Legislación

Orden 201/2020, de 23 de diciembre, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se modifica la Orden 104/2018, de 28 de junio, por la que se regula la oferta pública y la adjudicación de los permisos de caza en cotos sociales y zonas colectivas de caza de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. [2020/11359], - Diario Oficial de Castilla La-Mancha, de 30-12-2020

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Ambito: Castilla-La Mancha

Órgano emisor: CONSEJERIA DE DESARROLLO SOSTENIBLE

Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 261

F. Publicación: 30/12/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 261 de 30/12/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

Con objeto de facilitar el ejercicio de la caza en régimen de igualdad de oportunidades con especial atención a los cazadores de la región, la Ley 3/2015 de 5 de marzo de Caza de Castilla-La Mancha modificada por la ley 2/2018 de 15 de marzo se establecen los cotos sociales de caza y las zonas colectivas de caza que se podrán constituir sobre terrenos pertenecientes a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o aquellos otros que para dicha finalidad puedan quedar a disposición de la Consejería por ofrecimiento a título oneroso o mediante contratación de su aprovechamiento.

Mediante la publicación de la Orden 104/2018, de 28 de junio, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regula la oferta pública y la adjudicación de los permisos de caza en cotos sociales y zonas colectivas de caza de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, se da cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 39 y 40 de la sección tercera de la Ley mencionada en su apartado 2 que determina que la Consejería establecerá mediante Orden la regulación de la oferta pública y la adjudicación de permisos, y en el artículo 70 del Decreto 141/1996, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general de aplicación de la Ley 2/1993, de 15 de julio, de Caza de Castilla-La Mancha.

En la Resolución de 19/02/2020, de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, por la que se acuerda la publicación de los precios públicos de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo Sostenible, se acuerda la actualización del IPC de los precios públicos de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo Sostenible, cuyas cuantías se establecen en los Anexos 1, 2, 3 y 4.

En base a los dos años de experiencia en la gestión de cotos sociales se considera necesario corregir los precios incluidos en dicha Orden con el fin de que el aprovechamiento cinegético de estos cotos sea desde un punto de vista económico sostenible. De esta forma se equilibran los costes de las jornadas cinegéticas desarrolladas a los ingresos de la oferta pública y la adjudicación de los permisos de caza, mediante modificación del Anexo 1.

De acuerdo con lo dispuesto, a propuesta de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, y en virtud de las competencias atribuidas a esta Consejería de Desarrollo Sostenible por el Decreto 87/2019, de 16/07/2019, dispongo:

Artículo único. Modificación de Orden 104/2018, de 28 de junio, por la que se regula la oferta pública y la adjudicación de los permisos de caza en cotos sociales y zonas colectivas de caza de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha

La Orden 104/2018, de 28 de junio, por la que se regula la oferta pública y la adjudicación de los permisos de caza en cotos sociales y zonas colectivas de caza de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, queda modificada en los siguientes términos:

Uno. El apartado 1 del Artículo 5, queda redactado del siguiente modo:

1. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el correspondiente Órgano Provincial las numerará correlativamente por grupo del cazador y modalidad de caza según su orden de entrada y se publicarán en el plazo de 2 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el tablón de anuncios electrónico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y en el de las Delegaciones Provinciales de la Consejería competente en materia de caza, las listas de cazadores admitidos y excluidos, concediéndose a estos últimos un plazo de subsanación de diez días naturales. La no subsanación de errores en dicho plazo supondrá el archivo de la solicitud .

Dos. El apartado 4 del Artículo 5, queda redactado del siguiente modo:

4. En cada provincia se realizará un único sorteo de los permisos disponibles en los cotos sociales de su ámbito territorial, por grupo de cazadores y modalidad de caza, en un plazo máximo de 15 días naturales desde la publicación del listado definitivo de solicitudes admitidas .

Tres. El Anexo I de la Orden 104/2018, queda redactado del siguiente modo:

Anexo 1. Importe de los permisos de caza y cuotas de los Cotos Sociales.

