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Orden Foral 603/2020, de la diputada de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 20 de noviembre, que establece las condiciones generales para la presentación telemática por Internet de modelos tributarios y solicitudes para determinadas personas y entidades, - Boletín Oficial de Álava, de 02-12-2020

Tiempo de lectura: 12 min

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Ambito: Álava

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA, FINANZAS Y PRESUPUESTOS

Boletín: Boletín Oficial de Álava Número 136

F. Publicación: 02/12/2020

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Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de Álava Número 136 de 02/12/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

I - JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA Y ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA

Diputación Foral de Álava

DEPARTAMENTO DE HACIENDA, FINANZAS Y PRESUPUESTOS

Orden Foral 603/2020, de la diputada de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 20 de noviembre, que establece las condiciones generales para la presentación telemática por Internet de modelos tributarios y solicitudes para determinadas personas y entidades

Mediante Decreto Foral 32/2020, de 6 de octubre, se regulan las condiciones y requisitos generales para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones por vía telemática ante la Hacienda Foral de Álava.

En la presente Orden Foral se especifican las declaraciones tributarias y solicitudes a las que se ha considerado conveniente hacer obligatoria la utilización de la vía telemática por Internet, así como, las personas y entidades a quienes se les impone la referida obligación.

Visto el informe emitido al respecto por el Servicio de Gestión Ingresos Fiscales.

En su virtud, haciendo uso de las facultades que me competen,

DISPONGO

Artículo 1. Ámbito de aplicación objetivo

Uno. La presente Orden Foral será de aplicación a las siguientes declaraciones, autoliquidaciones y solicitudes tributarias:

* Resúmenes anuales, declaraciones de carácter informativo y censales:

- Modelo 170. Declaración informativa de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito.

- Modelo 171. Declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de cobros de cualquier documento.

- Modelo 179. Declaración informativa de la cesión de viviendas para uso turístico.

- Modelo 180. Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos.

- Modelo 181. Declaración informativa de préstamos y créditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles.

- Modelo 182. Declaración informativa de donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas.

- Modelo 184. Declaración informativa anual de Entidades en Régimen de Atribución de Rentas.

- Modelo 187. Declaración informativa de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva y resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes en relación con las rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de esas acciones y participaciones. Resumen anual.

- Modelo 188. Retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas o rendimientos de capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguro de vida o invalidez. Resumen anual.

- Modelo 189. Valores, Seguros y Rentas. Declaración informativa anual.

- Modelo 190. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo, de actividades económicas, premios y determinadas imputaciones de renta. Resumen anual.

- Modelo 192. Declaración anual de operaciones con Letras del Tesoro.

- Modelo 193. Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de capital mobiliario y determinadas rentas. Resumen anual.

- Modelo 194. Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas derivadas de la transmisión amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

- Modelo 195. Declaración trimestral de cuentas u operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito en el plazo establecido.

- Modelo 196. Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros, y declaración informativa anual de determinadas cuentas en entidades de crédito.

- Modelo 198. Declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios.

- Modelo 199. Identificación de las operaciones con cheques de las entidades de crédito.

- Modelo 20R. Comunicación de la opción para la aplicación del régimen fiscal especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores, cesiones globales del activo y del pasivo y cambio de domicilio social de una sociedad europea o una sociedad cooperativa europea de un estado miembro a otro de la Unión Europea.

- Modelo 231. Declaración de información país por país.

- Modelo 232. Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios considerados paraísos fiscales.

- Modelo 270. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas. Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta.

- Modelo 280. Declaración informativa anual de Planes de Ahorro a largo plazo.

- Modelo 289. Declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua.

- Modelo 290. Declaración informativa anual de cuentas financieras de determinadas personas estadounidenses.

- Modelo 291. Rendimientos de cuentas de No Residentes obtenidos por contribuyentes, sin mediación de establecimiento permanente del Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Declaración informativa.

