ORDEN de 24 de julio de 2013, por la que se dictan normas sobre elaboración y estructura de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2014. - Boletín Oficial de Canarias de 29-07-2013
Índice
Texto
Ambito: Canarias
Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Julio de 2013
Órgano emisor: CONSEJERIA DE ECONOMIA, HACIENDA Y SEGURIDAD
Boletín: Boletín Oficial de Canarias Número 144
F. Publicación: 29/07/2013
Preambulo
CAPÍTULO I. PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS PARA 2014
Artículo 1. - Ámbito de aplicación.
Artículo 2. - Tramitación.
Artículo 3.- Procedimiento y plazos para la información relativa a los gastos de personal.
Artículo 4. - Estructura de las propuestas para los restantes capítulos de gasto.
Artículo 5.- Contenido de la primera propuesta.
Artículo 6. - Contenido de la segunda propuesta de presupuesto.
Artículo 7. - Valoración de las propuestas de presupuesto para políticas sectoriales en relación a su encaje como crédito cofinanciado en el ámbito de los fondos estructurales.
Artículo 8. - Valoración de las propuestas de presupuesto para políticas sectoriales en cuanto a su impacto en la economía y en el empleo atendiendo a la naturaleza de los gastos.
Artículo 9.- Reserva de eficacia ligada al cumplimiento de objetivos.
Artículo 10. - Créditos a consignar en la sección 19 "Diversas consejerías".
Artículo 11.- Plazos y procedimiento para la remisión de la información de las propuestas de gasto distintas del capítulo 1.
Artículo 12. - Plazos y procedimiento para la remisión de la información de las propuestas de ingresos.
Artículo 13. - Plazos y procedimientos para la remisión de otra información.
Artículo 14. - Entes integrantes del sector público con presupuesto estimativo.
CAPÍTULO II. ESTRUCTURA DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
Artículo 15. - Estructura general de los Presupuestos de Ingresos de los entes con presupuesto limitativo.
Artículo 16.- Estructura general de los Presupuestos de Gastos de los entes con presupuesto limitativo.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª
D.A. 2ª
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA.
ANEXO