-BOLIBARKO UDALA, BOLIBAR MUSEOA 50.000

AYTO ZIORTZA-BOLIBAR,MUSEO BOLIVAR

0404 333103 43299 2016/0041ARROLAGUNE INTERPRETAZIO ZENTROA ARRATZUKO UDALA 30.000

CENTRO DE INTERPRETACION ARROLAGUNE. AYTO ARRATZU

0404 333103 44300 2007/0172BIZKAIA ZUBIA. BIZKAIA ZUBIKO PASABIDEA 18.000

EL TRANSBORDADOR DE VIZCAYA. PASARELA PUENTE COLGANTE

0404 333103 45100 2007/0083EUSKAL HERRIKO MEATZARITZAREN MUSEOA 70.000

FUNDACION M.MINERIA DEL PAIS VASCO

0404 333103 45100 2007/0178ELEIZ MUSEOA. BIZKAIA 120.000

M.DIOCESANO DE ARTE SACRO

0404 333103 45100 2007/0180SABINO ARANA FUNDAZIOA.NAZIONALISMOAREN MUSEOA 18.000

FUNDACION SABINO ARANA. M. DEL NACIONALISMO

0404 333103 45100 2007/0182BILBO HIRIKO PENITENTZIAL KOFRADIEN ANAIDIA. ASTE SANTUKO PASOEN MUSEOA 12.000

HERMANDAD DE COFRADIAS PENITENCIALES DE LA VILLA DE BILBAO.M.PASOS DE SEMANA SANTA

0404 333103 45100 2007/0185SANTA ANA KOMENTU DOMINGOTARRA.M.BERRIOTXOA 5.000

DOMINICAS CONVENTO DE SANTA ANA. M. BERRIOCHOA

0404 333103 45100 2018/0021HONTZA MUSEOA FUNDAZIOA NATUR ZIENTZIEN MUSEOA 10.000

HONTZA MUSEOA FUNDAZIOA.MUSEO CIENCIAS NATURALES

0404 333103 45100 2019/0070ANTZASTI EUSKALDUNON ETXEA ELKARTEA 15.000

ASOCIACION ANTZASTI EUSKALDUNON ETXEA

0404 333103 75100 2007/0189BILBOKO ELIZBARRUTIA: ERRETAULAK (ERRETAULAK MANTENDU ETA ZAHARBERRITZEA) 30.000

OBISPADO DE BILBAO.RETABLOS (MANTENIMIENTO Y RESTAURACIÓN DE RETABLOS)

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Partidak Zainkepetak GASTUAK Partidas Nominativas GASTOS

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

0404 336107 45100 2007/0291LABAYRU FUNDAZIOA. EUSKARARI ETA KULTURA ONDAREARI BURUZKO JARDUERAK 50.000

LABAYRU FUNDAZIOA.ACTIVIDADES EUSKERA Y PATRIMONIO CULTURAL

0404 336107 73299 2016/0069LEKEITIOKO UDALA. MENDIETAKO ONTZIOLA 30.000

AYUNTAMIENTO DE LEKEITIO. ASTILLEROS DE MENDIETA

0404 336107 75100 2007/0152BILBOKO ELIZBARRUTIA: HIGIEZINAK ZAHARBERRITZEA, ONDASUN HIGIEZIN KULTURALEN 75.000

KONTSERBAZIOA, MANTENTZEA ETA ZAHARBERR.

OBISPADO DE BILBAO RESTAURAC INMUEBLES CONSERVACION, MANTENIMIENTO Y RESTAURACION

DE BIENES CULTURALES INMUEBLE

0405 232111 45100 2016/0071LOGELA MULTIMEDIA ELKARTEA. BREAK ON STAGE 30.000

ASOCIACION LOGELA MULTIMEDIA. BREAK ON STAGE

0405 334104 44300 2017/0038L.A.2.CONSULTORIA DE GESTIÓN S.L. (MUSIKA MASTER) 40.000

L.A.2.CONSULTORIA DE GESTIÓN S.L. (MUSIKA MASTER)

0405 334104 44300 2021/0050ALBIA KAFE-ANTZOKIA SA (URTEKO PROGRAMAZIOA) 50.000

ALBIA KAFE-ANTZOKIA SA (PROGRAMACIÓN ANUAL)

0405 334104 45100 2007/0218OPERAREN LAGUNEN BILBOKO ELKARTEA 500.000

ASOCIACION BILBAINA DE AMIGOS DE LA OPERA

0405 334104 45100 2007/0222ENPRESA JAKINTZA LANEKO IKERKUNTZA FUNDAZIOA, EUSKOIKER 20.000

FUNDACION INVESTIGACION UNIVERSIDAD EMPRESA,EUSKOIKER

0405 334104 45100 2007/0224BILBOKO KORAL ELKARTEA 127.000

SOCIEDAD CORAL DE BILBAO

0405 334104 45100 2007/0226PUERTAS ABIERTAS ELKARTEA 80.000

ASOCIACION PUERTAS ABIERTAS

0405 334104 45100 2009/0087BIZKAIKO ABESBATZEN ELKARTEA 35.000

BIZKAIKO ABESBATZEN ELKARTEA

0405 334104 45100 2009/0088BIZKAIKO DANTZARIEN BILTZARRA 70.000

BIZKAIKO DANTZARIEN BILTZARRA

0405 334104 45100 2011/0039BIZKAIKO BAKIDEKINAREN ELKARTEA 35.000

ASOCIACION VIZCAINA DEL ACORDEON

0405 334104 45100 2015/0045BARAKALDOKO TEATROKO ANTZOKI ELKARTEA. BAI ETA ACT JAIALDIAK 40.000

ASOCIACION TEATRO TEATRAKO DE BARAKALDO FESSTIVALES BAI Y ACT

0405 334104 45100 2016/0047LORALDIA KULTUR ELKARTEA 180.000

LORALDIA KULTUR ELKARTEA

0405 334104 45100 2017/0035ARTE GARAIKIDEA SUSTATZEKO ARTHAZI ELKARTEA. FIG BILBAOGRABATUAREN ETA 60.000

PAPEREKO ARTEAREN NAZIOARTEKO JAIALDIA

ARTHAZI ASOC PARA LA PROMOCIÓN DEL ARTE CONTEMPORÁNEO 'FIG BILBAOFESTIVAL

INTERNACIONAL DE GRABADO Y ARTE SOBRE PAPEL.

0405 334104 45100 2017/0036HACERIA ARTEAK ELKARTEA (ZORROZAURRE). ART WORKING PROGRESS ZAWP 60.000

ASOCIACIÓN HACERIA ARTEAK.ZORROZAURRE ART WORKING PROGRESS ZAWP

0405 334104 45100 2017/0037PABELLÓN Nº 6 ARTE ESZENIKOEN SORTZAILEEN ELKARTEA (URTEKO PROGRAMA) 60.000

ASOC CREADORES ARTES ESCÉNCIAS PABELLÓN Nº 6 (PROGRAMA ANUAL)

0405 334104 45100 2019/0072MOVING ARTISTS ELKARTEA 25.000

ASOCIACIÓN MOVING ARTISTS

0405 334104 45100 2019/0073FAIR SATURDAY FUNDAZIOA 170.000

FUNDACIÓN FAIR SATURDAY

0405 334104 45100 2020/0065KALEKO ARTEEN PROFESIONALEN TOPAKETAK ARTEKALE ELK. (URTEKO EGITARAUA) 6.000

ASOC.ARTEKALE ENCUENTROS PROFESIONALES DE LAS ARTES DE CALLE (PROGRAMA ANUAL)

0405 334104 45100 2021/0049ZIORTZAKO KONTZERTUAK KULTUR ELKARTEA 50.000

ASOCIACIÓN CULTURAL ZIORTZAKO KONTZERTUAK

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Partidak Zainkepetak GASTUAK Partidas Nominativas GASTOS

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

0406 335106 42900 2019/0081INSTITUTO DE EUSKARA (UPV/EHU)EGUNGO EUSKARA HIZTEGIA 10.000

INSTITUTO DE EUSKARA (UPV/EHU)EGUNGO EUSKARA HIZTEGIA

0406 335106 43299 2021/0053MANCOMUNIDAD DE LA MERINDAD DE DURANGO 17.000

MANCOMUNIDAD DE LA MERINDAD DE DURANGO

0406 335106 44300 2007/0326IRRATIBIDE, SA 405.000

IRRATIBIDE S.A.

0406 335106 44300 2008/0134EDITORIAL IPARRAGUIRRE AB 40.000

EDITORIAL IPARRAGUIRRE SA

0406 335106 44300 2020/0066EUSKAL KULTURGINTZA S.A. 6.000

EUSKAL KULTURGINTZA S.A.

0406 335106 45100 2007/0291LABAYRU FUNDAZIOA. EUSKARARI ETA KULTURA ONDAREARI BURUZKO JARDUERAK 210.000

LABAYRU FUNDAZIOA.ACTIVIDADES EUSKERA Y PATRIMONIO CULTURAL

0406 335106 45100 2007/0328EUSKALTZAINDIA 282.000

EUSKALTZAINDIA

0406 335106 45100 2008/0133EUSKAL HERRIKO BERTSOZALE ELKARTEA 52.000

EUSKAL HERRIKO BERTSOZALE ELKARTEA

0406 335106 45100 2008/0135EUSKAL IDAZLEEN ELKARTEA 50.000

EUSKAL IDAZLEEN ELKARTEA

0406 335106 45100 2008/0149GALTZAGORRI ELKARTEA 29.000

ASOCIACION GALTZAGORRI

0406 335106 45100 2015/0044EKKI-BIZKAIKO SORKUNTZA ESKURA 25.000

EKKI-BIZKAIKO SORKUNTZA ESKURA

0406 335106 45100 2016/0067LANEKI ELKARTEA-EUSKARAZKO TESTUAK. LANBIDE-HEZIKETA 18.000

LANEKI ELKARTEA-TEXTOS EUSKERA FORMACIÓN PROFESIONAL

0406 335106 45100 2016/0070BILBOKO BIZIKAI ALKARTE KULTURALA -BIZKAIERAZKO ALDIZKARI ELEKTRONIKOA 85.000

ASOC BIZIKAI ALKARTE KULTURALA DE BILBAO-BIZKAIERAZKO ALDIZKARI ELEKTRONIKOA

0406 335106 45100 2018/0029GEREDIAGA ELKARTEA 150.000

GEREDIAGA ELKARTEA

0406 335106 45100 2019/0076EUSKALTEGI BILBO ZAHARRAKLASIKOEN IRAKURKETA 20.000

EUSKALTEGI BILBO ZAHARRA-LECTURA DE LOS CLASICOS

0406 335106 45100 2019/0078ERROTA FUNDAZIOA-EUSGARA 15.000

FUNDACION ERROTA-EUSGARA

0406 335106 45100 2019/0121EUSKALTEGI ULIBARRI-BILBOKO BERBAGUNEA 12.000

EUSKALTEGI ULIBARRI-BILBOKO BERBAGUNEA

0406 335106 45100 2020/0067ASFEDEBI: FEDERAZIOETAKO EUSKARA-GAITASUNA 15.000

ASFEDEBI: FEDERAZIOETAKO EUSKARA-GAITASUNA

0406 335106 45100 2020/0068ASOCIACION PARA LA REVITALIZACIÓN DEL BILBAO METROPOLITANO 10.000

ASOCIACION PARA LA REVITALIZACIÓN DEL BILBAO METROPOLITANO

0406 335106 45100 2020/0069TOPAGUNEA EUSKARA ELKARTEEN FEDERAZIOA 80.000

TOPAGUNEA EUSKARA ELKARTEEN FEDERAZIOA

0406 335106 74300 2007/0326IRRATIBIDE, SA 10.000

IRRATIBIDE S.A.

