ORDEN de 23 de noviembre de 2023, por la que se procede a la corrección de errores de la Orden de 8 de noviembre de 2023, que aprueba las instrucciones para la ordenación contable en la ejecución y cierre del presupuesto de gastos e ingresos del ejercicio en curso y la apertura del siguiente en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 227, de 20.11.2023)., - Boletín Oficial de Canarias, de 04-12-2023
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Ambito: Canarias
Órgano emisor: Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea
Boletín: Boletín Oficial de Canarias Número 238
F. Publicación: 04/12/2023
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ORDEN de 23 de noviembre de 2023, por la que se procede a la corrección de errores de la Orden de 8 de noviembre de 2023, que aprueba las instrucciones para la ordenación contable en la ejecución y cierre del presupuesto de gastos e ingresos del ejercicio en curso y la apertura del siguiente en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 227, de 20.11.2023).
El 8 de noviembre de 2023 se aprobó la Orden departamental n.º 812/2023, por la que se “aprueban las instrucciones para la ordenación contable en la ejecución y cierre del presupuesto de gastos e ingresos del ejercicio en curso y la apertura del siguiente en la Comunidad Autónoma de Canarias”, siendo publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 227, de 20 de noviembre.
Advertidos errores en el texto remitido a publicar que afectan al título de la resolución, así como a la identificación del departamento competente en materia de hacienda; en consideración a lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, procede su subsanación en los términos siguientes:
Uno. En la página 57226, título de la resolución, donde dice:
“ORDEN de 8 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las instrucciones para la ordenación contable en la ejecución y cierre del presupuesto de gastos e ingresos para el ejercicio 2023 y la apertura del siguiente en la Comunidad Autónoma de Canarias.”
Debe decir:
“ORDEN de 8 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las instrucciones para la ordenación contable en la ejecución y cierre del presupuesto de gastos e ingresos del ejercicio en curso y la apertura del siguiente en la Comunidad Autónoma de Canarias.”
Dos. En la página 57227, parte expositiva, donde dice:
“En tal sentido, tómese en consideración el Convenio de Cooperación entre Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, y el Parlamento de Canarias, sobre la puesta a disposición y uso del Sistema de información económico-financiera y logística de la Comunidad Autónoma de Canarias (SEFLogiC), publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 100, de 24 de mayo de 2023.”
Debe decir:
“En tal sentido, tómese en consideración el Convenio de Cooperación entre Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería competente en materia de hacienda, y el Parlamento de Canarias, sobre la puesta a disposición y uso del Sistema de información económico-financiera y logística de la Comunidad Autónoma de Canarias (SEFLogiC), publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 100, de 24 de mayo de 2023.”
Tres. En la página 57230, letra a) del apartado segundo de la instrucción primera del anexo, donde dice:
“a) El presupuesto del Parlamento de Canarias, en el marco de coordinación con dicha institución dentro de los términos previstos en el Convenio de Cooperación entre Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, y el Parlamento de Canarias, sobre la puesta a disposición y uso del sistema económico-financiero y logístico de la Comunidad Autónoma de Canarias (SEFLogiC), y de los órganos de relevancia estatutaria, con relación a los plazos para la contabilización de los documentos contables, ordenación de pagos y realización de los mismos así como la fecha límite para que se inscriban, graben y conformen en el módulo de Registro de Facturas, las facturas o documentos probatorios equivalentes relativos a deudas derivadas de operaciones devengadas cuyo reconocimiento contable no haya sido imputado al ejercicio presupuestario en curso.”
Debe decir:
“a) El presupuesto del Parlamento de Canarias, en el marco de coordinación con dicha institución dentro de los términos previstos en el Convenio de Cooperación entre Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería competente en materia de hacienda, y el Parlamento de Canarias, sobre la puesta a disposición y uso del sistema económico-financiero y logístico de la Comunidad Autónoma de Canarias (SEFLogiC), y de los órganos de relevancia estatutaria, con relación a los plazos para la contabilización de los documentos contables, ordenación de pagos y realización de los mismos así como la fecha límite para que se inscriban, graben y conformen en el módulo de Registro de Facturas, las facturas o documentos probatorios equivalentes relativos a deudas derivadas de operaciones devengadas cuyo reconocimiento contable no haya sido imputado al ejercicio presupuestario en curso.”
Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de noviembre de 2023.
LA CONSEJERA DE HACIENDA Y RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA,
Matilde Pastora Asián González.

