Legislación

Orden 199/2021, de 29 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se revisan determinados planes de emergencia exterior. [2022/33], - Diario Oficial de Castilla La-Mancha, de 11-01-2022

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Ambito: Castilla-La Mancha

Órgano emisor: CONSEJERIA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS

Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 6

F. Publicación: 11/01/2022

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 6 de 11/01/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

El Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, determina, para los establecimientos que utilicen en sus procesos productivos determinadas cantidades de las sustancias que se enumeran en dicho texto, debido al riesgo intrínseco existente, la obligación de los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, con la colaboración de los industriales, de elaborar un Plan de Emergencia Exterior, para prevenir y, en su caso, mitigar las consecuencias de los posibles accidentes graves previamente analizados, clasificados y evaluados.

Asimismo, este reglamento establece en su artículo 13.3, que los órganos competentes de las comunidades autónomas organizarán un sistema que garantice la revisión periódica, la actualización, la prueba y, en su caso, la modificación de todos los planes de emergencia exterior a intervalos apropiados que no deberán rebasar los tres años.

Por otro lado, la Norma Básica de Protección Civil, aprobada por el Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, dispone en su apartado 5 que los planes especiales se elaborarán para hacer frente a los riesgos específicos cuya naturaleza requiera de una metodología técnico-científica adecuada para cada uno de ellos. Entre estos riesgos se encuentran los químicos, tal como se indica en el apartado siguiente de la citada norma.

Por todo lo anterior, una vez transcurrido el plazo de tres años desde la aprobación del Plan Especial de Emergencia Exterior del Almacenamiento Subterráneo de Gas Yela, sito en Yela (Guadalajara) y de la última revisión del Plan Especial de Emergencia Exterior de la Central Termosolar Manchasol, relativo a las plantas termosolares Manchasol 1 y 2, sitas en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), respectivamente, procede actualizar el contenido de ambos Planes.

Habiéndose emitido informe favorable sobre las citadas revisiones por parte de la Comisión Regional de Protección Civil y Emergencias de Castilla La Mancha, en reunión de fecha 16 de diciembre de 2021, sin que se haya solicitado informe del Consejo Nacional de Protección Civil, al no resultar preceptivo de acuerdo con la normativa de aplicación, por no suponer la revisión una modificación sustancial en el contenido de los mencionados documentos.

En virtud de la habilitación contenida en la disposición final segunda del Decreto 36/2013, de 4 de julio, por el que se regula la planificación de emergencias en Castilla-La Mancha y se aprueba la revisión del Plan Territorial de Emergencia de Castilla-La Mancha, dispongo:

Artículo 1. Aprobación y revisión de planes especiales de emergencia exterior.

1. Se aprueba la revisión de los siguientes planes especiales de emergencia exterior:

a) Plan Especial de Emergencia Exterior del Almacenamiento Subterráneo de Gas Yela, sito en Yela (Guadalajara).

b) Plan Especial de Emergencia Exterior de la Central Termosolar Manchasol, relativo a las plantas termosolares Manchasol 1 y 2, sitas en Alcázar de San Juan (Ciudad Real).

2. Su plazo de vigencia será de tres años, al término de los cuales, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 36/2013, de 4 de julio, por el que se regula la planificación de emergencias en Castilla-La Mancha y se aprueba la revisión del Plan Territorial de Emergencia de Castilla-La Mancha (Platecam), deberá promoverse su revisión de acuerdo con el procedimiento establecido.

Disposición adicional. Consulta del texto íntegro.

Además de la difusión que se haga de estos planes, su texto íntegro podrá ser consultado en la sede de la Dirección General de Protección Ciudadana, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, así como en la página web de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha (https://112.castillalamancha.es).

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Toledo, 29 de diciembre de 2021

El Consejero de Hacienda y Administraciones Públicas

JUAN ALFONSO RUIZ MOLINA