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ORDEN FORAL 541/2024, de 23 de diciembre, de la diputada foral de Hacienda y Finanzas, por la que se modifica la Orden Foral 2190/2017, de 11 de diciembre, del diputado foral de Hacienda y Finanzas por la que se aprueba el modelo 190 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo, de actividades económicas y de premios., - Boletín Oficial de Bizkaia, de 30-12-2024

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Ambito: Bizkaia

Órgano emisor: Departamento de Hacienda y Finanzas

Boletín: Boletín Oficial de Bizkaia Número 249

F. Publicación: 30/12/2024

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia Número 249 de 30/12/2024 y no contiene posibles reformas posteriores

ORDEN FORAL 541/2024, de 23 de diciembre, de la diputada foral de Hacienda y Finanzas, por la que se modifica la Orden Foral 2190/2017, de 11 de diciembre, del diputado foral de Hacienda y Finanzas por la que se aprueba el modelo 190 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo, de actividades económicas y de premios.

La Orden Foral 2190/2017, de 11 de diciembre, del diputado foral de Hacienda y Finanzas aprobó el modelo 190 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo, actividades económicas y premios del Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas.

Con el objetivo de disponer de una información más precisa que permita una mejor asistencia a los y las contribuyentes en la cumplimentación de su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y la de simplificar trámites para los y las mismas, se precisa introducir las oportunas modificaciones en la citada Orden Foral.

En primer lugar, se realiza un desglose adicional de las subclaves de la clave «C. Rendimientos del trabajo: Prestaciones o subsidios por desempleo», del modelo 190, con el fin de identificar y distinguir con mayor claridad entre las prestaciones de carácter contributivo y no contributivo. Esta distinción resulta necesaria dada la influencia que el abono de tales prestaciones y ayudas según su carácter contributivo o no contributivopuede tener, a su vez, en el pago de otras prestaciones como el Ingreso Mínimo Vital, aprobado por la Ley 19/2021, de 20 de diciembre o la renta de garantía de ingresos regulada en la ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión. Esta modificación será aplicable por primera vez para la presentación del modelo 190 correspondiente al ejercicio 2025 y cuyo plazo de presentación se inicie a partir del 1 de enero de 2026.

En segundo lugar, y con el objetivo de reducir, en la medida de lo posible, requerimientos a los y las contribuyentes, se modifica el campo «Cantidad no integrada», que hasta el ejercicio 2023, únicamente se podía cumplimentar en el caso de retribuciones de las claves «A», «B» o «C», únicos supuestos en el que la existencia de rendimientos irregulares, caso de existir, influyen en el cálculo del tipo de retención-, en los supuestos también de prestaciones derivadas de las claves «E», «F», «G», «H» e «I» cuando tales prestaciones tengan la consideración de rendimientos irregulares, a fin de facilitar el previo conocimiento por la Administración del carácter irregular de los rendimientos o de su período de generación superior a 2 años.

En su virtud, y en uso de la habilitación conferida por el apartado i) del artículo 39 de la Norma Foral 3/1987, de 13 de febrero, sobre Elección, Organización, Régimen y Funcionamiento de las Instituciones Forales del Territorio Histórico de Bizkaia,

Artículo Único

DISPONGO:

Modificación de la Orden Foral 2190/2017, de 11 de diciembre del diputado foral de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueba el modelo 190 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo, de actividades económicas y de premios.

Se introducen las siguientes modificaciones en los diseños físicos y lógicos del soporte directamente legible por ordenador del modelo 190 contenidos en el Anexo II de la Orden Foral 2190/2017, de 11 de diciembre, del diputado foral de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueba el modelo 190 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo, de actividades económicas y de premios:

Uno. Se modifica el contenido del campo «Subclave», correspondiente a las posiciones 79-80, del tipo de registro 2, registro de percepción, modificando la subclave 07 y creando dos nuevas subclaves 08 y 09 a utilizar dentro de las percepciones correspondientes a la clave C , en los siguientes términos:

«07. Otras prestaciones de carácter contributivo. Se consignarán en esta subclave el resto de prestaciones o ayudas de carácter contributivo satisfechas, que no deban reflejarse en las subclaves anteriores.

08. Otras prestaciones de carácter no contributivo. Se consignarán en esta subclave el resto de prestaciones, subsidios o ayudas de carácter no contributivo satisfechas, que no deban reflejarse en las subclaves anteriores.

09. Supuestos de percepción en el ejercicio de prestaciones de más de uno de los tipos anteriores por el mismo perceptor o la misma perceptora.»

Dos. Se modifica el contenido del campo «Subclave», correspondiente a las posiciones 79-80, del tipo de registro 2, registro de percepción, modificando la subclave 23 a utilizar dentro de las percepciones correspondientes a la clave L, en los siguientes términos:

«23. Ayudas previstas en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género; ayudas derivadas de la Orden de 29 de octubre de 2014, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por la que se establece el procedimiento de concesión y pago de ayuda económica a las mujeres víctimas de violencia de género prevista en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género; así como ayudas otorgadas por las Administraciones públicas territoriales que tengan el mismo objeto que la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, que estén exentas en virtud de lo establecido en el punto 30 del artículo 9 de la Norma Foral del Impuesto.»

Tres. Se modifica la denominación del grupo de campos «Datos adicionales», (posiciones 153-254, del tipo de registro 2), que queda redactado en los siguientes términos:

«Datos adicionales (solo en las claves y subclaves A, B -subclaves 01 y 03-, C, E, F -subclaves 01 a 03-, G -subclaves 01 a 06 y 08-, H, I y L -subclaves 05, 10, 27 y 29-).»

Cuatro. Se modifica el contenido del campo «Cantidad no integrada (irregular)», correspondiente a las posiciones 171-183, del tipo de registro 2 que queda redactado en los siguientes términos:

(CUADRO OMITIDO. Consultar en documento PDF de publicación)

DISPOSICIONES FINAL

Disposición final única.-Entrada en vigor

La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Bizkaia», y será aplicable, por primera vez, para las declaraciones informativas correspondientes a 2024 cuyo plazo de presentación se inicie a partir de 1 de enero 2025.

No obstante, el apartado Uno del artículo único de esta Orden Foral será aplicable por primera vez para la presentación del modelo 190 correspondiente al ejercicio 2025 y cuyo plazo de presentación se inicie a partir del 1 de enero de 2026.

En Bilbao, a 23 de diciembre de 2024.

La diputada foral de Hacienda y Finanzas ITXASO BERROJALBIZ ZABALA