Legislación

Orden de 15 de marzo de 2018, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes por la que se aprueba el Plan Regional de Formación Permanente del Profesorado para el curso escolar 2017-2018., - Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 31-03-2018

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Ambito: Murcia

Órgano emisor: CONSEJERIA DE EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTES

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 73

F. Publicación: 31/03/2018

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Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 73 de 31/03/2018 y no contiene posibles reformas posteriores

El Decreto 42/2003, de 9 de mayo, por el que se regula la planificación, estructura y organización de la formación permanente del profesorado de la Región de Murcia, en su artículo 4, párrafo 1, establece que «Para cada curso escolar, o año natural, la Dirección General competente, contando con las aportaciones y sugerencias del resto de centros directivos de la Consejería competente en materia de Educación, elaborará el Plan Regional de Formación Permanente del Profesorado, que concretará en Programas y actividades formativas el Plan Trienal».

En su elaboración se deben tener en cuenta, además de las necesidades formativas del profesorado y la Memoria final del curso, los objetivos marcados por el Plan Trienal vigente. Dicho Plan Trienal de Formación Permanente del Profesorado 2015-2018, fue aprobado por Orden de 20 de julio de 2015 de la Consejería de Educación y Universidades (BORM n.º 174, de 30 de julio).

Para la realización del Plan Regional del curso escolar 2017-2018, cada centro directivo de la consejería competente en materia de educación, envió al Servicio de Innovación y Formación del Profesorado, una ficha resumen con las aportaciones y necesidades de formación que, a su juicio, era necesario tener en cuenta en la elaboración del Plan Regional. El Centro de Profesores y Recursos Región de Murcia realizó la detección anual de necesidades de formación, las cuales han sido atendidas en el presente Plan Regional de Formación para el curso 2017-2018.

Sometida la propuesta de dicho Plan Regional de Formación a la valoración del Consejo Regional de Formación Permanente del Profesorado, regulado en el Capítulo III, Sección Segunda, del Decreto nº 42/2003, de 9 de mayo, por el que se regula la planificación, estructura y organización de la formación permanente del profesorado de la Región de Murcia, en sesión ordinaria el día 11 de julio de 2017, y con informe favorable del mismo.

De acuerdo con el artículo 6.1 del citado Decreto 42/2003, de 9 de mayo, en relación con lo previsto por el artículo 16.1.q) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,

Dispongo:

Primero.- Aprobar el Plan Regional de Formación Permanente del Profesorado para el curso escolar 2017-2018, que se detalla en el anexo de la presente orden.

Segundo.- La presente orden tiene efectos retroactivos, siendo aplicable al profesorado no universitario de los centros sostenidos con fondos públicos a partir del inicio del curso 2017-2018.

Tercero.- Contra esta orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, en los términos de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2005, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; así como recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, de acuerdo con los artículos 8.2.a), 10.1.a), 14 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio (BOE del 14), reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Murcia, a 15 de marzo de 2018.-La Consejera de Educación, Juventud y Deportes, Adela Martínez-Cachá Martínez

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NPE: A-310318-2049