Legislación

ORDEN 1504/2020, de 6 de noviembre, de la Consejería de Sanidad, de corrección de errores de la Orden 1466/2020, de 30 de octubre, por la que se modifica la Orden 668/2020, de 19 de junio, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio, para la aplicación de las actuaciones coordinadas en salud pública para responder a la situación de especial riesgo que se deriva de la asistencia de público a acontecimientos deportivos profesionales de carácter internacional., - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de 07-11-2020

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Ambito: Madrid

Órgano emisor: CONSEJERIA DE SANIDAD

Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 273

F. Publicación: 07/11/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 273 de 07/11/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

Advertidos errores en la Orden 1466/2020, de 30 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 668/2020, de 19 de junio, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio, para la aplicación de las actuaciones coordinadas en salud pública para responder a la situación de especial riesgo que se deriva de la asistencia de público a acontecimientos deportivos profesionales de carácter internacional, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 267, de 31 de octubre, se procede a realizar la oportuna rectificación.

En el punto nueve del apartado primero:

- Donde dice: «Nueve.- Se modifica el punto 6 del apartado quincuagésimo quinto, que queda redactado de la siguiente forma».

- Debe decir: «Nueve.-Se modifica el punto 1 del apartado quincuagésimo séptimo, que queda redactado de la siguiente forma».

En el punto diez del apartado primero:

- Donde dice: «Diez.-Se modifica el punto 2 del apartado quincuagésimo séptimo, que queda redactado de la siguiente forma».

- Debe decir: «Diez.-Se modifica el punto 6 del apartado quincuagésimo quinto, que queda redactado de la siguiente forma».

Madrid, a 6 de noviembre de 2020.

El Consejero de Sanidad, ENRIQUE RUIZ ESCUDERO

(01/29.949/20)