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ORDEN de 8 de enero de 2001 por la que se fija para el año 2001 la renta de referencia. - Boletín Oficial del Estado, de 16-01-2001

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 05 de Febrero de 2001

F. entrada en vigor: 05/02/2001

Órgano emisor: MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 14

F. Publicación: 16/01/2001

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 14 de 16/01/2001 y no contiene posibles reformas posteriores

La Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, establece en su disposición final sexta que por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se realizará periódicamente la determinación de la cuantía de la renta de referencia de conformidad con lo previsto en el apartado 12 del artículo 2 de la citada Ley. Este precepto dispone que se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido al respecto en la normativa de la Unión Europea y teniendo en cuenta los datos de salarios publicados por el Instituto Nacional de Estadística.

En su virtud, dispongo: Artículo único.

La renta de referencia a que se refiere el apartado 12 del artículo 2 de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, queda fijada para el año 2001 en la cuantía de 3.132.950 pesetas (18.829,41 euros) .

Disposición final única. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» .

Madrid, 8 de enero de 2001. ARIAS CAÑETE

Ilmos. Sres. Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación y Director general de Desarrollo Rural.