Legislación
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Orden 150/2017, de 1 de septiembre, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre normas de elaboración de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018. [2017/10468] - Diario Oficial de Castilla La-Mancha de 04-09-2017

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Ambito: Castilla-La Mancha

Estado: DEROGADO. Desde 07 de Junio de 2018 por Orden 82/2018, de 29 de mayo, de la Consejeria de Hacienda y Administraciones Publicas, sobre normas de elaboracion de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2019. [2018/6762]

F. entrada en vigor: 05/09/2017

Órgano emisor: CONSEJERIA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS

Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 171

F. Publicación: 04/09/2017

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Marco presupuestario a medio plazo. Artículo 4. Límite de gasto no financiero. Artículo 5. Criterios generales para la elaboración del Presupuesto. Artículo 6. Unidad de cuenta para la elaboración del Presupuesto.
CAPÍTULO II. Contenido y estructura de los Presupuestos
Artículo 7. Contenido de los Presupuestos. Artículo 8. Estructura de los Presupuestos. Artículo 9. Variaciones en las estructuras presupuestarias.
CAPÍTULO III. Elaboración de los Presupuestos
Artículo 10. Elaboración del estado de ingresos. Artículo 11. Elaboración del estado de gastos. Artículo 12. Elaboración de los estados financieros de los entes instrumentales. Artículo 13. Elaboración del texto articulado. Artículo 14. Plazos de remisión de la documentación e información asociada a la elaboración de los Presupuestos. Artículo 15. Aprobación del Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Tratamiento de la documentación e información.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Instrucciones aclaratorias y de desarrollo. D.F. 2ª. Entrada en vigor. ANEXO I. CLASIFICACIÓN FUNCIONAL Y DE PROGRAMAS ANEXO II. CLASIFICACIÓN ORGÁNICA ANEXO III. CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DE LOS GASTOS PÚBLICOS ANEXO IV. CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DE LOS INGRESOS PÚBLICOS ANEXO V. FICHAS DE INDICADORES POR OBJETIVOS DE GASTO