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ORDEN FORAL 118E/2022, de 26 de abril, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se rectifica la Orden Foral 40E/2022, de 10 de febrero, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente por la que se aprueba la disposición general de vedas de pesca del año 2022., - Boletín Oficial de Navarra, de 10-05-2022

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Ambito: Navarra

Órgano emisor: 1.1. DISPOSICIONES GENERALES

Boletín: Boletín Oficial de Navarra Número 90

F. Publicación: 10/05/2022

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Navarra Número 90 de 10/05/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

Con fecha 28 de febrero de 2022 se publica en el Boletín Oficial de Navarra número 42, la Orden Foral 40E/2022, de 10 de febrero, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente por la que se aprueba la disposición general de vedas de pesca del año 2022.

Advertido un error en el archivo que fue remitido a la Secretaría General Técnica para su publicación procede la rectificación del artículo 9 de la disposición general de vedas de pesca del año 2022.

El artículo 125 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponderá al órgano que hubiera dictado el acto o la disposición. Y añade que la rectificación de errores deberá especificar, en su caso, los efectos jurídicos que de ella se deriven, y se deberá notificar o publicar preceptivamente cuando se refiera a actos que hayan sido objeto de notificación o publicación.

En consecuencia, en uso de las facultades que me reconoce el artículo 70.1 de la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra,

ORDENO:

1.º Rectificar el artículo 9 de la disposición general de vedas de pesca del año 2022 de tal modo que:

En el artículo 9, donde dice:

En la Región Salmonícola se prohíben además los siguientes:

- El uso de anzuelos con arponcillo.

Debe decir:

En la Región Salmonícola se prohíben además los siguientes:

- El uso de anzuelos con arponcillo en la Región Salmonícola Superior.

2.º Publicar esta orden foral en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 26 de abril de 2022.- La consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Itziar Gómez López.

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