Legislación

ORDEN de 7 de noviembre de 2013 de modificación de la Orden de 3 de octubre de 2013 por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio económico de 2013 y apertura del ejercicio 2014, y se modifican las Órdenes de 5 de enero de 2000 por las que se aprueban los documentos contables y la instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2013050254), - Diario Oficial de Extremadura, de 12-11-2013

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Ambito: Extremadura

Órgano emisor: CONSEJERIA DE ECONOMIA Y HACIENDA

Boletín: Diario Oficial de Extremadura Número 218

F. Publicación: 12/11/2013

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de Extremadura Número 218 de 12/11/2013 y no contiene posibles reformas posteriores

Las necesidades de gestión dentro de este ejercicio de determinados gastos hace necesario ampliar los plazos para las disposiciones de gasto contenidos en la Orden de 3 de octubre de 2013 por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio económico de 2013.

En su virtud, tengo a bien disponer:

Artículo único.

Se añade a las excepciones ya contempladas en la instrucción 3.1 de la Orden de 3 de octubre de 2013 por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio económico de 2013, la que se detalla a continuación, para la cual la fecha límite de entrada en las Intervenciones Delegadas es el 31 de diciembre de 2013:

- Los expedientes de gasto cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) del eje 2 "Desarrollo e Innovación Empresarial", tema prioritario 08 "Otras inversiones en las empresas" de la Sección 14 "Consejería de Empleo, Empresa e Innovación" para el Instrumento Financiero Jeremi.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, a 7 de noviembre de 2013.

El Consejero de Economía y Hacienda, ANTONIO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