ORDEN FORAL 24/2025, de 4 de marzo, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se corrige el error advertido en la Orden Foral 12/2025, de 5 de febrero, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 78/2023, de 16 de noviembre, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueban los modelos 592 "Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación" y A22 "Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Solicitud de devolución", y se regulan la inscripción en el registro territorial, la llevanza de la contabilidad y la presentación del libro registro de existencias., - Boletín Oficial de Navarra, de 25-03-2025
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Ambito: Navarra
Órgano emisor: Consejería de economía y Hacienda
Boletín: Boletín Oficial de Navarra Número 60
F. Publicación: 25/03/2025
Documento oficial en PDF: Enlace
ORDEN FORAL 24/2025, de 4 de marzo, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se corrige el error advertido en la Orden Foral 12/2025, de 5 de febrero, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 78/2023, de 16 de noviembre, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueban los modelos 592 "Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación" y A22 "Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Solicitud de devolución", y se regulan la inscripción en el registro territorial, la llevanza de la contabilidad y la presentación del libro registro de existencias.
La Orden Foral 12/2025, de 5 de febrero, modifica el contenido del modelo A22 de solicitud de devolución del Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. La presentación del citado modelo se efectúa entre los días 1 y 20 del mes siguiente a aquel en que finalice el trimestre en que se produzcan los hechos que motivan la solicitud de devolución.
En este sentido, con la entrada en vigor del nuevo modelo se pretendía que este fuera utilizado para las solicitudes de devolución que deban presentarse a partir del 1 de abril de 2025 y que sean motivadas por hechos efectuados a partir del 1 de enero de 2025. No obstante, en la disposición final única de la Orden Foral 12/2025, no se aclara este aspecto temporal considerándose necesario corregir su redacción para especificarlo.
Advertido el mencionado error en la Orden Foral 12/2025, de 5 de febrero, por la que se modifica el modelo A22, procede su corrección, de acuerdo con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que señala que estas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
El artículo 125.1 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos administrativos corresponderá al órgano que hubiera dictado el acto.
En consecuencia,
ORDENO:
1.º Corregir el error advertido en la Orden Foral 12/2025, de 5 de febrero, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 78/2023, de 16 de noviembre, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueban los modelos 592 "Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación" y A22 "Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Solicitud de devolución", y se regulan la inscripción en el registro territorial, la llevanza de la contabilidad y la presentación del libro registro de existencias, en el siguiente sentido:
En la disposición final única de entrada en vigor donde dice:
"La presente orden foral entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, con efectos desde el 1 de enero de 2025".
Debe decir:
"La presente orden foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra y será de aplicación a las solicitudes de devolución que deban presentarse a partir del 1 de abril de 2025".
2.º Publicar esta orden foral en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 4 de marzo de 2025.–José Luis Arasti Pérez, consejero de Economía y Hacienda.
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