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Orden EDU/8/2022, de 1 de marzo, por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma de Cantabria., - Boletín Oficial de Cantabria, de 18-03-2022

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Ambito: Cantabria

Órgano emisor: CONSEJERIA DE EDUCACION Y FORMACION PROFESIONAL

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 54

F. Publicación: 18/03/2022

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Cantabria Número 54 de 18/03/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

El Decreto 75/2010, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria regula, de forma general, la organización y funcionamiento de dichos centros y autoriza, en su disposición final primera, al titular de la Consejería de Educación para desarrollar lo dispuesto en el mismo.

Las instrucciones que se aprueban mediante la presente orden concretan y desarrollan la organización y funcionamiento de los centros establecidos por dicho reglamento orgánico. Estas instrucciones se estructuran en nueve capítulos. El primero se refiere a la red de centros y a la plantilla de los mismos. El capítulo II se refiere a los órganos de coordinación docente, detallándose los procedimientos y plazos en los que estos deben desarrollar sus funciones, atribuciones o competencias. El capítulo III está dedicado a otros coordinadores. El capítulo IV está dedicado al régimen de funcionamiento de los institutos y en él se establecen aspectos referidos a la elaboración, desarrollo y evaluación de la Programación General Anual (en adelante PGA) y de los documentos que la componen. En los capítulos V, VI, VII y VIII se establecen las disposiciones referidas al horario general de los institutos, los criterios que se deben tener en cuenta para la distribución y elaboración del horario del alumnado, profesorado y personal de administración y servicios, así como aspectos referidos a la aprobación y cumplimiento de dichos horarios. El capítulo IX está dedicado a los institutos con residencia, especificando aspectos relativos a la organización, funcionamiento y horario de los mismos. Y, finalmente, en el capítulo X, se establecen otras disposiciones normativas.

Estas instrucciones proporcionan un marco estable de referencia para la organización y el funcionamiento de los institutos de educación secundaria, a la par que responden a la necesidad de ajustarlos a la actual normativa vigente, que se desprende de los cambios establecidos por la Ley 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación, en cuanto a la distribución de competencias del Consejo Escolar y del director, recogidas en sus artículos 127 y 132, respectivamente.

Esta orden se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública y en la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. En concreto, es acorde con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, en tanto que la misma persigue un interés general al garantizar una adecuada organización y un buen funcionamiento en todos los Institutos de Enseñanza Secundaria de Cantabria, no existiendo ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos; resulta coherente con el ordenamiento jurídico y permite una gestión más eficiente de los recursos públicos. Del mismo modo, durante el procedimiento de elaboración de la norma se ha permitido la participación activa de los potenciales destinatarios a través del trámite de audiencia e información pública.

En consecuencia, en aplicación de la habilitación contenida en la disposición final primera del Decreto 75/2010, de 11 de noviembre, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 35.f) de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen

Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo único. Objeto y ámbito de aplicación.

La presente orden tiene por objeto aprobar las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los institutos de educación secundaria y de los institutos de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad Autónoma de Cantabria, cuyo texto figura como anexo de esta orden.

Disposición adicional primera. Centros privados concertados.

Los centros educativos privados concertados adaptarán la aplicación de lo dispuesto en la presente orden a su organización en consideración a la legislación específica que los regula.

Disposición adicional segunda. Referencias de género.

Todas las referencias para las que se usa la forma de masculino genérico, deben entenderse aplicables indistintamente a mujeres y hombres.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente orden.

Disposición final primera. Desarrollo normativo.

Se autoriza al titular de la Dirección General Personal Docente y Ordenación Académica a dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en esta orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor para el inicio de curso 2022-2023.

Santander, 1 de marzo de 2022.

La consejera de Educación y Formación Profesional,

Marina Lombó Gutiérrez.

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