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Orden EPS/16/2021, de 27 de mayo, por la que se fijan los precios públicos de las prestaciones y servicios del Instituto Cántabro de Ser- vicios Sociales destinados a la atención a personas en situación de dependencia., - Boletín Oficial de Cantabria, de 28-05-2021

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Ambito: Cantabria

Órgano emisor: CONSEJERIA DE EMPLEO Y POLITICAS SOCIALES

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 102

F. Publicación: 28/05/2021

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Cantabria Número 102 de 28/05/2021 y no contiene posibles reformas posteriores

El Decreto 33/2012, de 26 junio, por el que se regulan los precios públicos de las prestaciones y servicios del Instituto Cántabro de Servicios Sociales destinados a la atención a perso- nas en situación de dependencia, constituye el marco regulador para fijar los precios públicos prestados en el Sistema Público de Servicios Sociales, constituido por centros y servicios de titularidad pública y privada concertada.

Mediante Orden UMA/13/2019, de 14 de marzo, se fijaron los precios públicos de las prestaciones y servicios del Instituto Cántabro de Servicios Sociales destinados a la atención de personas en situación de dependencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de dicho Decreto, que determina que la fijación y revisión de la cuantía de los precios públicos de las prestaciones y servicios se realizará mediante Orden de la Consejería competente en materia de servicios sociales.

Como consecuencia de la Orden EPS/6/2021, de 26 de marzo, por la que se regulan los requisitos estructurales, funcionales de los centros de servicios sociales especializados y los requisitos de acreditación de los centros de atención a la dependencia de la Comunidad Autónoma de Cantabria se modifican los requisitos funcionales de los centros, destacando la nueva exigencia de intensidad de personal de atención directa de forma unificada para todos los grados de dependencia, incluyendo la atención sociosanitaria, por lo que resulta necesario adecuar los precios públicos a esa nueva regulación.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la directora del Instituto Cántabro de Servicios Sociales, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda,

DISPONGO

Artículo Único. Objeto.

De conformidad con el artículo 5 del Decreto 33/2012, de 26 junio, la presente Orden tiene por objeto fijar la cuantía de los precios públicos de las prestaciones y servicios del Instituto Cántabro de Servicios Sociales destinados a la atención a personas en situación de dependen- cia, conforme al Anexo a esta Orden.

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA

Delegación de la gestión y liquidación del precio público

Se delega en la entidad prestadora del servicio la gestión y liquidación de la aportación de las personas usuarias. El precio público máximo a satisfacer por cada persona usuaria será establecido mediante Resolución de la Directora del Instituto Cántabro de Servicios Sociales en base a la normativa correspondiente. Estas cantidades se considerarán parte del pago del servicio prestado y se deducirán de la cuantía a abonar por el ICASS en base a los convenios y conciertos de reserva y ocupación de plazas o por los servicios prestados.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Derogación normativa

Queda derogada la Orden UMA/13/2019, de 14 de marzo, por la que se fijan los precios públicos de las prestaciones y servicios del Instituto Cántabro de Servicios Sociales destinados a la atención a personas en situación de dependencia y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Normas de desarrollo

Se faculta a la Directora del Instituto Cántabro de Servicios Sociales para dictar las instruc- ciones necesarias para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en esta Orden.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día 1 de junio de 2021.

Santander, 27 de mayo de 2021.

La consejera de Empleo y Políticas Sociales, Ana Belén Álvarez Fernández.

ANEXO

Los precios públicos máximos que serán exigibles para todos los servicios por día, incluidos todos los conceptos, para cada uno de los servicios, son los que a continuación se relacionan, en función de su tipología:

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