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ORDEN DSO/20/2022, de 21 de febrero, por la que se determina la composición de la Mesa de Contratación del Departamento de Derechos Sociales., - Diario Oficial de Cataluña, de 24-02-2022

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Ambito: Cataluña

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE DERECHOS SOCIALES

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 8613

F. Publicación: 24/02/2022

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de Cataluña Número 8613 de 24/02/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

Considerando el Decreto 21/2021, de 25 de mayo, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalitat de Catalunya;

Considerando el Decreto 256/2021, de 22 de junio, de reestructuración del Departamento de Derechos Sociales, que determina las funciones de las unidades que lo configuran;

De acuerdo con lo que establece el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público;

De conformidad con el artículo 45 de la Ley 16/2008, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y financieras, y con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya,

Ordeno:

Artículo único

1.1 La Mesa de Contratación del Departamento de Derechos Sociales asiste al órgano de contratación de este Departamento en los términos que prevé la normativa sobre contratos del sector público.

1.2 Determinar la composición de la Mesa de Contratación del Departamento de Derechos Sociales, que queda integrada de la siguiente manera:

Presidencia: la persona titular de la Dirección de Servicios.

Vicepresidencia: la persona titular de la Subdirección General de Contratación y Equipamientos, que asumirá la presidencia en caso de ausencia de la persona correspondiente.

Vocales:

La persona titular del Servicio de Contratación y Patrimonio.

Una persona en representación de la unidad administrativa que propone el contrato.

El abogado o abogada jefe del citado Departamento o un letrado o letrada adscrito a la Asesoría Jurídica en quien delegue.

El interventor o interventora delegado del citado Departamento o un técnico o técnica adscrito a la Intervención Delegada en quien delegue.

Secretario o secretaria: actuará indistintamente, como secretario o secretaria, con voz pero sin voto, el jefe o jefa de la Sección de Contratación o una persona funcionaria de la Subdirección General de Contratación y Equipamientos, designada por el presidente o presidenta de la Mesa.

En caso de ausencia, vacante, enfermedad o por cualquier otra causa justificada, rigen las normas de sustitución de los órganos colegiados que contienen el capítulo II del título I de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y el artículo 19 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

1.3 Cuando la naturaleza de las contrataciones que se deban llevar a cabo lo aconseje o cuando se crea conveniente, el presidente o presidenta de la Mesa de Contratación podrá decidir la asistencia a las reuniones, con voz pero sin voto, del personal técnico especializado adecuado.

1.4 La Mesa de Contratación se constituye con carácter permanente y con las funciones que le asigna la normativa sobre contratos del sector público.

Disposición derogatoria

Se deroga la Orden ASC/464/2007, de 19 de noviembre, por la que se determina la composición de la Mesa de Contratación del Departamento de Acción Social y Ciudadanía, actualmente Departamento de Derechos Sociales.

Disposiciones finales

-1 La composición de la Mesa de Contratación se publicará en el perfil de contratante del Departamento de Derechos Sociales de la Plataforma de servicios de contratación pública de la Generalitat de Catalunya (https://contractaciopublica.gencat.cat/ecofin_pscp/AppJava/perfil/bsf).

-2 Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 21 de febrero de 2022

Violant Cervera i Gòdia

Consejera de Derechos Sociales