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ORDEN ECD/1237/2004, de 13 de abril, por la que se corrigen errores en la Orden ECD/273/2004, de 3 de febrero, por la que se regula el Comite Español de Deporte Universitario. - Boletín Oficial del Estado, de 08-05-2004

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 28 de Mayo de 2004

F. entrada en vigor: 28/05/2004

Órgano emisor: MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 112

F. Publicación: 08/05/2004

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 112 de 08/05/2004 y no contiene posibles reformas posteriores

Advertidos errores en la Orden ECD/273/2004, de 3 de febrero (B. O. E. del 13) , por la que se regula el Comité Español de Deporte Universitario, se procede a su corrección sustituyendo los textos de los apartados tercero, quinto (punto uno, 4) , sexto (punto uno, 3) , decimotercero y decimoséptimo (primer párrafo del punto 1 y punto 2) , en los siguientes términos:

«Apartado tercero. Órganos del Comité Español de Deporte Universitario. Integrarán el Comité Español de Deporte Universitario:

El Presidente. El Pleno. La Comisión Permanente. La Comisión Técnica. El Secretario. Los Asesores Técnicos.»

Apartado quinto. El Pleno. Uno, 4: «4. Vocales

a) El Subdirector General del Consejo Superior de Deportes con competencia en materia de deporte universitario.

b) Un representante por cada Universidad, nombrado por el Rector.

c) Los Asesores Técnicos de las modalidades deportivas correspondientes.

d) Un representante por cada una de las Comunidades Autónomas.»

Apartado Sexto. La Comisión Permanente. Uno, 3. «3. Vocales: Nueve; de estos, seis por elección de entre los representantes de las Universidades en el Pleno, dos por elección de entre los representantes de las Comunidades Autónomas en el Pleno, y el Subdirector General del Consejo Superior de Deportes con competencia en deporte universitario.»

Apartado Decimotercero. Duración del mandato: La referencia al punto «Sexto, Uno» , debe entenderse al «apartado Sexto, Uno» .

Apartado Decimoséptimo. Quórum: Primer párrafo del punto Uno: «El quórum para la válida constitución del Pleno, de la Comisión Permanente y de la Comisión Técnica será el de la mayoría de sus componentes» .

Punto Dos: «Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos de los asistentes.»

Madrid, 13 de abril de 2004. DEL CASTILLO VERA

Excmo. Sr. Presidente del Consejo Superior de Deportes.