Orden de la Consejería de Salud, relativa al calendario de vacunación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para todas las edades de la vida, así como para grupos y situaciones de riesgo y para situaciones especiales., - Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 02-10-2019
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Ambito: Murcia
Órgano emisor: CONSEJERIA DE SALUD
Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 228
F. Publicación: 02/10/2019
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Salud
| 5922 | Orden de la Consejería de Salud, relativa al calendario de vacunación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para todas las edades de la vida, así como para grupos y situaciones de riesgo y para situaciones especiales. |
El Anexo II del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, prevé en su apartado 3.1.2 -relativo a actividades preventivas incorporadas en la cartera de servicios comunes de atención primaria- la inclusión de las vacunaciones en todos los grupos de edad y, en su caso, grupos de riesgo, según el calendario de vacunación vigente aprobado por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y las administraciones sanitarias competentes, así como aquellas que puedan indicarse, en población general o en grupos de riesgo, por situaciones que epidemiológicamente lo aconsejen.
Un calendario de vacunación es un instrumento de prevención sometido a cambios periódicos en función de determinados parámetros tales como epidemiología de las enfermedades prevenibles, aparición de nuevos preparados y modificaciones en las pautas o esquemas de utilización.
Este calendario, en el contexto de un Programa, no debería incluir exclusivamente a la población pediátrica, sino que debería hacerse extensivo a lo largo de la vida, tanto para población sana como para aquella que presente un riesgo incrementado de padecimiento de enfermedades prevenibles por vacunación, bien sea por estar aquejada de alguna patología de base o por condiciones individuales o circunstancias ligadas a determinados estilos de vida.
A este respecto y muy recientemente, el Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, previa aprobación de la Comisión de Salud Pública, y en sesión de quince de noviembre de 2018 aprobó los documentos técnicos 'Vacunación en grupos de riesgo de todas las edades y en determinadas situaciones' y 'Vacunación en población adulta' que, en síntesis, recogen unas recomendaciones consensuadas para ser implantadas en las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus programas sistemáticos de vacunación.
Por otra parte, y en relación al calendario de vacunación del niño-preadolescente merecen especial atención las enfermedades sistémicas causadas por el patógeno N meningitidis, caracterizadas por un cuadro clínico muy grave que afecta al torrente sanguíneo y/o meninges, que puede registrar letalidades de hasta el 12% y con grandes probabilidades de dejar secuelas graves permanentes.
Esta enfermedad meningocócica invasora (EMI) puede estar causada por varios serogrupos del mismo patógeno, siendo a escala mundial los más habituales el B, C, A, W e Y. Desde hace un par de décadas el más prevalente en España es el serogrupo B, una vez que se vacuna frente al serogrupo C a los cuatro y doce meses y nuevamente a los once años, pero en los últimos años han adquirido especial protagonismo los meningococos pertenecientes a los serogrupos W e Y que eran prácticamente testimoniales hasta hace unos años.
Tanto el Centro Nacional de Epidemiología como el Centro Nacional de Microbiología vienen alertando de un importante incremento de los aislamientos de ambos serogrupos, que afectaron inicialmente a población adulta para ir desplazándose a edades más tempranas. Ello motivó que desde la Comisión de Salud Pública se pusiera en marcha un grupo de trabajo en el seno de la Ponencia de Programa y Registro de Vacunación cuyo objetivo era el de analizar la situación y valorar la pertinencia de acometer medidas de protección activa frente a la EMI por serogrupos W e Y, manteniendo y reforzando la protección frente al serogrupo C. La citada Ponencia trasladó a la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud la conveniencia de actuar inicialmente en el grupo de edad de la preadolescencia que supone el más importante reservorio nasofaríngeo de la bacteria, con un doble objetivo: proporcionar protección directa a ese colectivo y proporcionar protección indirecta (protección comunitaria) a los más pequeños y a los mayores mediante la eliminación del estado de portador del patógeno y, de ese modo, reducir la transmisión a terceros y la posibilidad de adquirir la infección y la enfermedad.
A la vista del mencionado Informe, la Comisión de Salud Pública en reunión de catorce de marzo de 2019 acordó el cambio de la actual vacuna conjugada frente a meningococo C de los once-doce años por la vacuna conjugada tetravalente que incluye los serogrupos A, C, Y y W con un plazo de hasta 2020 y, por otra parte, una repesca de los de dieciocho o menos años a lo largo de un periodo de dos o tres años. Este Acuerdo fue ratificado por el Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en reunión del ocho de mayo de 2019.
Por todo ello, al objeto de incorporar estos cambios al calendario de vacunación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y en virtud de las competencias que me están conferidas en materia de Salud Pública, consultados los órganos competentes en asuntos de vacunación, y a propuesta de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones:
Dispongo:
Artículo 1. Carácter del Programa de Vacunas
1. Todas las vacunaciones sistemáticas tendrán carácter gratuito en los centros públicos y privados debidamente autorizados por la Consejería de Salud.
2. El personal sanitario deberá recomendar el cumplimiento de este Programa en todos sus términos.
Artículo 2. Calendario de vacunación infantil.
Se establece el Calendario de Vacunación en la edad pediátrica y adolescencia, que figura en el Anexo 1.
Artículo 3. Calendario de vacunación del adulto
Se establece el Calendario de Vacunación en la edad adulta, que figura en el Anexo 2.
Artículo 4. Calendario de vacunación de personas en grupos de riesgo y situaciones especiales
Se establece el Calendario de Vacunación en cohortes específicas, en situaciones especiales y para grupos de riesgo, tanto para niños como para adultos, que figura en los Anexos 3, 4, 5 y 6.
Disposición adicional primera
Se faculta al Director General de Salud Pública y Adicciones para dictar cuantos actos sean necesarios en aplicación y desarrollo de la presente Orden.
Disposición adicional segunda
La presente Orden entrará en vigor a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Murcia, 17 de septiembre de 2019.-El Consejero de Salud?, Manuel Villegas García.
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NPE: A-021019-5922