- Modelo 296. No Residentes sin establecimiento permanente. Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta.

- Modelo 345. Entidades de previsión social voluntaria, planes, fondos de pensiones, sistemas alternativos, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia. Declaración anual.

- Modelo 346. Declaración informativa anual de subvenciones, indemnizaciones o ayudas derivadas del ejercicio de actividades agrícolas, ganaderas o forestales.

- Modelo 347. Declaración anual de operaciones con terceras personas.

- Modelo 349. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.

- Modelo 480. Declaración resumen anual. Primas de Seguros.

- Modelo 553. Impuesto sobre el vino y bebidas fermentadas. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de vino y bebidas fermentadas.

- Modelo 720. Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero.

- Modelo 781. Declaración informativa de cuentas vivienda.

- Modelo 782. Declaración informativa anual de los depósitos para la adquisición de participaciones de Fondos Europeos para el impulso a la innovación.

- Modelos censales 036. Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo Único de Contribuyentes de la Diputación Foral de Álava. Personas jurídicas residentes en territorio español. Entidades sin personalidad jurídica que tributan por el Impuesto sobre Sociedades, Administraciones Públicas y otros Organismos, salvo en los casos de solicitud de NIF.

- Modelos censales 037. Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo Único de Contribuyentes de la Diputación Foral de Álava. Personas físicas con actividad económica, sociedades civiles, comunidades de bienes y otras entidades en régimen de atribución de rentas, salvo en los casos de solicitud de NIF y cuando éste se cumplimente de forma presencial de manera asistida por parte de la Hacienda Foral de Álava.

* Autoliquidaciones:

- Modelo 110. Declaración-liquidación por retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo, de determinadas actividades económicas y premios.

- Modelo 111. Declaración-liquidación por retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo, de determinadas actividades económicas y premios -Grandes Empresas.

- Modelo 115-A. Declaración-liquidación por retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos.

- Modelo 117. Retenciones e Ingresos a cuenta/Pago a cuenta. Rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva y de las transmisiones de derechos de suscripción.

- Modelo 123. Declaración-liquidación por retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de capital mobiliario.

- Modelo 124. Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

- Modelo 126. Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros.

- Modelo 128. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos de capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez.

- Modelo 130. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Pago Fraccionado de Actividades Económicas. Inicio de actividad.

- Modelo 200. Declaración-liquidación del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el Territorio Histórico de Álava.

- Modelo 202. Pago fraccionado. Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No residente, establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio histórico de Álava.

- Modelo 203. Pago fraccionado a cuenta del Impuesto sobre Sociedades.

- Modelo 210. Impuesto sobre la renta de No Residentes. No Residentes sin establecimiento permanente. Declaración ordinaria. Autoliquidación.

- Modelo 211. Impuesto sobre la renta de No Residentes. Retención en la adquisición de Inmuebles a No Residentes sin establecimiento permanente.

- Modelo 213. Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Gravamen Especial sobre Bienes Inmuebles de Entidades No Residentes. Autoliquidación.

- Modelo 216. Retenciones e ingresos a cuenta de rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Declaración-liquidación.

- Modelo 220. Declaración-liquidación del Impuesto sobre Sociedades correspondiente a sociedades dominantes o entidades cabeza de grupo en régimen de consolidación fiscal.

- Modelo 222. Pago fraccionado. Impuesto sobre Sociedades. Régimen de Consolidación Fiscal.

- Modelo 223. Pago fraccionado a cuenta del Impuesto sobre Sociedades de grupos en régimen de consolidación fiscal.

- Modelo 230. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de No Residentes: retenciones e ingresos a cuenta del Gravamen Especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas; Impuesto sobre Sociedades: retenciones e ingresos a cuenta sobre los premios de determinadas loterías y apuestas. Autoliquidación.

- Modelo 303. Autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido.

- Modelo 310. Régimen simplificado. Declaración trimestral Impuesto sobre el Valor Añadido.

