Legislación

Orden HAC/809/2020, de 1 de septiembre, por la que se determina la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos previstos en la letra c) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento., - Boletín Oficial del Estado, de 02-09-2020

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Ambito: BOE

Órgano emisor: MINISTERIO DE HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 235

F. Publicación: 02/09/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 235 de 02/09/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

La presente orden tiene como objeto determinar la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos del tramo 3, previsto en la letra c) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento.

El Fondo COVID-19 se configura como un fondo excepcional de carácter presupuestario, cuyo objeto es dotar de mayor financiación, mediante transferencias, a las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, para hacer frente a la incidencia presupuestaria derivada de la crisis originada por el COVID-19.

Con este fin, se dota un crédito extraordinario en la aplicación presupuestaria 32.01.941O.459.00 «Fondo COVID-19», cuya distribución territorial se articula de acuerdo a los tramos y criterios de distribución recogidos en el artículo 2.2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio.

El importe del tramo 3, de 2.000.000.000 de euros, se repartirá sobre la base de los criterios establecidos en la letra c) del apartado 2 del artículo 2 del citado real decreto-ley, fundamentalmente asociados al gasto en Educación.

Por lo que se refiere a la habilitación normativa para determinar la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos del tramo 3, el apartado 3 del artículo 3 del mencionado real decreto-ley atribuye esta potestad a la persona titular del Ministerio de Hacienda.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos previstos en la letra c) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio.

1. Conforme al apartado 3 del artículo 3 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por la presente orden se determina la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos del tramo 3, previsto en la letra c) del apartado 2 del artículo 2 del citado real decreto-ley, de acuerdo con los criterios establecidos en dicho apartado.

2. Los cálculos efectuados por aplicación de los criterios previstos en el real decreto-ley respecto al tramo 3, sobre la base de los datos que figuran en el anexo, implican la siguiente distribución territorial de recursos con cargo a la aplicación presupuestaria 32.01.941O.459.00 «Fondo COVID-19»:

Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla

Importes (miles de euros)

Cataluña.

337.438,19

Galicia.

92.987,53

Andalucía.

383.856,98

Principado de Asturias.

32.529,93

Cantabria.

22.141,31

La Rioja.

13.204,99

Región de Murcia.

73.820,12

Comunitat Valenciana.

214.185,03

Aragón.

53.448,02

Castilla-La Mancha.

89.185,60

Canarias.

87.368,30

Extremadura.

43.295,39

Illes Balears.

50.280,26

Madrid.

291.696,57

Castilla y León.

84.043,55

País Vasco.

87.230,70

Navarra.

29.287,53

Melilla.

7.000,00

Ceuta.

7.000,00

Total.

2.000.000,00

3. De acuerdo a lo establecido en el apartado 6 del artículo 3 del real decreto-ley, el libramiento de estos recursos se hará efectivo antes de finalizar el mes de septiembre de 2020, tras la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente orden.

4. La participación de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de la Comunidad Foral de Navarra en el tramo 3 del fondo y su libramiento se establecen de acuerdo a los términos, criterios y plazos previstos en el Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio. Dicha participación se establecerá, respectivamente, en la Comisión Mixta del Concierto Económico y en la Comisión Coordinadora del Convenio Económico, esta última conforme a los términos del Acuerdo de 30 de julio de 2020, firmado entre la Administración del Estado y la Comunidad Foral de Navarra en aplicación de la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de septiembre de 2020.- La Ministra de Hacienda, María Jesús Montero Cuadrado.

ANEXO

Población Padrón de 0 a 16 años

En la tabla adjunta se muestra la población de 0 a 16 años de cada Comunidad en 2019, según las cifras del Padrón para cada Comunidad Autónoma, a 1 de enero de 2019, de acuerdo con la definición contenida en el artículo 9.b) de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía y se modifican determinadas normas tributarias.

Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla

Población Padrón 0 a 16 años

Cataluña.

1.329.036

Galicia.

363.843

Andalucía.

1.504.333

Principado de Asturias.

126.933

Cantabria.

87.752

La Rioja.

52.136

Región de Murcia.

291.663

Comunitat Valenciana.

841.029

Aragón.

209.270

Castilla-La Mancha.

347.558

Canarias.

331.140

Extremadura.

165.655

Illes Balears.

196.446

Madrid.

1.151.021

Castilla y León.

325.138

País Vasco.

345.386

Navarra.

114.916

Melilla.

22.063

Ceuta.

19.603

Total.

7.824.921

Población Padrón de 17 a 24 años

En la tabla adjunta se muestra la población de 17 a 24 años de cada Comunidad en 2019, según las cifras del Padrón para cada Comunidad Autónoma, a 1 de enero de 2019, de acuerdo con la definición equivalente a la contenida en el artículo 9.b) de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre.

Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla

Población Padrón 17 a 24 años

Cataluña.

611.111

Galicia.

172.938

Andalucía.

709.412

Principado de Asturias.

61.162

Cantabria.

39.066

La Rioja.

23.675

Región de Murcia.

131.961

Comunitat Valenciana.

392.739

Aragón.

99.142

Castilla-La Mancha.

168.531

Canarias.

182.750

Extremadura.

87.615

Illes Balears.

94.062

Madrid.

524.219

Castilla y León.

163.317

País Vasco.

154.556

Navarra.

53.866

Melilla.

9.574

Ceuta.

8.660

Total.

3.688.356