Orden de 13 de marzo de 2012, por la que se desarrolla el procedimiento para obtener la declaración de campos de golf de interés turístico en Andalucía. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 22-03-2012
Índice
Texto
Ambito: Andalucía
Estado: DEROGADO. Desde 13 de Marzo de 2020 por Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificacion de la regulacion para el fomento de la actividad productiva de Andalucia.
F. entrada en vigor: 23/03/2012
Órgano emisor: CONSEJERIA DE TURISMO, COMERCIO Y DEPORTE
Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 57
F. Publicación: 22/03/2012
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Concepto y características de los campos de golf de interés turístico.
Artículo 3. Determinación del interés turístico.
Artículo 4. Procedimiento.
Artículo 5. Órgano responsable del procedimiento.
Artículo 6. Utilización de medios electrónicos.
CAPÍTULO II. Iniciación del procedimiento
Artículo 7. Solicitud.
Artículo 8. Documentación.
Artículo 9. Lugares y medios de presentación de las solicitudes.
Artículo 10. Subsanación y mejora de la solicitud.
CAPÍTULO III. Instrucción
Artículo 11. Audiencia previa e información pública.
Artículo 12. Informes técnicos sectoriales.
Artículo 13. Informe de alegaciones.
Artículo 14. Tramitación abreviada.
Artículo 15. Informe de la Comisión Técnica de Calificación.
Artículo 16. Trámite de audiencia.
Artículo 17. Propuesta de resolución.
CAPÍTULO IV. Resolución
Artículo 18. Resolución.
CAPÍTULO V. Alcance y efectos de la declaración
Artículo 19. Alcance y efectos.
Artículo 20. Mantenimiento y revocación de la declaración.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Tramitación electrónica del procedimiento.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Régimen transitorio.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación para actualización de anexos.
D.F. 2ª. Entrada en vigor.
ANEXO I
ANEXO II. Documentación para la presentación de la solicitud de declaración de campos de golf de interés turístico en Andalucía