Legislación

Orden de 10/06/2015, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se modifica la Orden de 28/10/2010, por la que se regulan las condecoraciones y distinciones que se concederán a los miembros de los Cuerpos de Policía Local de Castilla-La Mancha. [2015/7220], - Diario Oficial de Castilla La-Mancha, de 16-06-2015

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Ambito: Castilla-La Mancha

Órgano emisor: CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS

Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 116

F. Publicación: 16/06/2015

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Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 116 de 16/06/2015 y no contiene posibles reformas posteriores

Mediante Orden de 28 de octubre de 2010, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, se regulan las condecoraciones y distinciones que se concederán a los miembros de los Cuerpos de Policía Local de Castilla-La Mancha. Concretamente su artículo 2 dispone las siguientes distinciones:

a) Especialista en Policía Judicial.

b) Especialista en Seguridad Vial.

c) Especialista en Policía Administrativa.

d) Especialista en NRBQ.

e) Profesor de la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha.

Adicionalmente mediante Orden de 26 de marzo de 2015, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se modifica la Orden de 28 de octubre de 2010, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se regulan las condecoraciones y distinciones que se concederán a los miembros de los Cuerpos de Policía Local de Castilla-La Mancha, y la Orden de 11 de mayo de 2011, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, sobre uniformidad, medios técnicos y de identificación profesional, emblemas y divisas de los Cuerpos de Policía Local y Vigilantes Municipales de Castilla-La Mancha se introduce en dicho artículo 2 una nueva distinción:

f) Distintivo a la Permanencia como Profesor de la Escuela de Protección Ciudadana.

Siguiendo la línea marcada por dichas disposiciones a través de la que se regulan herramientas para reconocer las actuaciones meritorias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se considera adecuada la creación del distintivo de Especialista en Tiro Policial. Con esta distinción se pretende reconocer la labor continua de formación, en una materia que implica, un grado de responsabilidad máximo, con sacrificio de la vida personal y familiar, y cuyo único objetivo es la mejor realización de las funciones de su puesto, para finalmente cumplir la misión encomendada de proteger el ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad pública, evita la comisión de delitos e infracciones, actuar en caso de emergencias, tendente a la solución de problemas y conflictos. Así, mediante la presente Orden se crea un nuevo distintivo de Especialista en Tiro Policial, que se concederá a aquellos integrantes de los Cuerpos de Policía Local de Castilla-La Mancha que realicen de forma integra la formación en Tiro policial hasta el nivel de Instructor de Tiro Policial, pudiendo exhibir esta distinción con carácter permanente, sobre el lado superior derecho del pecho de la uniformidad ordinaria y de servicio de comisión.

De esta manera, resulta preciso modificar el artículo 2, y el anexo II, de la Orden de 28 de octubre de 2010, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se regulan las condecoraciones y distinciones que se concederán a los miembros de los Cuerpos de Policía Local de Castilla-La Mancha.

En su virtud, de conformidad con las facultades atribuidas por el artículo 2 del Decreto 14/2012, de 26 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y en el ejercicio de la potestad que me atribuye el artículo 23.2 c) de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, de Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, previo informe de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales de Castilla-La Mancha,

Dispongo

Artículo primero. Modificación de la Orden de 28 de octubre de 2010, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se regulan las condecoraciones y distinciones que se concederán a los miembros de los Cuerpos de Policía Local de Castilla-La Mancha.

La Orden de 28 de octubre de 2010, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se regulan las condecoraciones y distinciones que se concederán a los miembros de los Cuerpos de Policía Local de Castilla-La Mancha, queda modificada en los términos siguientes:

Uno. Se añade la letra g) al apartado 2 del artículo 2, que queda redactada como sigue:

'g) Distintivo de Especialista en Tiro Policial.'

Dos. Se introduce en el Anexo II la descripción y boceto del distintivo de Especialista en Tiro Policial que figura en el anexo de esta Orden.

Disposición Final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Toledo, 10 de junio de 2015

El Consejero de Presidencia y Administraciones Públicas

LEANDRO ESTEBAN VILLAMOR

ANEXO

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