Legislación

ORDEN FORAL 488/2024, de 2 de diciembre, de la diputada foral de Hacienda y Finanzas, por la que se modifica la Orden Foral del diputado foral de Hacienda y Finanzas 2146/2014, de 4 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 270 «Retenciones e ingresos a cuenta. Gravamen Especial sobre premios de determinadas loterías y apuestas»., - Boletín Oficial de Bizkaia, de 12-12-2024

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico

Ambito: Bizkaia

Órgano emisor: Departamento de Hacienda y Finanzas

Boletín: Boletín Oficial de Bizkaia Número 239

F. Publicación: 12/12/2024

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia Número 239 de 12/12/2024 y no contiene posibles reformas posteriores

Mediante la Orden Foral del diputado foral de Hacienda y Finanzas 2146/2014, de 4 de noviembre, se aprueba el modelo 270 «Retenciones e ingresos a cuenta. Gravamen Especial sobre premios de determinadas loterías y apuestas.

Sin embargo, al objeto de facilitar y mantener un correcto intercambio de información con las administraciones tributarias de nuestro entorno y en consecuencia una mejora en la gestión tributaria se precisa adaptar los diseños lógicos del modelo 270 .

Por otro lado, el Decreto Foral 100/2020, de 24 de noviembre, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifica el Reglamento de gestión de los tributos del Territorio Histórico de Bizkaia, en materia de Administración Electrónica, establecía en su disposición
adicional única la obligación de cumplir con las obligaciones tributarias y de relacionarse con el departamento de Hacienda y Finanzas exclusivamente por medios telemáticos.

Por lo expuesto, mediante la presente Orden Foral se actualiza la Orden Foral del diputado foral de Hacienda y Finanzas 2146/2014, de 4 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 270 «Retenciones e ingresos a cuenta. Gravamen Especial sobre premios de determinadas loterías y apuestas.

En su virtud, y en uso de la habilitación conferida por el apartado i) del artículo 39 de la Norma Foral 3/1987, de 13 de febrero, sobre Elección, Organización, Régimen y Funcionamiento de las Instituciones Forales del Territorio Histórico de Bizkaia,

DISPONGO:

Artículo Único.—Modificación de la Orden Foral del diputado foral de Hacienda y Finanzas 2146/2014, de 4 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 270 «Retenciones e ingresos a cuenta. Gravamen Especial sobre premios de determinadas loterías y apuestas»

Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden Foral 2146/2014, de 4 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 270 «Retenciones e ingresos a cuenta.

Gravamen Especial sobre premios de determinadas loterías y apuestas».

Uno. Se da una nueva redacción al artículo 1 que queda redactado en los siguientes términos:

«Artículo 1.—Aprobación del modelo 270

Se aprueba el modelo 270 «Retenciones e ingresos a cuenta. Gravamen Especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas», cuyos diseños de registro figuran en el Anexo a la presente Orden Foral.»

Dos. Se deja sin contenido el artículo 2.

Tres. Se da una nueva redacción al artículo 5 que queda redactado en los siguientes términos:

«Artículo 5.—Condiciones y procedimiento para la presentación del modelo 270 «Retenciones e ingresos a cuenta. Gravamen Especial sobre premios de determinadas loterías y apuestas

1. La presentación del modelo 270 por medios electrónicos tendrá carácter obligatorio.

2. El suministro electrónico de esta declaración a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia podrá ser efectuado, bien por las personas o entidades obligadas a presentar el modelo 270 de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de esta Orden Foral, o bien por un tercero o tercera que actúe en su representación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia.

Las personas profesionales colegiadas que sean asociadas o miembros de entidades o asociaciones reconocidas que hayan celebrado convenios o acuerdos de colaboración con el Departamento de Hacienda y Finanzas que autoricen a la utilización de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia, en nombre de terceras personas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 71.7 del Reglamento de Gestión de los tributos del Territorio Histórico de Bizkaia, podrán realizar actuaciones, con relación al suministro electrónico de las declaraciones de sus representados, según las facultades que les hayan sido otorgadas conforme a lo previsto en el artículo 69 bis del citado Reglamento de gestión.»

Cuatro. Se suprime el Anexo I.

Cinco. El Anexo II pasa a denominarse Anexo.

Seis. Se modifica el campo «Tipo de Soporte», que ocupa las posiciones 58 del registro tipo 1, registro de declarante, de los diseños de registro del modelo 270, contenidos en el anexo, que queda redactado en los siguientes términos:

Posición Naturaleza Tipo de soporte

58 Alfabético Se cumplimentará la siguiente clave:

«T» presentación telemática.

Siete. Se añade el campo «Periodo», alfanumérico, correspondiente a las posiciones 136-137, del registro tipo 1, registro de declarante, de los diseños de registro del modelo 270, contenidos en el anexo, que queda redactado en los siguientes términos:

«Todos los declarantes consignaran OA.»

Ocho. Se modifican las posiciones de los siguientes campos del registro tipo 1, registro de declarante, de los diseños de registro del modelo 270, contenidos en el anexo, que queda redactado en los siguientes términos:

«138-146: Número total de registros declarados.
147-163: Total importe o valoración de los premios.
164-180: Total importe base de retención o ingreso a cuenta.
181-197: Total importe de la retención o ingreso a cuenta.
198-500: Blancos.»

Disposición Final Única.—Entrada en vigor

La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Bizkaia», y será de aplicación por primera vez para la presentación de las declaraciones informativas anuales, modelo 270 correspondientes al año 2024 y
que se presentarán en 2025.

En Bilbao, a 2 de diciembre de 2024.

La diputada foral de Hacienda y Finanzas

ITXASO BERROJALBIZ ZABALA