Legislación

Orden de 2 de diciembre de 2013, por la que se modifica la Orden de 14 de junio de 2013, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se dictan instrucciones sobre la tramitación electrónica de expedientes de contratos menores y se aprueba la aplicación informática corporativa Tramel-Contrato Menor., - Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 16-12-2013

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Ambito: Murcia

Órgano emisor: CONSEJERIA DE ECONOMIA Y HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 289

F. Publicación: 16/12/2013

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 289 de 16/12/2013 y no contiene posibles reformas posteriores

Preámbulo

La puesta en funcionamiento de las previsiones de la Orden de 14 de junio de 2013, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se dictan instrucciones sobre la tramitación electrónica de expedientes de contratos menores y se aprueba la aplicación informática corporativa Tramel-Contrato Menor ha determinado una importante innovación en la operatoria en esta materia. La experiencia habida en la Consejería de Economía y Hacienda para su puesta en práctica ha permitido determinar ciertos aspectos que son susceptibles de mejora en aras de facilitar el uso del sistema.

La extensión de su aplicación a todas las Consejerías y Organismos Autónomos estaba prevista inicialmente para el 1 de enero de 2014, sin embargo la necesidad de realizar una adecuada formación del personal que ha de participar en la gestión por medio de esta nueva herramienta, hace aconsejable la flexibilización temporal de algunos de los requerimientos que suponen tal Orden y la puesta en funcionamiento de la nueva aplicación corporativa.

En este sentido, se propone la modificación de la entrada en vigor de la Orden, difiriéndola a 1 de abril de 2014, de modo que se facilite una transición gradual al nuevo sistema de tramitación, y se adoptan medidas complementarias encaminadas en la misma dirección.

Así, se ha previsto la posible centralización temporal de las funciones propias de la contabilidad en los responsables de gestión económica de los servicios económicos presupuestarios de las respectivas Consejerías u Organismos Autónomos, que podrán de este modo contribuir a facilitar la transición hacia el nuevo modelo que supone la gestión descentralizada del procedimiento de gasto menor.

Se extiende a 30 de junio de 2014 la previsión ya existente para que se reflejen en Tramel-CM aquellos expedientes que siendo iniciados en formato papel van a incorporarse al sistema en el momento previo a su pago, de modo que, al menos, esta fase sí va a quedar incluida en el mismo.

Por último, se prevé que en el momento en se implante en la aplicación TRAMEL-CM los medios técnicos que permitan la trazabilidad de la actividad realizada en la misma en el sistema de información contable Sigepal, las actividades de alta, consolidación y contabilización de los documentos contables podrá ser realizada en el seno de la aplicación TRAMEL-CM que las reflejará en SIGEPAL por medio del sistema de integración automática.

Por lo expuesto, a propuesta de la Intervención General, en el ejercicio de las competencias de esta Consejería recogidas en el artículo 6.4 del Decreto 302/2011, de 25 de noviembre, de régimen jurídico de la gestión electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y de las facultades atribuidas en el artículo 16 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,

Dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden de 14 de junio de 2013, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se dictan instrucciones sobre la tramitación electrónica de expedientes de contratos menores y se aprueba la aplicación informática corporativa TRAMEL-Contrato Menor.

1. Se deroga la Disposición Transitoria Única de la Orden de 14 de junio de 2013, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se dictan instrucciones sobre la tramitación electrónica de expedientes de contratos menores y se aprueba la aplicación informática corporativa TRAMEL-Contrato Menor.

2. Se introducen las siguientes tres disposiciones transitorias:

"Disposición transitoria primera.- Centralización de las funciones de los responsables de gestión económica en los Servicios Económico Presupuestarios.

Cuando por razones organizativas, funcionales o técnicas resulte aconsejable la centralización de las competencias de alta, consolidación y contabilización de los documentos contables en que se reflejen los diferentes actos administrativos en los Servicios Económicos Presupuestarios de las Secretarías Generales, se procederá a su solicitud por parte del titular de la Consejería correspondiente al Consejero de Economía y Hacienda que podrá autorizar dicha centralización de funciones mediante Orden. Dicha autorización extenderá sus efectos, como máximo, hasta el 30 de junio de 2014.

Disposición transitoria segunda.- Pervivencia del procedimiento ordinario no electrónico y Tramel-Contrato Menor.

Hasta el 30 de junio de 2014 los órganos gestores podrán tramitar los expedientes de contrato menor en la fase inicial de propuesta de ejecución a través del procedimiento ordinario no electrónico empleado hasta el momento, si bien deberán introducir la información del mismo en TRAMEL-CM al objeto de proceder a la tramitación del pago que en todo caso se efectuará por procedimiento electrónico.

Disposición transitoria tercera. Integración de Tramel-Contrato Menor con el sistema de información contable "Sigepal".

En el momento en que la Dirección General de Patrimonio, Informática y Telecomunicaciones, en su condición de responsable tecnológico de la plataforma, implemente en la aplicación TRAMEL-CM los medios técnicos que permitan la trazabilidad de la actividad realizada en la misma en el sistema de información contable SIGEPAL, las actividades de alta, consolidación y contabilización de los documentos contables podrá ser realizada en el seno de la aplicación TRAMEL-CM que las reflejará en SIGEPAL por medio del sistema de integración automática previsto en el artículo 5.1. del Decreto 53/2002, de 8 de febrero, por el que se regulan los principios generales del sistema de información contable de la Administración Pública Regional."

3. Se modifica la Disposición final segunda, que pasa a tener el siguiente contenido:

"Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el 1 de abril de 2014, ello no obstante, con el fin de facilitar una implementación gradual del sistema, por Resolución del Secretario General de la Consejería de Economía y Hacienda se podrá establecer su entrada en vigor con anterioridad en una o varias de las Consejerías u Organismos Autónomos."

El Consejero de Economía y Hacienda, Juan Bernal Roldán

NPE: A-161213-17834