Legislación

Orden HAC/33/2020, de 23 de noviembre, por la que se modifica la Orden HAC/17/2020, de 18 de mayo, por la que se regula la expedición de certificaciones de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la Comunidad Autónoma de Cantabria., - Boletín Oficial de Cantabria, de 25-11-2020

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Ambito: Cantabria

Órgano emisor: CONSEJERIA DE ECONOMIA Y HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 227

F. Publicación: 25/11/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Cantabria Número 227 de 25/11/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

La puesta en funcionamiento de la Orden HAC/17/2020, de 18 de mayo, por la que se regula la expedición de certificaciones de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la Comunidad Autónoma de Cantabria en el ámbito de la Orden HAC/25/2020, de 4 de agosto de 2020, por la que se crea el sello electrónico para el ejercicio de actuaciones administrativas automatizadas de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria, hace necesario incorporar la correspondiente precisión en la normativa reguladora de expedición de certificaciones según establece el artículo 10.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de tal forma que, cuando los solicitantes de las certificaciones utilicen cualquiera de las modalidades previstas para su identificación en el sistema Cl@ve (aprobado por la Orden PRE/1838/2014, de 8 de octubre, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 19 de septiembre de 2014, por el que se aprueba Cl@ve, la plataforma común del Sector Público Administrativo Estatal para la identificación, autenticación y firma electrónica mediante el uso de claves concertadas) como determina el artículo 10.2 Ley 39/2015, de 1 de octubre, en la oficina virtual de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria, será expresión de la autenticidad de la voluntad y consentimiento de dicha solicitud por parte del tercero o su representante.

Por todo lo expuesto anteriormente, y en virtud de las competencias que el artículo 35.f) de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, confiere a quien sea titular de la Consejería competente en materia de Hacienda,

DISPONGO

Artículo 1. Se modifica el artículo 5 de la Orden HAC/17/2020, de 18 de mayo, por la que se regula la expedición de certificaciones de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la Comunidad Autónoma de Cantabria, quedando redactado de la forma siguiente:

'Artículo 5. Procedimiento de expedición de los certificados.

El procedimiento de expedición se iniciará a solicitud del interesado, a petición de un órgano administrativo o de cualquier otra persona o entidad interesada que requiera el certificado, siempre que dicha petición esté prevista en una ley o cuente con el previo consentimiento del interesado titular del mismo. La solicitud podrá realizarse a través de la Oficina Virtual de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria (https://agenciacantabratributaria.es), previa identificación a través del sistema Cl@ve, aprobado por Orden PRE/1838/2014, de 8 de octubre, en cualquiera de las modalidades permitidas, entendiéndose suficiente para acreditar la autenticidad de la expresión de la voluntad y consentimiento de los interesados en dicha solicitud, o por petición dirigida al Servicio de Ingresos Presupuestarios, en las formas en que se indican en la web informativa de la Agencia y en la propia Oficina Virtual.'

Disposición Final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Santander, 23 de noviembre de 2020.

La consejera de Economía y Hacienda,

María Sánchez Ruiz.