Legislación

ORDEN ARM/2050/2008, de 27 de junio, por la que se amplia el ambito de aplicacion del Real Decreto-ley 9/2007, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequia en determinadas cuencas hidrograficas. - Boletín Oficial del Estado, de 14-07-2008

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 15 de Julio de 2008

F. entrada en vigor: 15/07/2008

Órgano emisor: MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 169

F. Publicación: 14/07/2008

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 169 de 14/07/2008 y no contiene posibles reformas posteriores

Las circunstancias que motivaron la disposición de medidas urgentes para paliar los efectos de la sequía, mediante el Real Decreto-ley 9/2007, de 5 de octubre, han sido constatadas en otras cuencas hidrográficas y otras zonas de riego de las cuencas incluidas en el ámbito definido en él, por lo que, oídas las Comunidades Autónomas de Castilla-La Mancha y Valenciana, así como las organizaciones agrarias más representativas del sector, procede la ampliación del ámbito de aplicación de la citada norma. Así, en uso de la facultad contenida en la disposición adicional primera del citado Real Decreto-ley, dispongo:

Artículo único. Ampliación del ámbito de aplicación del anexo I del Real Decreto-ley 9/2007, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en determinadas cuencas hidrográficas.

Se amplía dicho ámbito de aplicación del anexo I del Real Decreto-ley 9/2007, de 5 de octubre, a las siguientes cuencas y zonas regables de las mismas de las Confederaciones Hidrográficas:

Cuenca Hidrográfica del Guadiana, Zona regable de Peñarroya.

Cuenca Hidrográfica del Júcar, Zona regable del Magro.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de junio de 2008.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Elena Espinosa Mangana.