0406 335106 75100 2007/0328EUSKALTZAINDIA 73.000

EUSKALTZAINDIA

0406 335106 75100 2015/0044EKKI-BIZKAIKO SORKUNTZA ESKURA 15.000

EKKI-BIZKAIKO SORKUNTZA ESKURA

GUZTIRA / TOTAL4.507.000

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Partidak Zainkepetak GASTUAK Partidas Nominativas GASTOS

Saila / Departamento ( Euroak / Euros )

05OGASUNA ETA FINANTZAK 35.000

HACIENDA Y FINANZAS

Partida / Partida

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

0501 931120 45100 2007/0086AD-CONCORDIAM ERAKUNDEA 35.000

ASOCIACIÓN AD-CONCORDIAM

GUZTIRA / TOTAL35.000

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Partidak Zainkepetak GASTUAK Partidas Nominativas GASTOS

Saila / Departamento ( Euroak / Euros )

07HERRI ADMINISTRAZIOA ETA ERAKUNDE HARREMANAK 205.000

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y RELACIONES INSTITUCIONALE

Partida / Partida

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

0701 920106 45100 2007/0616SABINO ARANA FUNDAZIOA 35.000

FUNDACION SABINO ARANA

0701 920106 45100 2007/0618RAMON RUBIAL FUNDAZIOA 35.000

FUNDACION RAMON RUBIAL

0701 920106 45100 2009/0026FUNDACIÓN POPULAR DE ESTUDIOS VASCOS 35.000

FUNDACION POPULAR ESTUDIOS VASCOS

0710 463117 45100 2008/0222URRUTIKO HEZKUNTZARAKO UNIBERTSITATE NAZIONALA 100.000

UNVERSIDAD DE EDUCACIÓN A DISTANCIA

GUZTIRA / TOTAL205.000

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Partidak Zainkepetak GASTUAK Partidas Nominativas GASTOS

Saila / Departamento ( Euroak / Euros )

08EKONOMIA SUSTATZEKO 6.543.000

PROMOCIÓN ECONÓMICA

Partida / Partida

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

0802 426107 42300 2021/0042AERONAUTIKAREN SEKTORERAKO FABRIKAZIO AURRERATUKO ZENTROA 140.000

CENTRO DE FABRICACION AVANZADA AERONAUTICA

0802 426107 45100 2007/0772BERRIKUNTZAREN BEHATOKIA 120.000

OBSERVATORIO DE LA INNOVACION

0802 426107 45100 2016/0026BIZKAIEXT 160.000

BIZKAIEXT

0802 426107 45100 2017/0070ENPRESABURU EMAKUMEAK IKUSARAZTEA 30.000

VISIBILIDAD DE LAS EMPRESARIAS

0802 426107 45100 2018/0024ENPRESA-IRAUNKORTASUNA 35.000

SOSTENIBILIDAD EMPRESARIAL

0802 426107 45100 2019/0086ENPRESA-TRANSMISIOA 20.000

TRANSMISION EMPRESARIAL

0802 426107 45100 2020/0050INDUSTRIAL MARKETING CENTRE 65.000

INDUSTRIAL MARKETING CENTRE

0802 426107 45100 2020/0056EKINBARRI 150.000

EKINBARRI

0802 426107 45100 2021/0043ENPRESAN EMAKUMEAK AHALDUNTZEA ETA IKUSARAZTEA 42.000

EMPODERAMIENTO Y VISIBILIDAD DE LAS MUJERES EN LA EMPRESA

0803 426106 42300 2007/0098HITZARMENA EHU-REKIN: ENPRESA MINTEGIAK 125.000

CONVENIO CON UPV/EHU VIVEROS EMPRESARIALES

0803 426106 42300 2018/0036EHU ENPRESA KUDEAKETA MASTERRA 36.000

UPV MASTER GESTION EMPRESAS

0803 426106 42300 2018/0038EHU MARKETIN MASTERRA 25.000

UPV MASTER MARKETING

0803 426106 42300 2018/0039EHU FAMILIA-ENPRESA KATEDRA 25.000

UPV CATEDRA EMPRESA FAMILIAR

0803 426106 42300 2019/0107EKINTZAILETZARI BURUZKO MASTERRA 30.000

MASTER DE EMPRENDIMIENTO

0803 426106 42300 2019/0115BISKY TEAM 30.000

BISKY TEAM

0803 426106 44200 2017/0067BIC BIZKAIA BIZKAIKO PARKE TEKNOLOGIKOAN 100.000

BIC BIZKAIA EN PARQUE TECNOLÓGICO DE BIZKAIA

0803 426106 45100 2007/0107ENPRESA-LEIHATILA 150.000

VENTANILLA EMPRESARIAL

0803 426106 45100 2008/0118BIZKAIA TALENT 1.200.000

BIZKAIA TALENT

0803 426106 45100 2017/0068EMAKUMEAK BURU DITUEN AHALDUNTZEA 70.000

EMPRENDIMIENTO LIDERADO POR MUJERES

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Partidak Zainkepetak GASTUAK Partidas Nominativas GASTOS

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

0803 426106 45100 2017/0069EMAKUMEEN AHALDUNTZEA-BEHATOKIA 30.000

OBSERVATORIO EMPRENDIMIENTO DE MUJERES

0803 426106 45100 2018/0025EKINTZAILETZAREN BEHATOKIA 35.000

OBSERVATORIO EMPRENDIMIENTO

0803 426106 45100 2018/0041CONFEBASK/IKASLAN 115.000

CONFEBASK/IKASLAN

0803 426106 45100 2019/0114BASQUE CENTER FOR APPLIED MATHEMATICS 150.000

BASQUE CENTER FOR APPLIED MATHEMATICS

0803 426106 45100 2019/0118FORMULA STUDENT 40.000

FORMULA STUDENT

0803 426106 45100 2019/0119MOTO STUDENT 20.000

MOTO STUDENT

0803 426106 45100 2020/0074ELHUYAR ZIENTZIA AZOKA Y BIZILABE 20.000

ELHUYAR ZIENTZIA AZOKA Y BIZILABE

0808 432109 44200 2007/0076BEC-BIZKAIA ARENA ETA AZOKA 125.000

BEC-BIZKAIA ARENA Y FERIA

0808 432109 44200 2013/0038BEC-ELKARLANEAN EGINDAKO JARDUERAK 200.000

BEC-ACTIVIDADES CONJUNTAS

0808 432109 44300 2013/0040BILBAO BIZKAIA BE BASQUE 400.000

BILBAO BIZKAIA BE BASQUE

0808 432109 44300 2019/0105HITZARMENA MERKATARITZA GANBERAREKIN 650.000

CONVENIO CAMARA DE COMERCIO

0808 432109 45100 2017/0046BIZKAIAREN IRUDIA KANPOAN SUSTATZEA ETA BIZKAIA KANPOAN KOKATZEA 1.475.000

PROMOCION Y POSICIONAMIENTO DE BIZKAIA EN EL EXTERIOR

0809 433121 45100 2017/0071TOKIKO MERKATARITZA SUSTATZEA 250.000

FOMENTO COMERCIO LOCAL

0809 433121 45100 2017/0072LEHIAKORTASUN-FAKTOREEN DINAMIZAZIOA 105.000

DINAMIZACION FACTORES COMPETITIVIDAD

0809 433121 45100 2019/0095GISLUR ATARIA 110.000

PORTAL GISLUR

0809 433121 45100 2019/0116MARCELO GANGOITI SARIA 35.000

PREMIO MARCELO GANGOITI

0809 433121 45100 2019/0117BERMEO TUNA WORLD CAPITAL 50.000

BERMEO TUNA WORLD CAPITAL

0809 433121 45100 2021/0047BIZKAIKO DENDENTZAKO LAGUNTZAK 135.000

AYUDAS AL COMERCIO DE BIZKAIA

0809 433121 45100 2021/0048BILBOKO DENDEI LAGUNTZEA 45.000

AYUDA AL COMERCIO DE BILBAO

GUZTIRA / TOTAL6.543.000

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Partidak Zainkepetak GASTUAK Partidas Nominativas GASTOS

Saila / Departamento ( Euroak / Euros )

09ENPLEGUA, GIZARTE INKLUSIOA ETA BERDINTASUNA 4.842.000

EMPLEO, INCLUSIÓN SOCIAL E IGUALDAD

Partida / Partida

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

0903 231110 45100 2019/0016AZTARNAK PROGRAMA 45.000

PROGRAMA AZTARNAK

0903 231110 45100 2019/0017HASI PROGRAMA 62.000

PROGRAMA HASI

0903 231110 45100 2021/0012GIZARTE INKLUSIOKO PRESTAKUNTZA PROFESIONALAREN PLANA 60.000

PLAN DE CUALIFICACION PROFESIONAL EN INCLUSION SOCIAL

0903 231110 45100 2022/0020ERAIN ELKARTEKO OSASUN MENTALA S.COOP. 25.000

ERAIN ELKARTEKO OSASUN MENTALA S.COOP.

