ORDEN 439/2015, de 7 de abril, de la Consejería de Asuntos Sociales, por la que se modifica parcialmente el impreso de solicitud de Tarjeta Acreditativa de Grado de Discapacidad en la Comunidad de Madrid., - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de 06-05-2015
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Ambito: Madrid
Órgano emisor: CONSEJERIA DE ASUNTOS SOCIALES
Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 106
F. Publicación: 06/05/2015
La Orden 181/2014, de 30 de enero, de la Consejería de Asuntos Sociales, por la que se regula la Tarjeta Acreditativa del Grado de Discapacidad en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de febrero de 2014), establece el procedimiento de adquisición de la Tarjeta Acreditativa del Grado de Discapacidad y el impreso de solicitud.
En virtud de las modificaciones normativas introducidas por el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y con el fin de actualizar los datos contenidos en el impreso de solicitud de Tarjeta Acreditativa del Grado de Discapacidad, se procede a ajustar el contenido.
De acuerdo con el criterio 14.h) del Decreto 85/2000, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Artículo único
Se modifica el Anexo Solicitud de la Tarjeta Acreditativa de Grado de Discapacidad cumpliendo con las obligaciones reguladas en el artículo 35.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Queda derogado el Anexo de la Orden 181/2014 de la Consejería de Asuntos Sociales de 30 de enero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de febrero de 2014).
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Se faculta a la Dirección General con competencia en materia de discapacidad de la Comunidad de Madrid para modificar el contenido y formato del modelo que se aprueba por esta Orden.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 7 de abril de 2015.
El Consejero de Asuntos Sociales, JESÚS FERMOSEL DÍAZ
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