Legislación

ORDEN CYT/1318/2019, de 18 de diciembre, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos, del fallo de la Sentencia n.º 86, de 2 de febrero de 2018, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid, en el Procedimiento Ordinario 504/2017., - Boletín Oficial de Castilla y León, de 24-12-2019

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Ambito: Castilla y León

Órgano emisor: CONSEJERIA DE CULTURA Y TURISMO

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 246

F. Publicación: 24/12/2019

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León Número 246 de 24/12/2019 y no contiene posibles reformas posteriores

Con fecha 2 de febrero de 2018, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, dictó la Sentencia n.º 86, por la que se resolvía el Recurso Contencioso Administrativo n.º 504/2017 en el que se impugna el Decreto 3/2017, de 16 de febrero por el que se regulan los establecimientos de alojamiento en la modalidad de vivienda de uso turístico en la Comunidad de Castilla y León. El fallo es el siguiente:

«Estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo, registrado con el n.º 504/2017, presentado por LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA, representada y asistida por el Abogado del Estado contra el Decreto 3/2017, de 16 de febrero por el que se regulan los establecimientos de alojamiento en la modalidad de vivienda de uso turístico en la Comunidad de Castilla y León, ANULAMOS el Art. 3.2 del Decreto 3/2017. Todo ello sin hacer expresa imposición en materia de costas procesales.

Una vez firme esta Sentencia, publíquese en el plazo de diez días el fallo en los mismos periódicos oficiales en los que se publicó la disposición impugnada, a los efectos previstos en los artículos 72.2 y 107 de la Ley reguladora de esta Jurisdicción.»

Adquirida firmeza dicha Resolución, por la Sentencia de 24 de septiembre de 2019 de la sala tercera del Tribunal Supremo, en su virtud, esta Consejería de Cultura y Turismo, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, 72.2 y 107.2 y demás preceptos concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación del dicho fallo en el Boletín Oficial de Castilla y León, para general conocimiento, y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Valladolid

2019-12-18

El Consejero de Cultura y Turismo, Fdo.: Javier Ortega Álvarez