Orden ESS/229/2012, de 9 de febrero, por la que se establecen para el año 2012 las bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero. - Boletín Oficial del Estado de 13-02-2012
- Ámbito: Estatal
- Estado: Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 14 de Febrero de 2012 hasta 01 de Abril de 2013
- Fecha de entrada en vigor: 14/02/2012
- Órgano Emisor: Ministerio De Empleo Y Seguridad Social
- Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 37
- Fecha de Publicación: 13/02/2012
El artículo 132.Siete.2 de la prorrogada Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, prevé que la cotización para todas las contingencias y situaciones protegidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero a que se refiere el artículo 19.5 del
A tal finalidad responde el contenido de esta orden, mediante la que se determinan, en función de los valores medios de las remuneraciones percibidas en el año 2011, las bases únicas para la cotización por contingencias comunes y profesionales según provincias, modalidades de pesca y categorías profesionales.
Al propio tiempo, se incluye una disposición adicional única relativa a la incorporación obligatoria al sistema RED a partir de 1 de marzo de 2012, de las empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar, encuadrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, y que tengan diez o menos de diez trabajadores en alta.
En virtud de la habilitación conferida por el artículo 132.Siete.2 de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, y por el artículo 30 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, oídas las organizaciones empresariales y sindicales representativas del sector pesquero, he dispuesto: