Legislación

ORDEN FAM/52/2019, de 28 de enero, por la que se modifica la Orden FAM/6/2018, de 11 de enero, por la que se regulan las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales., - Boletín Oficial de Castilla y León, de 31-01-2019

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Ambito: Castilla y León

Órgano emisor: CONSEJERIA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 21

F. Publicación: 31/01/2019

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León Número 21 de 31/01/2019 y no contiene posibles reformas posteriores

El sistema de atención a la dependencia en Castilla y León se ha sustentado, desde sus inicios, en el compromiso de prestar a las personas en situación de dependencia una atención de calidad y adaptada a las necesidades cambiantes de los usuarios.

En los primeros años de aplicación del sistema, los esfuerzos se centraron, principalmente, en prestar la atención demandada a todos los solicitantes dentro de los plazos marcados por la Ley.

En el año 2012 se modificó el sistema al objeto de reorientar los recursos disponibles hacia una atención eminentemente profesional.

A partir del año 2015, se dio comienzo a una serie de mejoras en el sistema centradas, fundamentalmente, en incrementar el catálogo de prestaciones compatibles para las personas que optaban por ser atendidas por personas de su entorno, de forma que pudieran compatibilizar los cuidados familiares con servicios profesionales. Pero también se adoptaron medidas tendentes a garantizar la calidad de los servicios profesionales, regulando la acreditación de los servicios.

En el año 2018, mediante la Orden FAM/6/2018, de 11 de enero, por la que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales, se aprobó una reducción progresiva del plazo de acceso a las prestaciones.

Con fecha 1 de junio de 2018, se publicó la Orden FAM/547/2018 de 28 de mayo, que modificaba el valor del coeficiente H incluido en la fórmula de cálculo de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar, con el objeto de incrementar la cuantía de la prestación en un quince por ciento, con carácter general. Esta modificación supuso revertir el setenta por ciento de la reducción adicional que en el año 2012 había realizado la Administración Autonómica sobre las cuantías máximas de la prestación, establecidas por la normativa estatal.

En este momento se dan las condiciones para recuperar el treinta por ciento restante e igualar así las cuantías máximas de la prestación en la Comunidad de Castilla y León a las fijadas por la normativa estatal.

Además, se adoptan otras medidas de protección de las personas beneficiarias de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar.

Por un lado, se modifica la efectividad del acceso a la prestación económica cuando la persona en situación de dependencia ya está atendida por el sistema y requiere una modificación en la modalidad de atención. Se garantiza así la continuidad de los cuidados en todos los casos de modificaciones de prestaciones y se da una respuesta eficaz de la Administración a las necesidades cambiantes de las personas.

Por otro lado, se amplía el catálogo de servicios que pueden ser adquiridos mediante la prestación vinculada compatible con la prestación económica de cuidados en el entorno familiar, habilitando esta posibilidad para todos los servicios incluidos en el programa individual de atención de cada persona.

Finalmente, y por lo que se refiere a las prestaciones vinculadas, se incrementa el porcentaje del coste del servicio que abona la Administración.

Por todo ello, teniendo en cuenta las atribuciones que el artículo 26, en sus apartados c) y f), de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, atribuye a los titulares de las Consejerías, y en virtud de lo dispuesto en su artículo 71,

DISPONGO

Artículo único. Modificación de la Orden FAM/6/2018, de 11 de enero por la que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales

La Orden FAM/6/2018, de 11 de enero, por la que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales, queda modificada como sigue:

Uno. Se modifican los apartados 5 y 6 del artículo 20, quedando redactados de la siguiente manera:

«5. A las personas menores de 18 años que sean beneficiarias de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar, se les podrá reconocer desde el nivel adicional de protección de esta Comunidad y durante el mismo período en el que reciban aquélla, la prestación vinculada para la adquisición de servicios incluidos en su programa individual de atención, a excepción del de atención residencial, en las condiciones previstas por el artículo 36. La percepción de dicha prestación requerirá la acreditación del gasto realizado.

6. A partir de los 18 años, a las personas beneficiarias de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar, se les podrá reconocer, desde el nivel adicional de protección de esta comunidad, la prestación vinculada para la adquisición de servicios incluidos en su programa individual de atención, a excepción del de atención residencial, en las condiciones previstas en el artículo 37. La percepción de dicha prestación requerirá la acreditación del gasto realizado. El reconocimiento de esta prestación podrá realizarse de oficio al cumplimiento de los 18 años cuando el beneficiario tuviera reconocida la prestación vinculada prevista en el apartado 5 y proceda mantenerle la prestación económica de cuidados en el entorno familiar.»

Dos. Se modifica el apartado 3 del artículo 29, que queda redactado como sigue:

«3. La revisión de las prestaciones derivada de una modificación en la modalidad de atención solicitada por la persona interesada producirá efectos económicos desde la fecha de la solicitud de modificación o desde el acceso a la nueva modalidad de atención si fuera posterior, sin que la aplicación de estos efectos desde las fechas indicadas hasta la resolución, pueda resultar desfavorable para la persona beneficiaria.»

Tres. Se modifica el apartado 1.º, in fine, del artículo 33, in fine, referido al valor del coeficiente H, que queda redactado en los siguientes términos:

«H es un coeficiente corrector con el valor: 1»

Cuatro. Se modifica la fórmula contenida en el apartado 2 del artículo 35 que queda redactada de la siguiente forma:

«Porcentaje del coste a abonar = 100 - 35 x (R - PNC) / W»

Disposiciones Transitorias. Régimen jurídico transitorio.

Primera. Efectos de las modificaciones de las prestaciones.

Producirán efectos a partir de 1 de enero de 2019 o a partir del cese en el servicio que vinieran recibiendo si fuera posterior, las resoluciones de concesión de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar dictadas en los procedimientos de modificación de prestaciones que el 1 de enero de 2019 se encuentren en tramitación y a esa fecha no hayan producido efectos según la normativa anterior.

Segunda. Coeficiente H de la prestación de cuidados en el entorno familiar y aportación de la Administración en la prestación vinculada.

Las prestaciones económicas correspondientes a periodos anteriores a 1 de enero de 2019, se calcularán aplicando la normativa vigente en el período al que se refiera la prestación.

Para los períodos a partir de 1 de enero de 2019, será de aplicación el valor del coeficiente H y la fórmula del artículo 35.2 aprobados en esta orden.

Disposición Final. Entrada en vigor.

La orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid

2019-01-28

La Consejera, Fdo.: Alicia García Rodríguez