ORDEN EDU/431/2013, de 5 de junio, por la que se amplía el plazo máximo de matrícula en período ordinario de las enseñanzas de educación secundaria obligatoria y bachillerato, para el año académico 2013-2014., - Boletín Oficial de Castilla y León, de 10-06-2013
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Ambito: Castilla y León
Órgano emisor: CONSEJERIA DE EDUCACION
Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 109
F. Publicación: 10/06/2013
La Orden EDU/178/2013, de 25 de marzo, por la que se desarrolla el Decreto 11/2013, de 14 de marzo, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, contempla en su artículo 23 que la formalización de la adjudicación de la plaza en el proceso de admisión se llevará a cabo mediante la matrícula, que en el período ordinario o extraordinario de admisión se deberá realizar en un plazo máximo de diez días hábiles a contar desde la fecha de publicación de la resolución de adjudicación de plazas.
Una vez avanzado el proceso de admisión correspondiente al año académico 2013-2014, a la vista del volumen de solicitudes presentadas, de su distribución entre las diversas etapas y en consideración a las tareas que deben realizar los centros docentes participantes en dicho proceso y a la dedicación que supone la tramitación de la matrícula con la meticulosidad debida, se observa la conveniencia de ampliar el plazo máximo de matrícula en período ordinario de las enseñanzas de educación secundaria obligatoria y bachillerato en los términos posibilitados por el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Por lo expuesto,
RESUELVO
Ampliar a quince días el plazo máximo de matrícula en período ordinario de las enseñanzas de educación secundaria obligatoria y bachillerato previsto en el artículo 23 de la Orden EDU/178/2013, de 25 de marzo, por la que se desarrolla el Decreto 11/2013, de 14 de marzo, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, para el año académico 2013-2014.
Contra la presente orden no cabe recurso alguno.
Valladolid, 5 de junio de 2013.
El Consejero, Fdo.: Juan José Mateos Otero