0904 241116 45100 2007/0566DEMA-ENPRESA GARATZEN LAGUNTZEKO ELKARTEA 3.170.000

DEMA-ASOCIACION DE APOYO AL DESARROLLO EMPRESARIAL

0904 241116 45100 2017/0053BIZKAIKO GRADUATU SOZIALEN ELKARGO OFIZIALA 10.000

COLEGIO OFICIAL DE GRADUADOS SOCIALES DE BIZKAIA

0904 241116 45100 2017/0054EUSKADIKO LAN SOZIETATEEN TALDEA 15.000

AGRUPACION DE SOCIEDADES LABORALES DE EUSKADI (ASLE)

0904 241116 45100 2018/0032ISEAK FUNDAZIOA 70.000

FUNDACION ISEAK

0904 241116 45100 2019/0014GANDARIAS ETXEA 210.000

GANDARIAS ETXEA

0904 241116 45100 2022/0014ZABALTZEN SARTU KOOP. (SAIATUZ PROIEKTUA) 50.000

ZABALTZEN SARTU KOOP. (PROYECTO SAIATUZ)

0904 241116 45100 2022/0016GAZTAROA SARTU KOOP. (SAIATUZ PROIEKTUA) 50.000

GAZTAROA SARTU KOOP. (PROYECTO SAIATUZ)

0904 241116 75100 2007/0566DEMA-ENPRESA GARATZEN LAGUNTZEKO ELKARTEA 30.000

DEMA-ASOCIACION DE APOYO AL DESARROLLO EMPRESARIAL

0905 232114 42300 2019/0015EMAKUNDE EMAKUMEAREN EUSKAL INSTITUTUA 35.000

EMAKUNDE INSTITUTO VASCO DE LA MUJER

0905 232114 45100 2022/0017AMUGE: ROMA ERALDATUZ EGITARAUA 15.000

AMUGE: PROGRAMA ROMA ERALDATUZ

0905 232114 45100 2022/0018ZINEMAKUMEAK GARA ELKARTEA 25.000

ZINEMAKUMEAK GARA ELKARTEA

0906 232115 45100 2016/0078ALDARTE ELKARTEA 60.000

ASOCIACION ALDARTE

0906 232115 45100 2016/0079HARRESIAK APURTUZ 50.000

HARRESIAK APURTUZ

0906 232115 45100 2016/0080EUSKADIKO GGKE-EN KOORDINAKUNDEA 50.000

COORDINADORA DE LAS ONG DE DESARROLLO DE EUSKADI

0906 232115 45100 2016/0081SAHARAKO ARABIAR ERREPUBLIKA DEMOKRATIKOAREN LAGUNEN ELKARTEA 20.000

ASOCIACION DE AMIGOS Y AMIGAS DE LA REPUBLICA ARABE SAHARAUI DEMOCRATICA

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Partidak Zainkepetak GASTUAK Partidas Nominativas GASTOS

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

0906 232115 45100 2016/0082EUSKAL FONDOA 100.000

EUSKAL FONDOA

0906 232115 45100 2021/0013ELIZBARRUTIKO CARITAS (GOIHABE PROGRAMA) 60.000

CARITAS DIOCESANA (PROGRAMA GOIHABE)

0906 232115 45100 2021/0014CEAR EUSKADI (GOIHABE PROGRAMA) 60.000

CEAR EUSKADI (PROGRAMA GOIHABE)

0906 232115 45100 2021/0015GURUTZE GORRIA (GOIHABE PROGRAMA) 230.000

CRUZ ROJA (PROGRAMA GOIHABE)

0906 232115 45100 2021/0016ELLACURIA FUNDAZIOA (GOIHABE PROGRAMA) 25.000

FUNDACION ELLACURIA (PROGRAMA GOIHABE)

0906 232115 45100 2021/0018LAGUNGO FUNDAZIOA (GOIHABE PROGRAMA) 20.000

FUNDACIÓN LAGUNGO (PROGRAMA GOIHABE)

0906 232115 45100 2021/0019OSTALARITZAKO GOI-ESKOLA (BIZKAIA KOOPERA) 25.000

ESCUELA SUPERIOR DE HOSTELERIA (BIZKAIA KOOPERA)

0906 232115 45100 2021/0020OPERAREN LAGUNEN BILBOKO ELKARTEA (BIZKAIA KOOPERA) 25.000

ASOCIACION BILBAINA AMIGOS DE LA OPERA (BIZKAIA KOOPERA)

0906 232115 45100 2021/0021GUGGENHEIM MUSEOAREN FUNDAZIOA (BIZKAIA KOOPERA) 25.000

FUNDACION DEL MUSEO GUGGENHEIM (BIZKAIA KOOPERA)

0906 232115 45100 2021/0022ATLETIC FUNDAZIOA (BIZKAIA KOOPERA) 25.000

FUNDACION ATHLETIC (PROGRAMA BIZKAIA KOOPERA)

0906 232115 45100 2021/0023ASOC KOOP SF 34 POR EL INCENTIVO A EMPRENDIZAJE SUBSAHARIANO (BIZKAIA KOOPERA) 25.000

ASOC KOOP SF 34 POR EL INCENTIVO A EMPRENDIZAJE SUBSAHARIANO (BIZKAIA KOOPERA)

0906 232115 45100 2021/0024ENPRESARI ETA ZUZENDARIEN ELKARTEA (BIZKAIA KOOPERA) 25.000

ASOCIACION DE EMPRESARIAS Y DIRECTIVAS DE BIZKAIA (BIZKAIA KOOPERA)

0906 232115 45100 2021/0025FUNDACIÓN MUJERES POR AFRICA (BIZKAIA KOOPERA) 75.000

FUNDACION MUJERES POR AFRICA (BIZKAIA KOOPERA)

0906 232115 45100 2022/0021ZAS ZURRUMURRUEN AURKAKO SAREA 30.000

ZAS RED VASCA ANTIRUMORES

0906 232115 45100 2022/0022MUNDUKO MEDIKUAK BIZKAIA 40.000

MÉDICOS DEL MUNDO BIZKAIA

GUZTIRA / TOTAL4.842.000

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Kreditu Zabalkorrak GASTUAK Créditos Ampliables GASTOS

Saila / Departamento ( Euroak / Euros )

02IRAUNKORTASUNA ETA INGURUNE NATURALA 7.710.000

SOSTENIBILIDAD Y MEDIO NATURAL

Partida / Partida

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

0202 414104 44300 2007/0296NEKAZARITZA BERMATZEKO EUROPAKO FUNTSA 7.700.000

FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE GARANTIA

0205 412103 74300 2007/0296NEKAZARITZA BERMATZEKO EUROPAKO FUNTSA 9.000

FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE GARANTIA

0205 412103 74900 2007/0296NEKAZARITZA BERMATZEKO EUROPAKO FUNTSA 1.000

FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE GARANTIA

GUZTIRA / TOTAL7.710.000

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Kreditu Zabalkorrak GASTUAK Créditos Ampliables GASTOS

Saila / Departamento ( Euroak / Euros )

03GIZARTE EKINTZA 149.544.000

ACCIÓN SOCIAL

Partida / Partida

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

0302 231105 46100 2007/0255FAMILIA HARRERA 2.240.000

ACOGIMIENTO FAMILIAR

0302 231105 76100 2007/0255FAMILIA HARRERA 10.000

ACOGIMIENTO FAMILIAR

0303 231106 46100 2007/0632ADINEKOAK EGOITZETAN ZAINTZEKO BANAKAKO LAGUNTZAK 500.000

AYUDAS INDIVIDUALES ATENCION RESIDENCIAL PERSONAS MAYORES

0303 231106 46100 2007/0633EGUNEKO ZENTROETAN EGOTEKO LAGUNTZAK 15.000.000

AYUDAS INDIVIDUAL ESTANCIAS CTROS. DE DIA PERSONAS MAYORES

0304 212101 46100 2007/0230DOAKO PENTSIOAK (DP) 42.150.000

PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS (PNC)

0304 212101 46100 2007/0234ELBARRIAK GIZARTERATZEKO LEGEA (LISMI) 174.000

LEY DE INTEGRACIÓN SOCIAL DE MINUSVÁLIDOS (LISMI)

0304 231109 46100 2007/0822LAGUNTZA PERTSONALERAKO PRESTAZIOA-MENPEKOTASUN LEGEA 650.000

PRESTACION ASISTENCIA PERSONAL LEY DEPENDENCIA

0304 231109 46100 2007/0823FAMILIA INGURUKO ZAINTZETARAKO PRESTAZIOA-MENPEKOTASUN LEGEA 74.770.000

PRESTACION PARA CUIDADOS EN EL ENTORNO FAMILIAR LEY DE LA DEPENDENCIA

0304 231109 46100 2010/0020EGOITZA ZERBITZUARI LOTUTAKO PRESTAZIOA 11.500.000

PRESTACION VINCULADA AL SERVICIO RESIDENCIAL

0304 231109 46100 2019/0122ZERBITZUARI LOTUTAKO PRESTAZIOA, ATSEDENA FGZPE 1.100.000

PRESTACION VINCULADA AL SERVICIO RESPIRO PECEF

0304 231109 76100 2008/0183MENPEKO PERTSONENTZAKO LAGUNTZA TEKNIKOEN DEKRETUA 1.450.000

DECRETO AYUDAS TECNICAS PARA PERSONAS DEPENDIENTES

GUZTIRA / TOTAL149.544.000

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Kreditu Zabalkorrak GASTUAK Créditos Ampliables GASTOS

Saila / Departamento ( Euroak / Euros )

05OGASUNA ETA FINANTZAK 2.988.500

HACIENDA Y FINANZAS

Partida / Partida

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

0501 929116 51100 2010/0003OROKORRA BFA 2.000.000

GENERICO DFB

0501 931120 23903 2007/0041ADMINISTRAZIOAREKIKO AUZIETAN LEGE AHOLKULARITZA 30.000

ASESORÍA JURÍDICA Y CONTENCIOSO

0502 932123 23799 2007/0197ERREGISTRATZAILEEN ORDAINSARIAK ONDARE ESKUALDAKETA ETA OINORDETZENGATIK 800.000

HONORARIOS REGISTRADORES POR LIQUIDACIONES TRANS. Y SUCESIONES

0502 934126 23799 2016/0038PREMIAMENDU PROZEDURAREN KOSTUAK 2.500

COSTAS DEL PROCEDIMIENTO DE APREMIO

0504 933125 23905 2010/0003OROKORRA BFA 156.000

GENERICO DFB

GUZTIRA / TOTAL2.988.500

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Kreditu Zabalkorrak GASTUAK Créditos Ampliables GASTOS

Saila / Departamento ( Euroak / Euros )

07HERRI ADMINISTRAZIOA ETA ERAKUNDE HARREMANAK 1.818.000

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y RELACIONES INSTITUCIONALE

Partida / Partida

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

0702 920108 46901 2010/0001LANGILERI GASTUAK BFA 290.000

GASTOS PERSONAL DFB

0702 920108 46902 2010/0001LANGILERI GASTUAK BFA 135.000

GASTOS PERSONAL DFB

0702 920108 83601 2010/0001LANGILERI GASTUAK BFA 850.000

GASTOS PERSONAL DFB

0703 920109 23903 2007/0041ADMINISTRAZIOAREKIKO AUZIETAN LEGE AHOLKULARITZA 543.000

ASESORÍA JURÍDICA Y CONTENCIOSO

GUZTIRA / TOTAL1.818.000

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Kreditu Zabalkorrak GASTUAK Créditos Ampliables GASTOS

Saila / Departamento ( Euroak / Euros )

09ENPLEGUA, GIZARTE INKLUSIOA ETA BERDINTASUNA 10.750.000

EMPLEO, INCLUSIÓN SOCIAL E IGUALDAD

Partida / Partida

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

0902 232113 46100 2007/0635EMAKUMEENTZAKO ZENTROETAN EGOTEKO LAGUNTZAK 40.000

AYUDAS INDIVIDUALES ESTANCIAS EN CENTROS DE MUJER

0903 231110 46100 2007/0233GIZARTE ONGIZATEKO FONDOA (GOF) 650.000

FONDO DE BIENESTAR SOCIAL (FBS)

