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Orden por la que se acuerda la continuación del procedimiento para la regulación de la Comisión para el Impulso de la Actividad Económica y de su Consejo Asesor, creados por la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de aceleración de la transformación del modelo económico regional para la generación de empleo estable de calidad., - Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 25-05-2020

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Ambito: Murcia

Órgano emisor: CONSEJERIA DE TRANSPARENCIA, PARTICIPACION Y ADMINISTRACION PUBLICA

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 119

F. Publicación: 25/05/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 119 de 25/05/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública

2389

Orden por la que se acuerda la continuación del procedimiento para la regulación de la Comisión para el Impulso de la Actividad Económica y de su Consejo Asesor, creados por la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de aceleración de la transformación del modelo económico regional para la generación de empleo estable de calidad.

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 establece, en su disposición adicional tercera, la suspensión de plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. No obstante, en los apartados 3 y 4 de la citada disposición se reconoce la posibilidad de exceptuar, mediante resolución motivada, tal suspensión en determinados supuestos.

Así, el apartado 4 permite acordar la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios.

Precisamente, la protección del interés general justifica la continuación del procedimiento para la regulación de la Comisión para el Impulso de la Actividad Económica y de su Consejo Asesor, cuyo objeto es impulsar la evaluación y el análisis de las obligaciones de información derivadas del cumplimiento de la normativa vigente que afectan a las empresas con objeto de llevar a cabo una reducción de cargas en los trámites administrativos relativos al desarrollo de la actividad económica, e identificar mejoras para introducir en la intervención administrativa.

Según la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad, la clave del éxito para alcanzar un nuevo modelo económico regional debe basarse en la creación de empleo estable y de calidad, y entre los elementos gestionables y decisorios en el ámbito estrictamente regional, figura la modificación y mejora del marco legislativo, estableciéndose como propósito final, la homogeneización de los desfases legislativos que han creado notables obstáculos para la necesaria y legítima iniciativa de empresarios y emprendedores, adaptándolos a las actuales necesidades del tejido empresarial.

A tal efecto, la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, crea la Comisión para el Impulso de la Actividad Económica, con objeto de efectuar el seguimiento y la evaluación de la implantación de las medidas establecidas en la misma, y en su artículo 35, establece la obligación de promulgar, a través de la correspondiente disposición reglamentaria, la organización y el régimen de funcionamiento de la misma y su Consejo asesor.

El principal objetivo de la Comisión es impulsar la evaluación y el análisis de las obligaciones de información derivadas del cumplimiento de la normativa vigente que afectan a las empresas con objeto de llevar a cabo una reducción de cargas en los trámites administrativos que afectan a la actividad económica, y para ello, desarrollará las siguientes funciones, todas ellas de interés general:

- Seguimiento de la aplicación de los regímenes de intervención que afectan a las actividades económicas en materia de industria, energía y minas, turismo, medio ambiente y ordenación territorial y urbanística.

- Analizar y valorar las comunicaciones remitidas por los interesados, colegios profesionales, organizaciones empresariales u otros colectivos afectados, relativas a la existencia de disposiciones, actos o actuaciones de las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que signifiquen un obstáculo para la aplicación de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, o puedan ser entendidas, con carácter general, como cargas administrativas.

- Identificar propuestas de mejora de la intervención administrativa en la actividad económica, proponer las acciones necesarias para implantarlas y realizar su seguimiento.

- Recibir información sobre los planes de control, inspección y verificación de las actividades económicas en las materias citadas con anterioridad, realizados por la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y sobre el resultado de los mismos.

La suspensión del plazo del procedimiento implicaría la paralización temporal del proceso de elaboración de la norma, que actualmente se encuentra en su fase final. En este sentido, conviene poner de manifiesto que los órganos colegiados cuya regulación se lleva a efecto, tienen entre sus objetivos lograr la plena efectividad de la aplicación de las disposiciones legales dictadas en el ámbito territorial de la Región de Murcia, en materia de simplificación administrativa y de reducción de cargas, en procedimientos directamente relacionados con la actividad económica, y que alcanza mayor sentido mantener en la situación generada por el COVID-19.

La necesidad de continuar con la tramitación de este procedimiento de regulación de órganos colegiados se fundamenta en la oportunidad de minimizar el impacto económico de la pandemia de COVID-19, considerando que se evita un perjuicio para el interés general y especialmente para las pequeñas y medianas empresas, que presentan mayor vulnerabilidad a los costes administrativos de explotación.

A estos efectos, la presencia en el seno de la Comisión y de su Consejo Asesor, de la organización empresarial más representativa de carácter intersectorial en el ámbito de la Región de Murcia, así como de las cámaras oficiales de comercio, industria, servicios y navegación y de los colegios profesionales, atendiendo a su representatividad empresarial y a su objeto y fines sociales, se consideran el cauce institucional adecuado para ayudar a identificar los trámites y cargas burocráticas innecesarias, redundantes o excesivas, que pesan sobre la creación de empresas y el desarrollo de su actividad y para determinar o sugerir cambios o medidas que faciliten su simplificación o reducción, lo que permitirá mejorar la calidad de la legislación y su adecuación a las necesidades socioeconómicas actuales.

En virtud de lo expuesto, y de conformidad con las facultades que nos atribuye el artículo 16 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, resolvemos:

Primero.- Acordar la continuación de la tramitación del procedimiento para la regulación de la Comisión para el Impulso de la Actividad Económica y su Consejo Asesor.

Segundo.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, en la forma y a los efectos que determina el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero.- La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

En Murcia, 15 de mayo de 2020. La Consejera de Transparencia, Participación y Administración Pública, Beatriz Ballesteros Palazón. La Consejera de Empresa, Industria y Portavocía, Ana Martínez Vidal.?

NPE: A-250520-2389