Legislación

ORDEN de 3 de junio de 2019, de la Consejera de Educación, por la que se procede a la actualización del anexo del Decreto 73/2012, de 15 de mayo, por el que se establecen los requisitos de competencia lingüística para impartir áreas o materias en lenguas extranjeras en la enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco y se reconocen títulos y certificados., - Boletín Oficial del Pais Vasco, de 10-06-2019

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Ambito: País Vasco

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACION

Boletín: Boletín Oficial del Pais Vasco Número 108

F. Publicación: 10/06/2019

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Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Pais Vasco Número 108 de 10/06/2019 y no contiene posibles reformas posteriores

El Decreto 73/2012, de 15 de mayo establece los requisitos de competencia lingüística para impartir áreas o materias en lenguas extranjeras en la enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País vasco y se reconocen títulos y certificados.

Dicho Decreto incluye en su anexo único títulos y certificados del nivel B2, C1 y C2 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas que acreditan la competencia lingüística para la impartición de áreas o materias en enseñanza no universitaria.

Debido a la aparición de nuevos títulos y denominaciones, se hace necesario proceder a la actualización de dicho anexo al objeto de preservar los derechos de las personas titulares de los mismos.

Dado que en virtud de la Disposición Final primera se faculta al Consejero o Consejera competente en materia de educación para la actualización del anexo del citado Decreto 73/2012, de 15 de mayo, suprimiendo de la relación aquellos títulos o certificados que hayan dejado de garantizar el nivel B2 o superior, o incorporando expresamente otros que acrediten dicho nivel, a propuesta de la Directora de Innovación Educativa, emitidos los informes preceptivos,

DISPONGO:

Artículo 1.- La presente Orden tiene por objeto la actualización del anexo del Decreto 73/2012, de 15 de mayo que establece los requisitos de competencia lingüística para impartir áreas o materias en lenguas extranjeras en la enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco y se reconocen títulos y certificados.

ANEXO

TÍTULOS Y CERTIFICADOS DE LOS NIVELES B2, C1 Y C2 DEL MARCO COMÚN EUROPEO DE REFERENCIA PARA LAS LENGUAS ADMITIDOS PARA IMPARTIR ÁREAS O MATERIAS EN LENGUA EXTRANJERA

INGLÉS

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FRANCÉS

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ALEMÁN

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(*) Requiere superación de todas las destrezas en el periodo de un año.

Nota: aquellos certificados expedidos con un periodo de vigencia determinado solo serán admitidos si se encuentran dentro del periodo marcado por la entidad que lo expide.

DISPOSICIÓN FINAL.- Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de junio de 2019.

La Consejera de Educación,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.