0903 231110 46100 2007/0265GIZARTERATZEKO LAGUNTZA BEREZIAK 1.850.000

AYUDAS ESPECIALES PARA LA INSERCION

0903 231110 46100 2007/0634GIZARTERATZEKO ZENTROETAN SARTZEKO LAGUNTZA INDIBIDUALAK 40.000

AYUDAS INDIVIDUALES PARA INGRESOS EN CENTROS DE INSERCION SOCIAL

0906 232115 45100 2007/0038GARAPENERAKO LANKIDETZA 8.050.000

COOPERACION AL DESARROLLO

0906 232115 75100 2007/0038GARAPENERAKO LANKIDETZA 120.000

COOPERACION AL DESARROLLO

GUZTIRA / TOTAL10.750.000

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Kreditu Zabalkorrak GASTUAK Créditos Ampliables GASTOS

Saila / Departamento ( Euroak / Euros )

20HERRI ZORRA 205.445.529

DEUDA PÚBLICA

Partida / Partida

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

2000 011101 33200 2007/0018ZOR PUBLIKOA 1.000.000

DEUDA PÚBLICA

2000 011101 33501 2007/0018ZOR PUBLIKOA 1.400.000

DEUDA PÚBLICA

2000 011101 33599 2007/0018ZOR PUBLIKOA 200.000

DEUDA PÚBLICA

2000 011101 34500 2007/0018ZOR PUBLIKOA 39.031.468

DEUDA PÚBLICA

2000 011101 34600 2007/0018ZOR PUBLIKOA 8.053.894

DEUDA PÚBLICA

2000 011101 35204 2007/0018ZOR PUBLIKOA 1.500

DEUDA PÚBLICA

2000 011101 94500 2007/0018ZOR PUBLIKOA 147.358.667

DEUDA PÚBLICA

2000 011101 94600 2007/0018ZOR PUBLIKOA 8.400.000

DEUDA PÚBLICA

GUZTIRA / TOTAL205.445.529

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Kreditu Zabalkorrak GASTUAK Créditos Ampliables GASTOS

Saila / Departamento ( Euroak / Euros )

21ERAKUNDEEN KONPROMISOAK 6.002.439.066

COMPROMISOS INSTITUCIONALES

Partida / Partida

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

2100 941128 41101 2007/0012ESTATUARENTZAKO KUPOA 440.845.237

CUPO AL ESTADO

2100 941128 42101 2007/0011EUSKO JAURLARITZARENTZAKO EKARPEN OROKORRAK 5.396.288.020

APORTACIONES GENERALES AL GOBIERNO VASCO

2100 941128 42104 2007/0011EUSKO JAURLARITZARENTZAKO EKARPEN OROKORRAK 16.742.240

APORTACIONES GENERALES AL GOBIERNO VASCO

2100 941128 42109 2007/0011EUSKO JAURLARITZARENTZAKO EKARPEN OROKORRAK 16.739.253

APORTACIONES GENERALES AL GOBIERNO VASCO

2100 941128 42124 2007/0011EUSKO JAURLARITZARENTZAKO EKARPEN OROKORRAK 186.957

APORTACIONES GENERALES AL GOBIERNO VASCO

2100 941128 42126 2007/0011EUSKO JAURLARITZARENTZAKO EKARPEN OROKORRAK 131.637.359

APORTACIONES GENERALES AL GOBIERNO VASCO

GUZTIRA / TOTAL6.002.439.066

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Kreditu Zabalkorrak GASTUAK Créditos Ampliables GASTOS

Saila / Departamento ( Euroak / Euros )

22UDAL FINANTZAKETA 968.950.702

FINANCIACIÓN MUNICIPAL

Partida / Partida

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

2200 942129 43201 2007/0013UDAL FINANTZAZIOA UDALKUTXA 928.367.960

FINANCIACIÓN MUNICIPAL UDALKUTXA

2200 942129 43201 2007/0014UDALKUTXA UDAL FINATZAZIOAREN EZUSTEAK 4.030.689

IMPREVISTOS FINANCIACIÓN MUNICIPAL-UDALKUTXA

2200 942129 43201 2015/0050GIZARTE ZERBITZUEN KARTERAKO APARTEKO FUNTSA 8.827.877

FONDO EXTRAORDINARIO CARTERA SERVICIOS SOCIALES

2200 942129 43205 2007/0015UDAL FINANTZAZIOA GIZARTEKUTXA 15.861.646

FINANCIACIÓN MUNICIPAL GIZARTEKUTXA

2200 942129 43205 2010/0038MENDEKOTASUNAREN LEGEA 6.836.026

LEY DEPENDENCIA

2200 942129 43221 2007/0013UDAL FINANTZAZIOA UDALKUTXA 620.366

FINANCIACIÓN MUNICIPAL UDALKUTXA

2200 942129 45100 2007/0037EUDEL 1.406.138

EUDEL

2200 942129 73201 2007/0014UDALKUTXA UDAL FINATZAZIOAREN EZUSTEAK 3.000.000

IMPREVISTOS FINANCIACIÓN MUNICIPAL-UDALKUTXA

GUZTIRA / TOTAL968.950.702

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Kreditu Zabalkorrak GASTUAK Créditos Ampliables GASTOS

Saila / Departamento ( Euroak / Euros )

23BATZAR NAGUSIA 9.365.000

JUNTAS GENERALES

Partida / Partida

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Guztira / Total

2300 911101 43101 2007/0017BATZAR NAGUSIAK URTEKO EKARPENA 9.365.000

JUNTAS GENERALESAPORTACIÓN ANUAL

GUZTIRA / TOTAL9.365.000

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Kapituluen araberako Laburpena GASTUAK Resumen por Capítulo GASTOS

Kapitulua / Capítulo ( Euroak / Euros )

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Hasi. Kred / Cred. Inicial

1OINARRIZKO ORDAINSARIAK 238.099.516

REMUNERACIONES DE PERSONAL

2ONDASUN ARRUNT ETA ZERBITZUETAKO GASTUAK 509.487.264

GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS

3FINANTZA GASTUAK 49.699.862

GASTOS FINANCIEROS

4TRANSFERENTZIA ARRUNTAK 7.577.329.127

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

5ORDAINKETA KREDITU GLOBALAREN FUNTSA 2.000.000

FONDO DE CREDITO DE PAGO GLOBAL

6BENETAKO INBERTSIOAK 183.974.792

INVERSIONES REALES

7KAPITAL TRANSFERENTZIAK 106.885.289

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

8FINANTZA-AKTIBOEN ALDAKUNTZA 62.844.168

VARIACION DE ACTIVOS FINANCIEROS

9FINANTZA-PASIBOEN ALDAKUNTZA 155.758.667

VARIACION DE PASIVOS FINANCIEROS

GUZTIRA / TOTAL8.886.078.685

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Laburpena Sailka GASTUAK Resumen por Departamentos GASTOS

Saila / Departamento ( Euroak / Euros )

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Hasi. Kred / Cred. Inicial

02IRAUNKORTASUNA ETA INGURUNE NATURALA 89.408.597

SOSTENIBILIDAD Y MEDIO NATURAL

03GIZARTE EKINTZA 621.949.505

ACCIÓN SOCIAL

04EUSKARA, KULTURA ETA KIROLA 75.928.883

EUSKERA, CULTURA Y DEPORTE

05OGASUNA ETA FINANTZAK 142.687.185

HACIENDA Y FINANZAS

06GARRAIOAK ETA MUGIKORTASUN JASANGARRIA 192.992.155

TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

07HERRI ADMINISTRAZIOA ETA ERAKUNDE HARREMANAK 153.849.239

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y RELACIONES INSTITUCIONALE

08EKONOMIA SUSTATZEKO 86.058.657

PROMOCIÓN ECONÓMICA

09ENPLEGUA, GIZARTE INKLUSIOA ETA BERDINTASUNA 81.389.227

EMPLEO, INCLUSIÓN SOCIAL E IGUALDAD

10AZPIEGITURAK ETA LURRALDE GARAPENA 255.614.940

INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIAL

20HERRI ZORRA 205.445.529

DEUDA PÚBLICA

21ERAKUNDEEN KONPROMISOAK 6.002.439.066

COMPROMISOS INSTITUCIONALES

22UDAL FINANTZAKETA 968.950.702

FINANCIACIÓN MUNICIPAL

23BATZAR NAGUSIA 9.365.000

JUNTAS GENERALES

GUZTIRA / TOTAL8.886.078.685

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Laburpena Gastu-Arloa eta Kapituluka GASTUAK Resumen por Áreas de gasto y Capítulos GASTOS

Gastu-Arloa eta Kapitulua / Área de gasto y Capítulo ( Euroak / Euros )

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Hasi. Kred / Cred. Inicial%

0HERRI ZORRA 205.445.5292,31

DEUDA PUBLICA

3FINANTZA GASTUAK 49.686.8620,56

GASTOS FINANCIEROS

9FINANTZA-PASIBOEN ALDAKUNTZA 155.758.6671,75

VARIACION DE PASIVOS FINANCIEROS

1IZAERA OROKORREKO ZERBITZUA 49.211.8350,55

SERVICIOS PUBLICOS BASICOS

1OINARRIZKO ORDAINSARIAK 35.203.4190,40

REMUNERACIONES DE PERSONAL

2ONDASUN ARRUNT ETA ZERBITZUETAKO GASTUAK 6.617.4150,07

GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS

4TRANSFERENTZIA ARRUNTAK 415.000

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

6BENETAKO INBERTSIOAK 5.076.0010,06

INVERSIONES REALES

7KAPITAL TRANSFERENTZIAK 1.900.0000,02

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 2GIZARTE BABES ETA SUSTAPENERAKO JARDUERAK 556.583.2816,26

ACTUACIONES DE PROTECCION Y PROMOCION SOCIAL

1OINARRIZKO ORDAINSARIAK 26.900.2810,30

REMUNERACIONES DE PERSONAL

2ONDASUN ARRUNT ETA ZERBITZUETAKO GASTUAK 318.085.0003,58

GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS

4TRANSFERENTZIA ARRUNTAK 202.337.0002,28

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

6BENETAKO INBERTSIOAK 17.000

INVERSIONES REALES

7KAPITAL TRANSFERENTZIAK 9.244.0000,10

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

3LEHENTASUNEZKO ONDASUN PUBLIKOEN EKOIZPENA 64.494.5050,73

PRODUCCION BIENES PUBLICOS DE CARACTER PREFERENTE

1OINARRIZKO ORDAINSARIAK 8.820.5050,10

REMUNERACIONES DE PERSONAL

2ONDASUN ARRUNT ETA ZERBITZUETAKO GASTUAK 5.734.0000,06

GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS

4TRANSFERENTZIA ARRUNTAK 39.724.0000,45

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

6BENETAKO INBERTSIOAK 2.182.0000,02

INVERSIONES REALES

7KAPITAL TRANSFERENTZIAK 7.534.0000,08

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

8FINANTZA-AKTIBOEN ALDAKUNTZA 500.0000,01

VARIACION DE ACTIVOS FINANCIEROS

4JARDUKETA EKONOMIKOAK 590.230.0076,64

ACTUACIONES DE CARACTER ECONOMICO

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Laburpena Gastu-Arloa eta Kapituluka GASTUAK Resumen por Áreas de gasto y Capítulos GASTOS

( Euroak / Euros )