Orden oferta públicaPrecios públicos 2020

Permisos caza menor58,23 €

Permisos de caza a rececho de trofeos cabra montés

Cuota de entrada176,70 €

Cuota complementaria: menos de 194 puntos321,28 €

Cuota complementaria: De 194 a 204 puntos30,12 € /punto

Cuota complementaria: De 205 a 214 puntos50,20 € /punto

Cuota complementaria: De 215 a 224 puntos85,34 € /punto

Cuota complementaria: De 225 o más puntos170,68 € /punto

Cuota complementaria: Por res herida y no cobrada321,28 €

Caza a rececho de trofeos ciervo

Cuota de entrada132,53 €

Cuota complementaria: Menos de 140 puntos150,60 €

Cuota complementaria: De 140 a 164 puntos15,06 € /punto

Cuota complementaria: De 165 a 172 puntos30,12 € /punto

Cuota complementaria: De 173 a 180 puntos60,24 € /punto

Cuota complementaria: De 181 a 210 puntos70,28 € /punto

Cuota complementaria: De 211 o más puntos100,40 € /punto

Cuota complementaria: Por res herida y no cobrada276,10 €

Caza a rececho de trofeos corzo

Cuota de entrada132,53 €

Cuota complementaria: Menos de 105 puntos170,68 €

Cuota complementaria: De 105-115 puntos12,05 € /punto

Cuota complementaria: De 116-130 puntos22,09 € /punto

Cuota complementaria: De 131 o más puntos36,14 € /punto

Cuota complementaria: Por res herida y no cobrada209, 84 €

Caza a rececho de trofeos gamo

Cuota de entrada132,53 €

Cuota complementaria: Menos de 140 puntos170,68 €

Cuota complementaria: De 140 a 159 puntos12,05 € /punto

Cuota complementaria: De 160 a 169 puntos22,09 € /punto

Cuota complementaria: De 170 a 179 puntos55,22 € /punto

Cuota complementaria: De 180 o más puntos100,40 € /punto

Cuota complementaria: Por res herida y no cobrada209,84 €

Caza a rececho de trofeos muflón

Cuota de entrada132,53 €

Cuota complementaria: Menos de 165 puntos209,84 €

Cuota complementaria: De 165 a 184 puntos10,04 € /punto

Cuota complementaria: De 185 a 195 puntos25,10 € /punto

Cuota complementaria: De 196 a 205 puntos35,14 € /punto

Cuota complementaria: De 205 puntos o más55,22 € /punto

Cuota complementaria: Por res herida y no cobrada209,84 €

Rececho de animales selectivos cabra montés

Cuota de entrada Hembra22,09 €

Cuota de entrada Macho44,18 €

Cuota complementaria Hembra55,22 €

Cuota complementaria Macho276,10 €

Rececho de animales selectivos ciervo

Cuota de entrada Hembra22,09 €

Cuota de entrada Machos44,18 €

Cuota complementaria Hembra85,34 €

Cuota complementaria Vareto85,34 €

Cuota complementaria Hasta 9 puntas150,60 €

Cuota complementaria de 10 ó más puntas276,10 €

Rececho de animales selectivos corzo

Cuota de entrada Hembra22,09 €

Cuota de entrada Macho44,18 €

Cuota complementaria Hembra30,12 €

Cuota complementaria Macho140,56 €

Rececho de animales selectivos gamo

Cuota de entrada Hembra22,09 €

Cuota de entrada Machos44,18 €

Cuota complementaria Hembra60,24 €

Cuota complementaria Vareto60,24 €

Cuota complementaria Sin pala105,42 €

Cuota complementaria Con pala165,66 €

Rececho de animales selectivos muflón

Cuota de entrada hembra22,09 €

Cuota de entrada Macho44,18 €

Cuota complementaria Hembra30,12 €

Cuota complementaria Macho150,60 €

Caza de jabalí en aguardo

Cuota de entrada44,18 €

Cuota complementaria Hembras35,14 €

Cuota complementaria Machos en los que el promedio de la longitud

105,42 €

de la parte visible de los colmillos es inferior a 6 cm.

Cuota complementaria Machos en los que el promedio de la longitud

180,72 €

de la parte visible de los colmillos es igual o superior a 6 cm

Caza en batidas

Cuota de entrada por cazador75,30 € /cazador

Monterías y ganchos

Cuota de entrada por cazador138,05 € /cazador

El cazador asumirá los gastos derivados de la celebración de la jornada de caza, por lo que habrá de abonar las cuotas que se establezcan (según los costes) (sólo para las modalidades de caza menor en mano, batida, montería y gancho) .

Disposición Adicional.

Se faculta a la persona titular de la Dirección General competente en materia de caza para que, en los términos previstos en el artículo 32 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre mediante Resolución, se actualicen los anexos de la Orden 104/2018, de 28 de junio.

Disposición Final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Toledo, 23 de diciembre de 2020

El Consejero de Desarrollo Sostenible

JOSÉ LUIS ESCUDERO PALOMO