ORDEN FORAL 17/2021, de 5 de febrero, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se regula la llevanza de Libros registro en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. - Boletín Oficial de Navarra de 19-02-2021
Índice
Texto
Ambito: Navarra
Estado: VIGENTE. Validez desde 20 de Febrero de 2021
F. entrada en vigor: 20/02/2021
Órgano emisor: 1.1. DISPOSICIONES GENERALES
Boletín: Boletín Oficial de Navarra Número 39
F. Publicación: 19/02/2021
Artículo 1. Libros registro en actividades empresariales cuyo rendimiento se determine en las modalidades simplificada y especial del método de estimación directa.
Artículo 2. Libro registro de ventas e ingresos.
Artículo 3. Libro registro de compras y gastos.
Artículo 4. Libro registro de bienes de inversión.
Artículo 5. Libros registro cuando la actividad empresarial no tenga carácter mercantil en régimen de estimación directa.
Artículo 6. Libros registro en actividades profesionales.
Artículo 7. Libros registro de las entidades en régimen de atribución de rentas.
Artículo 8. Requisitos formales.
Artículo 9. Plazo para las anotaciones registrales.
Artículo 10. Rectificación de las anotaciones registrales.
Artículo 11. Compatibilidad con otros libros.
Artículo 12. Obligación de conservación y puesta a disposición de la Administración de facturas y demás documentos acreditativos de las operaciones anotadas en los libros registros.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. Única. Entrada en vigor.