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Hasi. Kred / Cred. Inicial%

1OINARRIZKO ORDAINSARIAK 36.062.5150,41

REMUNERACIONES DE PERSONAL

2ONDASUN ARRUNT ETA ZERBITZUETAKO GASTUAK 90.576.7561,02

GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS

4TRANSFERENTZIA ARRUNTAK 218.186.2802,46

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

6BENETAKO INBERTSIOAK 107.210.6231,21

INVERSIONES REALES

7KAPITAL TRANSFERENTZIAK 76.699.6650,86

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

8FINANTZA-AKTIBOEN ALDAKUNTZA 61.494.1680,69

VARIACION DE ACTIVOS FINANCIEROS

9JARDUKETA OROKORRAK 7.420.113.52883,50

ACTUACIONES DE CARACTER GENERAL

1OINARRIZKO ORDAINSARIAK 131.112.7961,48

REMUNERACIONES DE PERSONAL

2ONDASUN ARRUNT ETA ZERBITZUETAKO GASTUAK 88.474.0931,00

GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS

3FINANTZA GASTUAK 13.000

GASTOS FINANCIEROS

4TRANSFERENTZIA ARRUNTAK 7.116.666.84780,09

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

5ORDAINKETA KREDITU GLOBALAREN FUNTSA 2.000.0000,02

FONDO DE CREDITO DE PAGO GLOBAL

6BENETAKO INBERTSIOAK 69.489.1680,78

INVERSIONES REALES

7KAPITAL TRANSFERENTZIAK 11.507.6240,13

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

8FINANTZA-AKTIBOEN ALDAKUNTZA 850.0000,01

VARIACION DE ACTIVOS FINANCIEROS

GUZTIRA / TOTAL8.886.078.685 100,00

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

GIZARTE URGAZPENERAKO FORU ERAKUNDEA / INSTITUTO FORAL DE ASISTENCIA SOCIAL

Kapituluen araberako Laburpena GASTUAK Resumen por Capítulo GASTOS

Kapitulua / Capítulo ( Euroak / Euros )

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Hasi. Kred / Cred. Inicial

1OINARRIZKO ORDAINSARIAK 75.220.000

REMUNERACIONES DE PERSONAL

2ONDASUN ARRUNT ETA ZERBITZUETAKO GASTUAK 48.963.000

GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS

4TRANSFERENTZIA ARRUNTAK 176.000

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

6BENETAKO INBERTSIOAK 2.310.000

INVERSIONES REALES

7KAPITAL TRANSFERENTZIAK 90.000

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

8FINANTZA-AKTIBOEN ALDAKUNTZA 350.000

VARIACION DE ACTIVOS FINANCIEROS

GUZTIRA / TOTAL127.109.000

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Kapituluen araberako Laburpena SARRERAK Resumen por Capítulo INGRESOS

Kapitulua / Capítulo ( Euroak / Euros )

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Has. Aurreik / Prev.Inicial

1ZUZENEKO ZERGAK 4.173.981.955

IMPUESTOS DIRECTOS

2ZEHARKAKO ZERGAK 4.228.744.061

IMPUESTOS INDIRECTOS

3TASAK, PREZIO PUBLIKOAK ETA BESTE BALIABIDE BATZUK 145.630.350

TASAS, PRECIOS PUBLICOS Y OTROS

4TRANSFERENTZIA ARRUNTAK 68.880.676

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

5ONDARE SARRERAK 105.750

INGRESOS PATRIMONIALES

6BENETAKO INBERTSIOEN BESTERENGANAKETA 4.897.802

ENAJENACION DE INVERSIONES REALES

7KAPITAL TRANSFERENTZIAK 27.857.346

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

8FINANTZA-AKTIBOEN ALDAKUNTZA 1.022.078

VARIACION DE ACTIVOS FINANCIEROS

9FINANTZA-PASIBOEN ALDAKUNTZA 234.958.667

VARIACION PASIVOS FINANCIEROS

GUZTIRA / TOTAL8.886.078.685

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

BIZKAIKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA

Laburpena Sailka SARRERAK Resumen por Departamentos INGRESOS

Saila / Departamento ( Euroak / Euros )

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Has. Aurreik / Prev.Inicial

02IRAUNKORTASUNA ETA INGURUNE NATURALA 11.911.350

SOSTENIBILIDAD Y MEDIO NATURAL

03GIZARTE EKINTZA 77.102.330

ACCIÓN SOCIAL

04EUSKARA, KULTURA ETA KIROLA 611.000

EUSKERA, CULTURA Y DEPORTE

05OGASUNA ETA FINANTZAK 8.546.466.164

HACIENDA Y FINANZAS

06GARRAIOAK ETA MUGIKORTASUN JASANGARRIA 1.214.750

TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

07HERRI ADMINISTRAZIOA ETA ERAKUNDE HARREMANAK 11.127.346

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y RELACIONES INSTITUCIONALE

09ENPLEGUA, GIZARTE INKLUSIOA ETA BERDINTASUNA 1.640.000

EMPLEO, INCLUSIÓN SOCIAL E IGUALDAD

10AZPIEGITURAK ETA LURRALDE GARAPENA 825.000

INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIAL

20HERRI ZORRA 234.958.667

DEUDA PÚBLICA

22UDAL FINANTZAKETA 222.078

FINANCIACIÓN MUNICIPAL

GUZTIRA / TOTAL8.886.078.685

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA2022 ___________________________________________________________________________________________________

GIZARTE URGAZPENERAKO FORU ERAKUNDEA / INSTITUTO FORAL DE ASISTENCIA SOCIAL

Kapituluen araberako Laburpena SARRERAK Resumen por Capítulo INGRESOS

Kapitulua / Capítulo ( Euroak / Euros )

Kodea / CódigoDeskribapena / Descripción Has. Aurreik / Prev.Inicial

3TASAK, PREZIO PUBLIKOAK ETA BESTE BALIABIDE BATZUK 350.000

TASAS, PRECIOS PUBLICOS Y OTROS

4TRANSFERENTZIA ARRUNTAK 124.000.000

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

5ONDARE SARRERAK 9.000

INGRESOS PATRIMONIALES

7KAPITAL TRANSFERENTZIAK 2.400.000

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

8FINANTZA-AKTIBOEN ALDAKUNTZA 350.000

VARIACION DE ACTIVOS FINANCIEROS

GUZTIRA / TOTAL127.109.000

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK

PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA

KARRERAKO FUNTZIONARIOEN PLANTILAREN ALDAKUNTZA

VARIACIÓN DE LA PLANTILLA DEL PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA

Plazak guztira / Plazas totales

KategoriaAurreko Egungo

Categoríaekitaldia egoeraProposamena Aldakuntza

Ejercicio Situación PropuestaVariación

anterioractual

SARRERAKO IDAZKARIA / SECRETARIA/O DE ENTRADA 2 2 2 0

IDAZKARITZA-KONTUHARTZAILETZA / SECRETARIO/A INTERVENCION 1 1 1 0

SARRERAKO KONTUHARTZAILEA / INTERVENTOR/A DE ENTRADA 1 1 1 0

ADMINISTRAZIO OROKORREKO TEKNIKARIA / TECNICO/A ADMINISTRACION GENERAL 218 219 222 4

KUDEAKETAKO TEKNIKARI ERTAINA / TECNICO/A MEDIO DE GESTION 10 11 11 1

ADMINISTRARIA / ADMINISTRATIVO/A 888 889 886 2LAGUNTZAILEA / AUXILIAR 40 30 26 14IKUSKATZAILETZAKO LAGUNTZAILEA / AUXILIAR INSPECCION 1 1 1 0

MENPEKOA / SUBALTERNO/A 28 24 24 4ZERBITZUETAKO LANGILEA / PERSONAL DE SERVICIOS 57 54 54 3BEHARGINA / OPERARIOS/AS 14 13 13 1HAINBAT ZERBITZUTARAKO LANGILEA / PERSONAL SERVICIOS MULTIPLES 0 13 11 11

AGIRIZAINA / ARCHIVERO/A 1 1 1 0

ARKITEKTOA / ARQUITECTO/A 28 29 29 1

EKONOMIALARIA / ECONOMISTA 97 95 95 2NEKAZARITZAKO INGENIARIA / INGENIERO/A AGRONOMO/A 7 7 7 0

BIDEETAKO INGENIARIA / INGENIERO/A DE CAMINOS 28 29 29 1

BASOETAKO INGENIARIA / INGENIERO/A DE MONTES 11 11 11 0

INDUSTRIAKO INGENIARIA / INGENIERO/A INDUSTRIAL 27 29 28 1

FINANTZEN IKUSKATZAILEA / INSPECTOR/A DE FINANZAS 54 54 54 0

LEGELARI-AHOLKULARIA / LETRADO/A ASESOR/A 9 8 8 1GORPUTZ-HEZKUNTZAKO LIZENTZIADUNA / LICENCIAD/A EDUCACION FISICA 4 4 4 0

MEDIKUA / MEDICO/A 17 18 18 1

ENPRESAKO MEDIKUA / MEDICO/A EMPRESA 5 5 5 0

PEDAGOGOA / PEDAGOGO/A 1 1 1 0

PSIKOLOGOA / PSICOLOGO/A 44 45 45 1

KIMIKARIA / QUIMICO/A 3 3 3 0

SOZIOLOGOA / SOCIOLOGO/A 2 2 2 0

AGIRITEGIKO TEKNIKARIA / TECNICO/A DE ARCHIVO 6 6 6 0

ANTOLAKETAKO TEKNIKARIA / TECNICO/A DE ORGANIZACION 54 54 55 1

ARKEOLOGIAKO TEKNIKARIA / TECNICO/A EN ARQUEOLOGIA 0 1 1 1

LIBURUTEGIETAKO TEKNIKARIA / TECNICO/A EN BIBLIOTECAS 9 9 9 0

KULTUR PROIEKTUEN ZUZENDARITZAKO TEKNIKA / TECNICO/A DIR. DE PROYECTOS CULTURALES 4 4 4 0

ZAHARBERRIKUNTZAKO TEKNIKARIA / TECNICO/A EN RESTAURACION 4 4 4 0

LIBURUTEGIEN KUDEAKETA ETA ZUZENDARITZAK / TECNICO/A GEST. Y DIRECCION BIBLIOTECA 1 0 0 1ALBAITARIA / VETERINARIO/A 13 13 13 0

INGURIGIROKO GOI MAILAKO TEKNIKARIA / TECNICO/A SUPERIOR MEDIOAMBIENTAL 17 17 17 0

IDEM / TECNICO EN ETNOGRAFIA 1 1 1 0

AGIRIT.,LIBURUT.ETA DOKUMENTAZIOKO G.M.T / TECNICO/A SUP.DE ARCHIV,BIBLIOT.Y DOCUM. 1 1 1 0

ADMINISTRARIA / ADMINISTRADOR/A 1 1 1 0

Plazak guztira / Plazas totales

Kategoria

Aurreko Egungo

Categoría

ekitaldiaegoera ProposamenaAldakuntza

Ejercicio Situación PropuestaVariación

anterioractual

ARKITEKTO TEKNIKOA / ARQUITECTO/A TECNICO/A 29 28 28 1GIZARTE LAGUNTZAILEA / ASISTENTE/A SOCIAL 47 47 46 1KINATZAILEA / ESTIMULADOR/A 3 2 3 0

