ORDEN HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende ésta expresamente a la presentación telemática de determinados modelos de declaración y otros documentos tributarios. - Boletín Oficial del Estado de 03-06-2003
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 03 de Febrero de 2024
F. entrada en vigor: 04/06/2003
Órgano emisor: MINISTERIO DE HACIENDA
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 132
F. Publicación: 03/06/2003
Primero. Supuestos de aplicación de la colaboración social.
Segundo. Sujetos de la colaboración social.
Tercero. Condiciones para la presentación por medios telemáticos de declaraciones, comunicaciones y otros documentos tributarios en representación de terceras personas.
Cuarto. Condiciones para la prestación por parte de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las Entidades que integran la Administración Local, de determinados servicios de información y asistencia a los ciudadanos para la realización de trámites tributarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. Única.