Legislación
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ORDEN de 24 de julio de 2013, por la que se dictan normas sobre elaboración y estructura de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2014. - Boletín Oficial de Canarias de 29-07-2013

Tiempo de lectura: 5 min

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Ambito: Canarias

Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Julio de 2013

Órgano emisor: CONSEJERIA DE ECONOMIA, HACIENDA Y SEGURIDAD

Boletín: Boletín Oficial de Canarias Número 144

F. Publicación: 29/07/2013

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo
CAPÍTULO I. PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS PARA 2014
Artículo 1. - Ámbito de aplicación. Artículo 2. - Tramitación. Artículo 3.- Procedimiento y plazos para la información relativa a los gastos de personal. Artículo 4. - Estructura de las propuestas para los restantes capítulos de gasto. Artículo 5.- Contenido de la primera propuesta. Artículo 6. - Contenido de la segunda propuesta de presupuesto. Artículo 7. - Valoración de las propuestas de presupuesto para políticas sectoriales en relación a su encaje como crédito cofinanciado en el ámbito de los fondos estructurales. Artículo 8. - Valoración de las propuestas de presupuesto para políticas sectoriales en cuanto a su impacto en la economía y en el empleo atendiendo a la naturaleza de los gastos. Artículo 9.- Reserva de eficacia ligada al cumplimiento de objetivos. Artículo 10. - Créditos a consignar en la sección 19 "Diversas consejerías". Artículo 11.- Plazos y procedimiento para la remisión de la información de las propuestas de gasto distintas del capítulo 1. Artículo 12. - Plazos y procedimiento para la remisión de la información de las propuestas de ingresos. Artículo 13. - Plazos y procedimientos para la remisión de otra información. Artículo 14. - Entes integrantes del sector público con presupuesto estimativo.
CAPÍTULO II. ESTRUCTURA DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
Artículo 15. - Estructura general de los Presupuestos de Ingresos de los entes con presupuesto limitativo. Artículo 16.- Estructura general de los Presupuestos de Gastos de los entes con presupuesto limitativo.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª D.A. 2ª
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. ANEXO