HERRILANETAKO INGENIARI TEKNIKOA / ING.TECNICO/A OBRAS PUBLICAS 37 38 38 1

TOPOGRAFIAKO INGENIARI TEKNIKOA / ING.TECNICO/A TOPOGRAFO 6 6 6 0

NEKAZARITZAKO INGENIARI TEKNIKOA / INGENIERO/A TECNICO/A AGRICOLA 15 16 15 0

MEATZEETAKO INGENIARI TEKNIKOA / INGENIERO/A TECNICO/A DE MINAS 1 1 1 0

BASOETAKO INGENIARI TEKNIKOA / INGENIERO/A TECNICO/A FORESTAL 15 15 15 0

INDUSTRIAKO INGENIARI TEKNIKOA / INGENIERO/A TECNICO/A INDUSTRIAL 11 11 11 0

LIKIDATZAILEA / LIQUIDADOR/A 74 67 67 7LOGOPEDA / LOGOPEDA 2 1 1 1ZEREGINETAKO BEGIRALEA / MONITOR/A OCUPACIONAL 2 2 2 0

NEKAZARITZAKO PERITUA / PERITO/A AGRICOLA 8 7 8 0

INDUSTRI PERITUA / PERITO/A INDUSTRIAL 2 1 1 1PSIKOMOTRIZIGILEA / PSICOMOTRICISTA 1 0 1 0

ZERGEN IKUSKATZAILEORDEA / SUBINSPECTOR/A DE TRIBUTOS 56 58 58 2

TURISMO JARDUEREN ENPRESETAKO TEKNIKARIA / TEC.EMP.ACT.TURISTICAS 3 3 3 0

ADMINISTRAZIO ETA FINANTZEN TEKNIKARI ER / TEC. MEDIO/A GESTION ADVA.FINANCIERA 270 287 288 18

KATALOGAZIOKO TEKNIKARI ERTAINA / TECNICO/A MEDIO/A-CATALOGADOR/A 3 3 3 0

IKUSKATZAILETZAKO TEKNIKARI ERTAINA / TECNICO/A MEDIO/A-INSPECCION 3 3 3 0

SUBINSPECTOR EXTINCION INCENDIOS / SUBINSPECTOR EXTINCION INCENDIOS 11 11 11 0

LAN ARRISKUEN PREBENT. TEKNIK. ERTAINA / TEC.MEDIO/A PREVENCION RIESGOS LABORALES 5 5 5 0

ERIZAINTZAKO DIPLOMADUNA / DIPLOMADO/A EN ENFERMERIA 5 5 5 0

GIZARTE LANGILEA / TRABAJADOR/A SOCIAL 70 75 77 7

AGIRIT.,LIBURU.ETA DOKUMENT.TEK.ERTAINA / TECNICO/A MED.DE ARCHIV.,BIBLIOTEC.Y DOC 2 2 2 0

KUDEAKETA-KIDEGOA / CUERPO DE GESTION 5 2 3 2ERROLDA AGENTE FISKALA / AGENTE FISCAL CENSAL 21 22 22 1

DELINEATZAILEA / DELINEANTE 16 16 16 0

INDUSTRI MAISUA / MAESTRO/A INDUSTRIAL 5 5 5 0

NEKAZARITZAKO ELIKAGAIETARAKO TEKNIKARIA / TECNICO AGROALIMENTARIO 1 1 1 0

BASOKO AGENTEA / AGENTE FORESTAL 76 76 76 0

KIROL KOORDINATZAILEA (EPAITZA) / COORDINADOR/A DEPORTIVO/A (EJECUCION SEN 1 1 1 0

EUSKARA ITZULTZAILEA / TRADUCTOR/A DE EUSKERA 9 9 9 0

TERMINOLOGOA / TERMINOLOGO/A 1 1 1 0

EUSKARA-INGELESA-GAZTELANIA ITZULTZAILEA / TRADUCTOR/A EUSKARA-INGLES-CASTELLANO 3 3 3 0

EUSK-FRANTS-GAZTEL.ITZULTZAILEA / TRADUCTOR/A EUSKARA-FRANCES-CASTELLANO 1 1 1 0

HIZKUNTZ NORMALIZAZIOKO GOI-MAILAKO / TECNICO/A SUP.NORMALIZACION LINGUISTICA 3 4 4 1

BERDINTASUNA SUSTATZEKO GOI MAILAKO TEK / TECNICO/A SUPERIOR DE IGUALDAD 6 6 6 0

AGENTE BETEARAZLEA / AGENTE EJECUTIVO 1 1 1 0

HERR.ESKUBIDE ETA LANK.SUST.TEK.ERTAINA / TEC.MED.DERECHOS CIUDAD.Y COOPERACION 3 3 4 1

AGENTE BETEARAZLEAREN LAGUNTZAILEA / AYUDANTE AGENTE EJECUTIVO 6 6 6 0

KIROL KOORDINATZAILEA / COORDINADOR/A DEPORTIVO/A 5 5 5 0

BEGIRALEA / MONITOR/A 13 13 13 0

OBRAK KONTROLATU ETA JAGOTEKO TEKNIKO PR / TECNICO/A PRACTICO/A C.V.OBRAS 1 0 1 0

Plazak guztira / Plazas totales

Kategoria

Aurreko Egungo

Categoría

ekitaldiaegoera ProposamenaAldakuntza

Ejercicio Situación PropuestaVariación

anterioractual

SUKALDARITZAKO TEKNIKARI ESPEZIALISTA / TECNICO/A ESPECIALISTA EN COCINA 4 4 4 0

LABORATEGIKO LAGUNTZAILE TEKNIKO / AYUDANTE/A TECNICO/A LABORATORIO 5 5 5 0

LIBURUTEGIKO LAGUNTZAILE TEKNICOA / AYUDANTE TECNICO/A DE BIBLIOTECA 19 19 19 0

ZELATARIA / CELADOR/A 20 22 22 2

IKUSKATZAILETZAKO LAGUNTZAILEA / AYUDANTE DE INSPECCION 8 7 7 1MANTENTZE-LANETAKO LAGUNTZAILEA / AYUDANTE DE MANTENIMIENTO 2 4 3 1

OPERADOR/A CENTRO INTEGRAL DE GESTIÛN DE / OPERADOR/A CENTRO INTEGRAL DE GESTIÛN DE 3 15 15 12

FOTOINTERPRETATZAILEA / FOTOINTERPRETADOR/A 1 1 1 0

IKERKETA AGENTEA / AGENTE DE INVESTIGACION 2 1 1 1LIBURUTEGIKO LAGUNTZAILEA / AUXILIAR DE BIBLIOTECAS 10 10 10 0

BASOKO KAPATAZA / CAPATAZ FORESTAL 9 9 8 1ERRIPIDEEN ARTAPENEKO JAGOLEA / AUXILIAR DE INSPECCION DE CARRETERAS 4 3 3 1JAGOTZA-LAGUNTZAILEA / AUXILIAR DE VIGILANCIA 1 0 0 1BASOZAINTZAILEA / GUARDA FORESTAL 1 1 1 0

LANGILEBURUA / CAPATAZ/A 1 1 1 0

GIDARIA / CONDUCTOR/A 9 7 8 1ELEKTRIZISTA / ELECTRICISTA 1 1 1 0

LEHEN MAILAKO AZALEZTATZAILEA / ENCUADERNADOR/A DE PRIMERA 1 1 0 1FOTOKONPOSIZIOGILEA / FOTOCOMPOSITOR/A 4 4 4 0

OFFSET-EKO MAKINARIA / MAQUINISTA DE OFFSET 2 2 2 0

INFORMATIKAKO JARDULEAK / OPERADORES/AS INFORMATICOS/AS 2 2 2 0

TELEFONARIA / TELEFONISTA 1 1 1 0

ZERBITZARI-GARBITZAILEA / CAMARERO/A-LIMPIADOR/A 11 10 10 1BIDEZAINA / CAMINERO/A 1 0 0 1BIGARREN MAILAKO GIDARIA / CONDUCTOR/A SEGUNDA 1 0 1 0

GARBITZAILEA / LIMPIADOR/A 3 1 1 2ABELURREKO OGIKARIA / MOZO/A AGROPECUARIO/A 1 1 0 1PEOIA / PEON/A 26 25 25 1JAGOLE GARBITZAILEA / VIGILANTE LIMPIADOR/A 2 2 2 0

FRUTAGINTZAKO LAGUNTZAILEA / AUXILIAR HORTOFRUTICOLA 2 2 2 0

OU ITZALTZE ETA SALBAMENDU ZERBITZUKO OF / OFICIAL/A SERVICIO EXTINCION INCENDIOS 7 7 7 0

SU ITZALTZE ETA SALBAMENDU ZERBITZUKO SA / SARGENTO/A SERVICIO EXT.INCENDIOS 25 25 25 0

SUHILTZAILEA / BOMBERO/A 8 4 4 4SUHILTZAILE-GIDARIA / BOMBERO/A CONDUCTOR/A 333 323 323 10SU ITZALTZE ETA SALBAMENDU ZERBITZUKO KA / CABO SERVICIO EXT. INCENDIOS 40 40 41 1

Guztira / Total 3.137 3.139 3.139 2

LAN-KONTRATUKO LANGILERIAREN PLANTILAREN ALDAKUNTZA

VARIACIÓN DE LA PLANTILLA DEL PERSONAL LABORAL

Plazak guztira / Plazas totales

Aurreko Egungo

Kategoria / Categoría

ekitaldiaegoera ProposamenaAldakuntza

Ejercicio Situación PropuestaVariación

anterioractual

ADMINISTRARIA / ADMINISTRATIVO/A 13 12 13 0

ADMINISTRAZIO LAGUNTZAILEA / AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A 4 2 2 2Plazak guztira / Plazas totales

Aurreko Egungo

Kategoria / Categoría

ekitaldiaegoera ProposamenaAldakuntza

Ejercicio Situación PropuestaVariación

anterioractual

MENPEKOA / SUBALTERNO/A 1 1 1 0

ARKITEKTOA / ARQUITECTO/A 1 0 0 1BIOLOGOA / BIOLOGO/A 1 1 1 0

BIDEETAKO INGENIARIA / INGENIERO/A DE CAMINOS 1 1 1 0

PSIKOLOGOA / PSICOLOGO/A 1 1 1 0

SOZIOLOGOA / SOCIOLOGO/A 1 1 1 0

GIZARTE LAGUNTZAILEA / ASISTENTE/A SOCIAL 3 3 3 0

ERDI-MAILAKO TITULUDUNA (AGIRITEGIA) / TITULADO/A MEDIO/A (ARCHIVO) 1 1 1 0

ZERGABILTZAILEAREN ONDOKOA / ADJUNTO/A RECAUDADOR 1 1 1 0

AGENTE BETEARAZLEA / AGENTE EJECUTIVO 1 1 1 0

AGENTE BETEARAZLEAREN LAGUNTZAILEA / AYUDANTE AGENTE EJECUTIVO 4 4 3 1HERRILANETAKO ARDURADUNA / ENCARGADO/A DE OBRAS PUBLICAS 1 1 1 0

