Orden de 22/02/2013, de la Consejería de Hacienda, por la que se modifican las compensaciones indemnizatorias a percibir por las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario por la gestión de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. [2013/2809] - Diario Oficial de Castilla La-Mancha de 07-03-2013
Índice
Texto
Ambito: Castilla-La Mancha
Estado: VIGENTE. Validez desde 07 de Marzo de 2013
Órgano emisor: CONSEJERIA DE HACIENDA
Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 47
F. Publicación: 07/03/2013
Preambulo
CAPÍTULO I. Régimen de funciones de las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario.
Artículo 1. Funciones.
Artículo 2. Compensaciones por la gestión y liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Artículo 3. Compensaciones por la gestión y liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Artículo 4. Concepto de compensación.
Artículo 5. Oficina competente.
Artículo 6. Requisitos y condiciones.
Artículo 7. Grados de cumplimiento de los criterios de calidad.
Artículo 8. Presentación mediante el sistema informático Greco.
Artículo 9. Estados-liquidación.
CAPÍTULO II. Comisión de Seguimiento y Evaluación de la Gestión de las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario.
Artículo 10. Composición y régimen de funcionamiento.
Artículo 11. Funciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Precios públicos.
D.A. 1ª. Referencia a la Administración tributaria.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Régimen transitorio para los ejercicios 2013 y 2014.
D.T. 2ª. Impulso de medios electrónicos.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación.
D.F. 2ª. Entrada en vigor.