- Modelo 318. Regularización de las proporciones de tributación de los periodos de liquidación anteriores al inicio de la realización habitual de entregas de bienes o prestaciones de servicios.

- Modelo 322. Grupo de entidades. Modelo individual. Autoliquidación mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido.

- Modelo 353. Grupo de entidades. Modelo agregado. Autoliquidación mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido.

- Modelo 390. Régimen General Impuesto sobre el Valor Añadido. Declaración-liquidación anual y Anexo Regímenes Especiales.

- Modelo 391. Régimen Simplificado. Declaración-liquidación anual Impuesto sobre el Valor Añadido.

- Modelo 410. Pago a cuenta del Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito.

- Modelo 411. Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito. Autoliquidación.

- Modelo 430. Declaración-liquidación mensual. Primas de Seguros.

- Modelo 560. Impuesto sobre la Electricidad. Autoliquidación.

- Modelo 581. Impuesto sobre Hidrocarburos. Autoliquidación.

- Modelo 583. Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica. Autoliquidación y pagos fraccionados.

- Modelo 763. Impuesto sobre Actividad del Juego.

* Las siguientes solicitudes:

a) Certificados de estar al corriente en las obligaciones tributarias (subcontratistas, situación tributaria, subvenciones, contratación con las Administraciones Públicas).

b) Otros certificados (Bienes Inmuebles de naturaleza urbana o rústica, Censo del Impuesto sobre el Valor Añadido, Impuesto sobre Actividades Económicas e Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Situación Censal, condición de revendedor según el artículo 84 Uno 2º g del Decreto Foral Normativo 12/1993, de 19 de enero, del Impuesto sobre el Valor Añadido).

c) Solicitudes de fraccionamiento o aplazamiento de pago de las deudas tributarias.

Dos. A efectos de lo dispuesto en la presente Orden Foral, las referencias realizadas a declaraciones se entenderán realizadas a declaraciones, autoliquidaciones y solicitudes tributarias.

Artículo 2. Ámbito de aplicación subjetivo

1. Deberán presentar las declaraciones, a que se refiere el artículo anterior, por vía telemática los obligados tributarios que desarrollen actividades económicas, así como los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, siempre y cuando, de acuerdo con lo dispuesto en el Concierto Económico, tengan la obligación de presentar las correspondientes declaraciones en la Diputación Foral de Álava.

El concepto de actividad económica a que se refiere el párrafo anterior es el contenido en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

2. También deberán presentar estas declaraciones por vía telemática los profesionales autorizados para presentar declaraciones tributarias de terceras personas, que figuren dados de alta en el Registro de Autorizaciones dependiente del Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Foral 50/2001, de 20 de abril de 2001.

3. En el marco de lo dispuesto en los apartados anteriores, el Diputado o Diputada Foral de Hacienda, Finanzas y Presupuestos señalará, en la aprobación de cada tipo de declaración no incluida en el artículo anterior, los obligados tributarios afectados por la obligación de presentar las mismas por vía telemática.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

A la entrada en vigor de la presente Orden Foral queda derogada la Orden Foral 39/2010, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 3 de febrero, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática por Internet para determinados obligados tributarios y modelos, así como todas cuantas disposiciones de igual o menor rango contradigan lo dispuesto en la presente Orden Foral.

La derogación de las disposiciones a que se refiere el párrafo anterior, no perjudicará los derechos de la Administración tributaria respecto de las obligaciones devengadas durante su vigencia.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor y efectos:

La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el BOTHA, siendo de aplicación a las declaraciones tributarias enumeradas en el artículo 1 de esta Orden Foral, y afectará a las declaraciones cuyo plazo de presentación comience a partir del 1 de enero de 2021.

Vitoria-Gasteiz, 20 de noviembre de 2020

Diputada de Hacienda, Finanzas y Presupuestos

ITZIAR GONZALO DE ZUAZO

Directora de Hacienda

MARÍA JOSÉ PEREA URTEAGA