OBRAK KONTROLATU ETA JAGOTEKO TEKNIKO PR / TECNICO/A PRACTICO/A C.V.OBRAS 1 0 0 1KALITATEKO TEKNIKARIA / TECNICO/A DE IMAGEN 1 1 1 0

LEHEN MAILAKO BULEGO-LAGUNTZAILEA / AUXILIAR OFICINA 1A. 2 1 1 1BIGARREN MAILAKO DELINEATZAILEA / DELINEANTE DE SEGUNDA 1 0 0 1ZEREGINETAKO ESPEZIALISTA / ESPECIALISTA OFC. 1 1 1 0

1BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOAREN AURREKONTU OROKORRAK PRESUPUESTOS GENERALES DEL TERRITORIO HISTORICO DE BIZKAIA

OGIKARIA / MOZO/A 1 0 0 1GARBITZAILEA / LIMPIADOR/A 1 0 0 1PEOI ESPEZIALIZATUA / PEON/A ESPECIALIZADO/A 2 2 2 0

JAGOLEA / VIGILANTE 1 1 1 0

C2 TALDEKO LEHEN MAILAKO OFICIALA / OFICIAL DE PRIMERA GRUPO C2 1 1 1 0

Guztira / Total 46 37 37 9IZENEZTAPENAKO LANGILEEN PLANTILAREN ALDAKUNTZA

VARIACIÓN DE LA PLANTILLA DEL PERSONAL DE DESIGNACIÓN

Plazak guztira / Plazas totales

Aurreko Egungo

Kategoria / Categoría

ekitaldiaegoera ProposamenaAldakuntza

Ejercicio Situación PropuestaVariación

anterioractual

FORU DIPUTATUA / DIPUTADO/A FORAL 9 9 9 0

AHALDUN NAGUSIA / DIPUTADO/A GENERAL 1 1 1 0

ZUZENDARI NAGUSIA / DIRECTOR/A GENERAL 29 29 29 0

KABINETEKO BURUA / JEFE/A DE GABINETE 2 2 2 0

ADMINISTRAZIO OROKORREKO TEKNIKARIA / TECNICO/A ADMINISTRACION GENERAL 12 10 10 2FORU DIPUTATUAREN AHOLKULARIA / ASESOR/A DE DIPUTADO/A FORAL 15 17 17 2

AHALDUN NAGUSIAREN IDAZKARIA / SECRETARIA/O DE DIPUTADO/A GENERAL 2 2 2 0

FORU DIPUTATUAREN IDAZKARIA / SECRETARIO/A DE DIPUTADO/A FORAL 9 9 9 0

FORU DIPUTATUAREN AUTO GIDARIA / CHOFER DE DIPUTADO FORAL 12 12 12 0

Guztira / Total 91 91 91 0

AURREKONTU EKITALDIKO RPT SORKUNTZA AMORTIZAZIOA LANGILERIA

CREACIÓN Y AMORTIZACIÓN DE RPT PARA EJERCICIO PRESUP. PERSONAL

Postuak guztira / Puestos totales

Egungo

egoera Proposamena Aldakuntza

Postua / Puesto

Situación Propuesta Variación

actual

1 2 3=2-1

IRAUNGI BEHARREKO TEKNIKARI DEDIKAZIODUN / TECNICO/A A EXTINGUIR CON DEDICACION 1 0 1LEGE AHOLKULARITZAKO TEKNIKARIA / TECNICO/A DE ASESORAMIENTO JURIDICO 15 19 4

ANTOLAKETAKO TEKNIKARIA / TECNICO/A DE ORGANIZACION 34 35 1

ENPRESAK SUSTATZEKO TEKNIKARIA / TECNICO/A DE PROMOCION EMPRESARIAL 9 10 1

GIZARTE LANGILEA / TRABAJADOR/A SOCIAL 88 92 4

HERRI-ESKUBIDEAK ETA LANKIDETZA SUSTATZE / TECNICO/A MEDIO/A DE DERECHOS CIUDADANOS 3 4 1

KUDEAKETAKO ADMINISTRARIA / ADMINISTRATIVO/A DE GESTION 517 515 2FABRIKAZIOAREN GAIN.ZERGA BEREZIEN ETA I / GESTOR/A DE IMP. ESPEC. DE FABRICACION E I 1 0 1ZERGA-BILKETAKO KUDEATZAILEA / GESTOR/A DE RECAUDACION 3 2 1FORU MOLDIZTEGIKO LAGUNTZAILEA / AYUDANTE DE IMPRENTA FORAL 1 0 1BASOKO KAPATAZ ZAINALDIDUNA / CAPATAZ/A FORESTAL CON RETEN 20 19 1GIDARI-TXOFERRA ZAINTALDEKOA / CONDUCTOR/A-CHOFER CON RETEN 2 1 1ESPEDIENTEAK TRAMITATZEN LAGUNDUKO DUEN / AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A APOYO TRAMITE 19 16 3Guztira / Total 713 713 0

RPTAREN ALDAKUNTZAK: AMORTIZAZIOAK ETA SORKUNTZAK

VARIACIONES DE LA RPT: AMORTIZACIONES Y CREACIONES

Lanpostua / Puesto de trabajo

Eginkizunezko organikoa Lantokia HM Derrig. data Egoera

Orgánico funcional Centro de trabajo PL Fecha precept Situa.Kod. Izena Zuz. Cód. Denominación Dot.

1007 IRAUG.BEHAR.TEKN.DEDIKAZIODUN TEC.A EXTINGUIR CON DEDICACION 0001 04202 KULTUR EKINTZAKO ZERBITZUA SERV. DE ACCION CULTURAL 07100 ERAIKINA ERREKALDE ZUMAR EDIF. ALDA. REKALDE, 30 3 06/10/2009

1702 LEGE AHOLKULARITZAKO TEKN. TECN.ASESORAMIENTO JURIDICO 0019 01210 PLANEI LAGUNTZEKO ATALA SECCION DE ASISTENCIA A PLANES 00100 FORU JAUREGIA PALACIO FORAL 3

1702 LEGE AHOLKULARITZAKO TEKN. TECN.ASESORAMIENTO JURIDICO 00200122 DIGIT.ETA HERRITAR.ARRETAREN DIRECC. GEN. DIGITALIZACION Y AT 00100 FORU JAUREGIA PALACIO FORAL3

1702 LEGE AHOLKULARITZAKO TEKN. TECN.ASESORAMIENTO JURIDICO 0021093 BERDINTASUNA SUSTATZEKO ZUZ.N DIRECC. GEN. DE IGUALDAD02500 ERAIKINA MAZARREDO ZUMAR EDIF.ALAMEDA MAZARREDO, 63

1702 LEGE AHOLKULARITZAKO TEKN. TECN.ASESORAMIENTO JURIDICO 0022 10110 HIRIGINTZAKO ATAL JURIDIKOA SECC. JURIDICA DE URBANISMO 09600 ERREKALDE ZUMARKALEA 18K EDIFICIO ALAMEDA REKALDE 3

1845 ANTOLAKETAKO TEKNIKARIA TECNICO/A DE ORGANIZACION 00430122 DIGIT.ETA HERRITAR.ARRETAREN DIRECC. GEN. DIGITALIZACION Y AT00100 FORU JAUREGIA PALACIO FORAL3

1910 ENPRESAK SUSTATZEKO TEKNIKARI TECN.PROMOCION EMPRESARIAL 0011 09101 ENPLEGUA SUSTATZEKO ZERB. SERVICIO DE EMPLEO 02500 ERAIKINA MAZARREDO ZUMAR EDIF.ALAMEDA MAZARREDO, 6 3

2019 GIZARTE LANGILEA TRABAJADOR/A SOCIAL 0135 09202 EMAKUMEAK BABEST.ETA FAMIL.LA SERV. DE MUJER E INTERVENCION F 10000 ERAIKINA URKIXO ZUMARKAL EDIFICIO ALAMEDA URQUIJO 3

2019 GIZARTE LANGILEA TRABAJADOR/A SOCIAL 0136 09202 EMAKUMEAK BABEST.ETA FAMIL.LA SERV. DE MUJER E INTERVENCION F 10000 ERAIKINA URKIXO ZUMARKAL EDIFICIO ALAMEDA URQUIJO 3

2019 GIZARTE LANGILEA TRABAJADOR/A SOCIAL 0137 09201 EBALUAZIO ETA ORIENTAZIO ATAL SECC. DE VALORACION Y ORIENTACI 10000 ERAIKINA URKIXO ZUMARKAL EDIFICIO ALAMEDA URQUIJO 3

2019 GIZARTE LANGILEA TRABAJADOR/A SOCIAL 0138 09201 EBALUAZIO ETA ORIENTAZIO ATAL SECC. DE VALORACION Y ORIENTACI 10000 ERAIKINA URKIXO ZUMARKAL EDIFICIO ALAMEDA URQUIJO 3

2491 HERRI-ESKUB. LANKID.TEK. ERTA TECNO. MED. DCHOS CUID. Y COOP 0004 09400 IDETZA SUST.ETA DIBERTSITATEA SECC. COOPERACION Y GESTION DIV 10000 ERAIKINA URKIXO ZUMARKAL EDIFICIO ALAMEDA URQUIJO 3

ERAIKINA ORUETA APEZPIKU Amort.

3299 KUDEAKETAKO ADMINISTRARIA ADMINISTR. DE GESTION 0033 08113 EKONOMIA SUSTATZEKO SAILAREN SERV. DE SS.GG. PROMOCION ECONOM 00300 2 31/12/1992

EDIF. OBISPO ORUETA, 6Amort.

3299 KUDEAKETAKO ADMINISTRARIA ADMINISTR. DE GESTION 0443 05121 ZERGA-AGIRIEN ATALA SECC. DE DOCUMENTACION FISCAL 00200 OGASUNA-AZOKAKO ERAIKINA HACIENDA-EDIFICIO FERIA 2

Lanpostua / Puesto de trabajo

Eginkizunezko organikoa Lantokia HM Derrig. data Egoera

Orgánico funcional Centro de trabajo PL Fecha precept Situa.Kod. Izena Zuz. Cód. Denominación Dot.

