Orden de la Consejería de Transparencia, Seguridad y Emergencias por la que se crea y regula el uso del logotipo de la Inspección General de Servicios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia., - Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 18-03-2022
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Ambito: Murcia
Órgano emisor: CONSEJERIA DE TRANSPARENCIA, SEGURIDAD Y EMERGENCIAS
Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 64
F. Publicación: 18/03/2022
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Transparencia, Seguridad y Emergencias
| 1278 | Orden de la Consejería de Transparencia, Seguridad y Emergencias por la que se crea y regula el uso del logotipo de la Inspección General de Servicios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. |
El Decreto 93/2012, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Inspección General de Servicios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, recoge en su artículo 1: 'La Inspección General de Servicios, como máximo órgano de control en materia de función pública, organización administrativa y calidad de los servicios de la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sus Organismos Públicos y demás entidades de derecho público vinculados o dependientes de ella, es el órgano de naturaleza horizontal que, bajo la superior dirección del Consejero competente en la materia, efectúa la tarea permanente de inspección de servicios, asesoramiento, racionalización y simplificación de los procedimientos, a fin de mejorar la calidad de los servicios públicos.'
El decreto del Presidente 3/2022, de 8 de febrero, de reorganización de la Administración Regional, señala en su artículo 9, que la Consejería de Transparencia, Seguridad y Emergencias es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno, entre otras materias, de la inspección y calidad de los servicios.
Por tratarse la Inspección General de Servicios de un órgano de naturaleza horizontal es pertinente que posea un logotipo que, junto con la imagen institucional de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, simbolice y represente a la Inspección General de Servicios y dote a este órgano de una rápida y fácil identificación visual.
Atendiendo a esta circunstancia, por Orden de 21 de febrero de 2022, de la Consejería de Transparencia, Seguridad y Emergencias se procede a encargar al organismo autónomo 'Boletín Oficial de la Región de Murcia' el suministro de creación y diseño del logotipo de la Inspección General de Servicios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Por otra parte, el logotipo que se crea con la presente Orden es compatible con lo dispuesto por el artículo 3.2 del Decreto 30/2008, de 14 de marzo, que aprueba la identidad corporativa del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Manual que la desarrolla. Señala el citado precepto que las Consejerías y los órganos de ellas dependientes no podrán alterar la identidad corporativa de la Comunidad Autónoma, lo que únicamente supone que junto al logotipo que ahora se propone crear debe utilizarse la identificación corporativa de la Comunidad Autónoma en los términos regulados por el reseñado Decreto.
Se pretende así, aprobar y hacer público el modelo oficial del logotipo de la Inspección General de Servicios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con objeto de asegurar su uso adecuado y uniforme.
Por cuanto antecede, en virtud de las competencias atribuidas en el anteriormente citado Decreto del Presidente 3/2022, de 8 de febrero y de conformidad con el artículo 16.2.d) de la Ley 7/2004 de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,
Dispongo:
Artículo 1. Objeto
1. El objeto de la presente orden es la creación del logotipo de la Inspección General de Servicios (IGS) de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que se configura como distintivo que lo representa y simboliza, conforme a lo dispuesto en el 'Anexo Técnico' de esta Orden.
2. El logotipo se utilizará, junto con el Escudo Regional, para visualizar la representación de la Inspección General de Servicios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, concebida como órgano de carácter horizontal y de control 'ad intra'.
Artículo 2. Uso
1. El logotipo de la Inspección General de Servicios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se podrá utilizar en todo documento que contenga actos administrativos, incluidos los actos de mero trámite, en bienes, en informaciones, publicaciones, folletos, anuncios en prensa, impresos u otro tipo de expresión en cualquier soporte, incluidos los audiovisuales o telemáticos, así como señalizaciones, rótulos y carteles de carácter informativo o publicitario y, en todo caso, siempre que la Dirección General competente en materia de inspección general de servicios, lo estime conveniente.
2. La utilización del logotipo será exclusiva de la Administración Regional. El empleo del logotipo seguirá la composición, disposición y tipografía establecidas en el 'Anexo técnico', en el cual se incluyen las distintas versiones del mismo.
3. La Dirección General competente en materia de inspección general de servicios, podrá autorizar la reproducción del logotipo previa solicitud escrita del interesado, a la que deberá acompañarse una memoria justificativa del uso que se quiere dar al mismo.
La autorización para el uso del logotipo, establecerá las condiciones a que deberá ajustarse el mismo sin que, en ningún caso, puedan introducirse alteraciones en su reproducción.
4. El logotipo objeto de esta orden, no podrá utilizarse en supuestos o términos distintos de los aquí contemplados.
Disposición final única. Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Murcia, 14 de marzo de 2022. El Consejero de Transparencia, Seguridad y Emergencias, Antonio Sánchez Lorente.
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NPE: A-180322-1278
