Orden de la Consejería de Turismo, Juventud y Deportes, por la que se regula el modelo de tarjeta de identificación del personal que ejerce funciones de inspección en materia de deportes., - Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 12-12-2019
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Ambito: Murcia
Órgano emisor: CONSEJERIA DE TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 286
F. Publicación: 12/12/2019
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Turismo, Juventud y Deportes
| 7715 | Orden de la Consejería de Turismo, Juventud y Deportes, por la que se regula el modelo de tarjeta de identificación del personal que ejerce funciones de inspección en materia de deportes. |
La Ley 8/2015 de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia, regula en su Título X, la Inspección Deportiva y régimen sancionador, definiendo la Inspección Deportiva como una unidad administrativa dependiente de la Consejería con competencias en materia de actividad física y deporte que realiza las funciones recogidas en el artículo 88 de la citada Ley.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 53, apartado 1, letra b), que los interesados en un procedimiento administrativo tienen el derecho a identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos.
La Administración Regional de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia reguló, mediante Orden de 9 de marzo de 1993 de la entonces Consejería de Administración Pública e Interior, el sistema de identificación común del personal a su servicio en el interior de los centros o dependencias de trabajo, excluyendo de su ámbito normativo la forma específica de identificación para el caso del personal cuyas funciones se desarrollaran en el exterior de tales centros o dependencias. Se considera por tanto necesario, en aras de mejorar la información y comunicación de la Administración con los ciudadanos, y poder ejercer debidamente las funciones atribuidas, regular el modelo de tarjeta de identificación del personal de la Consejería de Turismo, Juventud y Deportes que ejerce funciones de inspección en materia de actividad física y deporte.
El Decreto del Presidente 29/2019, de 31 de julio, de reorganización de la Administración Regional, modificado por el Decreto de la Presidencia 44/2019, de 3 de septiembre, dispone en su artículo 6 la creación de la Consejería de Turismo, Juventud y Deportes, la cual asumirá las competencias en materia de deportes.
En su virtud, a propuesta del Director General de Deportes, y en virtud de las facultades reconocidas en el artículo 38 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia.
Dispongo:
Artículo 1. Identificación Personal.
Al personal funcionario adscrito a la Consejería competente en materia de deportes que ejerza funciones de inspección en materia de actividad física y deporte, le será expedida la correspondiente tarjeta de identificación que se ajustará al modelo que figura como Anexo de la presente Orden.
Artículo 2. Expedición y retirada de la tarjeta.
1.- Las tarjetas de identificación serán expedidas por el/la Secretario/a General de la Consejería que ostente la competencia en materia de actividad física y deporte, a propuesta del titular de la Dirección General competente en dicha materia.
2.- En casos de sustracción, deterioro o pérdida de la tarjeta de identificación personal, su titular deberá comunicarlo inmediatamente, por escrito, al Servicio de Régimen Interior de la Consejería competente en materia de actividad física y deporte, a efectos de control y de la expedición de una nueva tarjeta.
3.- El titular de la tarjeta procederá a su inmediata devolución en los casos de cese en el puesto de trabajo o cuando aparezcan circunstancias que impliquen la finalización, tanto temporal como definitiva, en el desempeño de las funciones mencionadas en el artículo 1 de la presente Orden.
Artículo 3. Registro.
El/la Secretario/a General de la Consejería competente en materia de deportes, a través del Servicio de Régimen Interior, llevará un Registro de las tarjetas de identificación expedidas, donde se reflejen los datos identificativos del titular y, en su caso, el período de vigencia de éstas y las que han sido anuladas.
Artículo 4. Uso de la Tarjeta.
El uso de la tarjeta de identificación está limitado al ejercicio de las funciones del personal descritos en el artículo 1 de esta Orden, no pudiendo utilizarse para otra finalidad distinta.
Disposición final.
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Murcia, 27 de noviembre de 2019.? La Consejera de Turismo, Juventud y Deportes, María Cristina Sánchez López
ANEXO
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NPE: A-121219-7715
