Legislación

Orden de 29 de abril de 2021 de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Digital, por la que se modifica la Orden de 15 de abril de 2021, por la que se adecua la estructura presupuestaria de la Ley 1/2020, de 23 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020, prorrogada en 2021, a la nueva estructura de la Administración Pública Regional derivada del Decreto del Presidente n.º 34/2021, de 3 de abril, de Reorganización de la Administración Regional, modificado por Decreto de la Presidencia n.º 47/2021, de 9 de abril., - Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 04-05-2021

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Ambito: Murcia

Órgano emisor: CONSEJERIA DE ECONOMIA, HACIENDA Y ADMINISTRACION DIGITAL

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 100

F. Publicación: 04/05/2021

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 100 de 04/05/2021 y no contiene posibles reformas posteriores

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Administración Digital

3035 Orden de 29 de abril de 2021 de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Digital, por la que se modifica la Orden de 15 de abril de 2021, por la que se adecua la estructura presupuestaria de la Ley 1/2020, de 23 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020, prorrogada en 2021, a la nueva estructura de la Administración Pública Regional derivada del Decreto del Presidente n.º 34/2021, de 3 de abril, de Reorganización de la Administración Regional, modificado por Decreto de la Presidencia n.º 47/2021, de 9 de abril.

El artículo 17.2 de la Ley 1/2020, de 23 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020, prorrogada para el ejercicio 2021, prevé que «durante el ejercicio 2020, si se produce alguna modificación en la distribución de competencias que tienen atribuidas las distintas consejerías y organismos autónomos, y con el fin de posibilitar el ejercicio efectivo de las mismas, el titular de la Consejería de Presidencia y Hacienda podrá dictar las normas que sean precisas para atribuir a los correspondientes órganos la gestión de los créditos de los programas afectados por tales cambios competenciales, incluidas las modificaciones de crédito y, en su caso, la gestión de los proyectos de gasto nominativos y de los créditos ampliables de la presente ley».

Con fecha 17 de abril de 2021 se publicó en el Boletín Oficial de la Región de Murcia la Orden de 15 de abril de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Digital, por la que se adecua la estructura presupuestaria de la Ley 1/2020, de 23 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020, prorrogada en 2021, a la nueva estructura de la Administración Pública Regional derivada del Decreto del Presidente n.º 34/2021, de 3 de abril, de reorganización de la Administración Regional, modificado por Decreto de la Presidencia n.º 47/2021, de 9 de abril.

En dicha Orden se prevé que la Consejería de Presidencia, Turismo y Deportes gestionará los créditos recogidos en el programa 112B 'Comunicación y asistencia informativa de la C.A.', incluidas las modificaciones de crédito y, en su caso, la gestión de los créditos ampliables, dado que el Decreto del Presidente n.º 34/2021, de 3 de abril, de reorganización de la Administración Regional, modificado por el Decreto de la Presidencia nº 47/2021, de 9 de abril, atribuye a la Consejería de Presidencia, Turismo y Deportes las competencias en materia de coordinación y asesoramiento en materia de comunicación institucional, incluida la presencia digital y el desarrollo de buenas prácticas de comunicación digital a través de las redes sociales y otros medios tecnológicos de la Administración Regional. No obstante, al adscribir la entidad pública empresarial Radiotelevisión de la Región de Murcia a la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Digital, procede atribuir a esta Consejería la gestión de los créditos correspondientes a las partidas presupuestarias relativas a dicha entidad.

Por otro lado, con fecha 23 de abril de 2021, se publicó en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el Decreto n.º 91/2021, de 22 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto n.º 172/2019, de 6 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación y Cultura, debiendo especificarse el programa al que deben imputarse las retribuciones del titular de la nueva Dirección General de Patrimonio Cultural.

Por tanto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 17.2 de la Ley 1/2020, de 23 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020, prorrogada durante el ejercicio 2021, y en la disposición final primera del Decreto del Presidente n.º 34/2021, de 3 de abril, de reorganización de la Administración Regional.

Dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden de 15 de abril de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Digital, por la que se adecua la estructura presupuestaria de la Ley 1/2020, de 23 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2020, prorrogada en 2021, a la nueva estructura de la Administración Pública Regional derivada del Decreto del Presidente n.º 34/2021, de 3 de abril, de reorganización de la Administración Regional, modificado por Decreto de la Presidencia n.º 47/2021, de 9 de abril.

Uno. Se modifica el artículo 1, que queda redactado de la siguiente manera:

«La presente Orden se aplicará a la Consejería de Presidencia, Turismo y Deportes; a la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Digital; a la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía; y a la Consejería de Educación y Cultura, que son las afectadas por los cambios de denominación y de competencias producidos como consecuencia del Decreto del Presidente n.º 34/2021, de 3 de abril, de reorganización de la Administración Regional, modificado por Decreto de la Presidencia n.º 47/2021, de 9 de abril, y los respectivos Decretos por los que se establecen los órganos directivos.»

Dos. Se modifica el artículo 4, que queda redactado de la siguiente manera:

«Artículo 4. Adscripción del Boletín Oficial de la Región de Murcia y de Radiotelevisión de la Región de Murcia.

1. Con el fin de hacer efectiva la adscripción del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia a la Consejería de Presidencia, Turismo y Deportes, se atribuye a esta Consejería la gestión de los créditos de la partida presupuestaria 11.01.00.112A.410.00 'Al Boletín Oficial de la Región de Murcia'.

2. Con el fin de hacer efectiva la adscripción de la entidad pública empresarial Radiotelevisión de la Región de Murcia a la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Digital, se atribuye a esta Consejería la gestión de los créditos de las partidas presupuestarias 11.09.00.112B.440.07 y 11.09.00.112B.740.07 'A Radiotelevisión de la Región de Murcia'.»

Tres. Se añade un apartado 4 al artículo 5, con el siguiente texto:

«4. Las retribuciones del titular de la Dirección General de Patrimonio Cultural se imputarán al programa 458A 'Protección del patrimonio histórico', atribuido a la Consejería de Educación y Cultura.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y tendrá eficacia hasta la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021.

Murcia, 29 abril de 2021. El Consejero de Economía, Hacienda y Administración Digital, Javier Celdrán Lorente.

NPE: A-040521-3035