Legislación
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Orden HAC/50/2014, de 17 de noviembre de 2014, por la que se regula el Registro Contable de Facturas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. - Boletín Oficial de Cantabria de 28-11-2014

Tiempo de lectura: 5 min

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Ambito: Cantabria

Estado: VIGENTE. Validez desde 18 de Junio de 2021

F. entrada en vigor: 15/01/2015

Órgano emisor: CONSEJERIA DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 230

F. Publicación: 28/11/2014


Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Órganos competentes en la gestión del Registro Contable de Facturas. Artículo 4. Obligatoriedad de anotación en el Registro Contable de Facturas. Artículo 5. Información del Registro Contable de Facturas. Artículo 6. Anotación en el Registro Contable de Facturas a través del Módulo de Gestión de Facturas.
CAPÍTULO II. Procedimiento para la tramitación de facturas
Artículo 7. Presentación, distribución y anotación de las facturas en el Registro Contable de Facturas.
CAPÍTULO III. Suministro de información sobre el estado de las facturas
Artículo 8. Procedimiento de consulta.
CAPÍTULO IV. Actuaciones de la Intervención General
Artículo 9. Requerimientos trimestrales de información. Artículo 10. Informes de la Intervención General.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Publicidad de las unidades DIR3 a efectos de facturación. D.A. 2ª. Fichero de Protección de Datos. D.T. 3ª. Facturas en papel de importe superior a 5.000 euros, cuya fecha de emisión sea anterior al 15 de enero de 2015.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Orden HAC/06/2013, de 20 de febrero, por la que se crea y regula el Módulo de Gestión de Facturas en el Sistema de Información Contable, modificada por la Orden HAC/13/2013, de 13 de marzo.
D.F. 2ª. Periodo de adaptación facturación electrónica. D.F. 3ª. Registro Contable de Facturas en las restantes entidades del Sector Público Autonómico incluidas en el ámbito subjetivo establecido en el artículo 2 de la Ley 25/2013.
D.F. 4ª. Desarrollo y ejecución de la Orden. D.F. 5ª. Entrada en vigor. CREACIÓN DE FICHERO CON DATOS DE CARÁCTER PERSONAL