3335 FABTR.ZERGA BEREZ.ING.ZERG.KU GESTOR/A II.EE. FABR. II. MEDIO. 0002 05112 FABRIKAZ.GAI.ZERG.BER.ETA ING SECC. II.EE. FABRIC. E IMP. MEDIO 00200 OGASUNA-AZOKAKO ERAIKINA HACIENDA-EDIFICIO FERIA 3 31/12/2002

3535 ZERGA-BILKETAKO KUDEATZAILEA GESTOR/A DE RECAUDACION 0016 05133 ZERGA-BILKETA KUDEATZEKO ATAL SECC. DE GESTION RECAUDATORIA 00200 OGASUNA-AZOKAKO ERAIKINA HACIENDA-EDIFICIO FERIA 3 31/12/2016

3674 FORU MOLDIZTEG. LAGUNTZ. AYUDANTE DE IMPRENTA FORAL 0002 07211 FORU MOLDIZTEGIAREN ATALA SECC. DE IMPRENTA FORAL 04900 FORU MOLDIZTEGIA IMPRENTA FORAL 2 31/12/2013

4609 BASOKO KAPATAZ ZAINALDIDUNA CAPATAZ/A FORESTAL CON RETEN 0014 02012 BASOAK ZAINDU ETA ANTOLATZ.AT SECC. DE CONS. Y ORDEN. FOREST. 07539 N.N. ABANTO ALDEA A.G. ZONA ABANTO 2

4612 GIDARI-TXOFERRA ZAINTALDEKOA CONDUCTOR/A CHOFER CON RETEN 0001 02011 IRAUNKOR.ING.NATUR.ZAINT.SAIL SERV. SS.GG. SOSTENIBILIDAD Y 00500 ERAIKINA AGIRRE LEHENDAK EDIF. LEHEND. AGIRRE, 9 1

4746 ESPED.TRAMIT.ADM.LAGUNTZ. AUX. ADMIN. APOYO TRAMITE EXPED. 0153 04001 AHOLKULARITZ.TEKNIK.ETA LANGI SECC. DE ASESORIA TECNICA Y PER 07100 ERAIKINA ERREKALDE ZUMAR EDIF. ALDA. REKALDE,30 3 31/12/2017

4746 ESPED.TRAMIT.ADM.LAGUNTZ. AUX. ADMIN. APOYO TRAMITE EXPED. 0372 04201 KULTURA ONDAREAREN ZERBITZUA SERV. DE PATRIMONIO CULTURAL 03800 FORU LIBURUTEGIA BIBLIOTECA FORAL 2

4746 ESPED.TRAMIT.ADM.LAGUNTZ. AUX. ADMIN. APOYO TRAMITE EXPED. 0536 03102 ERAK.JARDUEREN ETA GIZARTE PR SERV. DE ACT. INSTITUC. Y PROYEC 09100 GIZARTE EKINTZA UGASKO, ACCION SOCIAL UGASKO, 3 3 31/12/2017

Sortutako postuak gustira / Total puestos creados: 11.

Amortizatutako postuak gustira / Total puestos amortizados: 11.

KARRERAKO FUNTZIONARIOEN PLANTILAREN ALDAKUNTZA

VARIACIÓN DE LA PLANTILLA DEL PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA

Plazak guztira / Plazas totales

Aurreko Egungo

Kategoria / Categoría

ekitaldiaegoera ProposamenaAldakuntza

Ejercicio Situación PropuestaVariación

anterioractual

ITSAS ETXEKO ZERBITZARI GARBITZAILEA / CAMARERA LIMPIADORA CASA DEL MAR 1 0 0 1ZERBITZARI-GARBITZAILEA/A / CAMARERO/A LIMPIADOR/A 1 1 1 0

Guztira / Total 2 1 1 1LAN-KONTRATUKO LANGILERIAREN PLANTILAREN ALDAKUNTZA

VARIACIÓN DE LA PLANTILLA DEL PERSONAL LABORAL

Plazak guztira / Plazas totales

Aurreko Egungo

Kategoria / Categoría

ekitaldia egoera Proposamena Aldakuntza

Ejercicio Situación Propuesta Variación

anterior actual

KUDEATZAILEA / GERENTE 1 1 1 0

GOI MAILAKO TEKNIKARIA / TECNICO/A SUPERIOR 14 14 14 0

ARRISK.PREBENTZ.GOI-MAIL.TEKN. / TECN.SUP.-TITU.SUP.DE PREVENCION 1 0 0 1EKONOMILARIA / ECONOMISTA 3 2 2 1ABOKATUA / ABOGADO/A 1 1 1 0

ZUZENBIDEKO LIZENTZIATUA / LICENCIADO/A EN DERECHO 1 1 1 0

ENPRESAKO MEDIKUA / MEDICO DE EMPRESA 1 1 1 0

ARKITEKTOA / ARQUITECTO 1 1 1 0

ARKITEKTO TEKNIKOA / ARQUITECTO TECNICO 1 1 1 0

GIZARTE GRADUDUNA / GRADUADO SOCIAL 1 1 1 0

GOBERNATZAILEA / GOBERNANTE 2 2 2 0

ITSAS ETXEKO GOBERNATZAILEA / GOBERNANTA CASA DEL MAR 1 1 1 0

Plazak guztira / Plazas totales

Aurreko Egungo

Kategoria / Categoría

ekitaldia egoera Proposamena Aldakuntza

Ejercicio Situación Propuesta Variación

anterior actual

AZPIGOBERNATZAILEA / SUBGOBERNANTA 1 1 1 0

BILTEGIAREN ARDURADUNA / ENCARGADO DE ALMACEN 1 2 2 1

PSIKOLOGOA / PSICOLOGO 9 8 8 1PSIKOLOGO/A KLINIKO/A / PSICOLOGO/A CLINICO/A 0 1 1 1

GIZARTE HEZITZAILEA / EDUCADOR/A SOCIAL 80 79 79 1GIZARTE-LANGILEA / TRABAJADOR/A SOCIAL 12 15 15 3

GIZARTERATZEKO GOI MAILAKO TEKNIKARIA / TEC.SUP.INTE.SOCIAL 74 87 87 13

ZEREGINETAKO TERAPEUTA / TERAPEUTA OCUPACIONAL 9 11 11 2

HEZITZAILE DIPLOMADUNA / EDUCADOR DIPLOMADO 1 1 1 0

LANTEGI MAISUA / MAESTRO DE TALLER 1 0 0 1HEZIKETA LAGUNTZAILEA / AUXILIAR EDUCATIVO 4 4 4 0

MEDIKU GERIATRA / MEDICO GERIATRA 1 1 0 1MEDIKUA / MEDICO 6 5 6 0

FISIOTERAPEUTA / FISIOTERAPEUTA 6 7 7 1

ERIZAINA / ENFERMERO/A 60 59 59 1HAURTZAINA / PUERICULTORA 1 0 1 0

OSASUN LAGUNTZAILEA / AUXILIAR SANITARIO/A 313 305 305 8LEIOAKO MANTENIMENDU BURUA / JEFE DE MANTENIMIENTO DE LEIOA 1 1 1 0

JAGOLEA / VIGILANTE 1 1 1 0

ATEZAINA/MANTENIMENDUKO LAGUNTZAILEA / PORTERO/A AYUDANTE/A MANTENIMIENTO 15 14 14 1ZERBITZU TEKNIKOKO OFIZIALA / OFICIAL DE SERVICIO TECNICO 6 5 5 1MANDATARIA / ORDENANZA 19 18 18 1BIGARREN MAILAKO OFIZIAL GIDARIA / CONDUCTOR OFICIAL DE SEGUNDA 1 0 0 1LH2KO SUKALDARIA (LANBIDE HEZIKETAKO 2.M / COCINERO/A FP2 20 21 21 1

LEHEN MAILAKO SUKALDARIA / COCINERO DE PRIMERA 5 4 4 1ETXEBIZITZAKO SUKALDARI-ZERBITZARIA / COCINERO/A EMPLEADO/A DE HOGAR 33 33 33 0

ZERBITZARI GARBITZAILEA / CAMARERO/A LIMPIADOR/A 99 93 93 6SUKALDEKO LAGUNTZAILEA / AYUDANTE/A DE COCINA 9 9 9 0

LAGUNTZARAKO LAGUNTZAILEA / AUXILIAR DE AYUDA 1 1 1 0

ADMINISTRARIA / ADMINISTRATIVO/A 49 50 49 0

LEHEN MAILAKO OFIZIAL ADMINISTRARIA / ADMINISTRATIVO OFICIAL DE PRIMERA 1 1 1 0

DELIN TEKNIK ESPEZIALISTA / TEC. ESPECIALISTA DELINEACION 0 1 1 1

Guztira / Total 879 880 880 1

AURREKONTU EKITALDIKO RPT SORKUNTZA AMORTIZAZIOA LANGILERIA

CREACIÓN Y AMORTIZACIÓN DE RPT PARA EJERCICIO PRESUP. PERSONAL

Postuak guztira / Puestos totales

Egungo

egoera Proposamena Aldakuntza

Postua / Puesto

Situación Propuesta Variación

actual

1 2 3=2-1

ZUZENBIDEKO LIZENTZIATUA / LICENCIADO/A EN DERECHO 0 2 2

EKONOMILARI / ECONOMISTA 0 1 1

INDUSTRIA ANTOLAKUNTZAN INGENIARIA / INGENIERO/A ORGANIZACION INDUSTRIAL 0 1 1

TXANDA GABEKO GAINBEGIRALEA / SUPERVISOR/A SIN TURNICIDAD 1 2 1

Guztira / Total 1 6 5

RPTAREN ALDAKUNTZAK: AMORTIZAZIOAK ETA SORKUNTZAK

VARIACIONES DE LA RPT: AMORTIZACIONES Y CREACIONES

Lanpostua / Puesto de trabajo

Eginkizunezko organikoa Lantokia HM Derrig. data Egoera

Org·nico funcional Centro de trabajo PL Fecha precept Situa.Kód. Izena Zuz. Cód. Denominación Dot.

1100 ZUZENBIDEKO LIZENTZIATUA LDO/A EN DERECHO 00032312 KUEAKETA ADMINISTRATIBOAREN A AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA10000 UGASKO UGASKO3

1100 ZUZENBIDEKO LIZENTZIATUA LDO/A EN DERECHO 0004212 LEGE AHOLKURARITZA ASESORIA JURIDICA10000 UGASKO UGASKO3

1149 EKONOMILARI ECONOMISTA 00022322 EKONOMIA ETA AURREKONTU ARLOA AREA ECONOMICO PRESUPUESTARIA10000 UGASKO UGASKO3

1200 INDUSTRIA ANTOLAK. INGEN. INGENIERO/A ORGANIZ.IND 0002214 ANTOLAKETA ETA HOBEKUNTZA ORGANIZACION Y MEJORA10000 UGASKO UGASKO3

2091 TXANDA GABEKO GAINBEGIRALEA SUPERVISOR/A SIN TURNICIDAD 0005 22106 OSASUN ETA AUTONOM PERTSON SU SERV. DE SALUD Y PROM. DE LA A 03500 LUSA LAGUNTZA ZENTROA CENTRO ASISTENCIAL LUSA 3

5130 SUKALDEKO LAGUNTZAILEA AYUDANTE/A DE COCINA 0022 22102 BIRJINETXE LZ SERBITZU OROKOR SERVICIOS GENERALES C.º A BIRJI 02300 BIRJINETXE LAGUNTZA ZENT CENTRO ASISTENCIAL BIRJIN 1

5131 SUKALDEKO LAGUNTZAILEA ( DESA AYUDANTE/A DE COCINA A EXT. 0001 22102 BIRJINETXE LZ SERBITZU OROKOR SERVICIOS GENERALES C.º A BIRJI 02300 BIRJINETXE LAGUNTZA ZENT CENTRO ASISTENCIAL BIRJIN 1

Sortutako postuak gustira / Total puestos creados: 6.

Amortizatutako postuak gustira / Total puestos amortizados: 1.