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ORDEN HAP/320/2025, de 20 marzo, por la que se modifican los anexos del Decreto-ley 2/2024, de 6 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas urgentes para la reparación de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de finales de agosto y principios de septiembre de 2024 y durante los últimos días del mes de octubre y primeros días de noviembre de 2024., - Boletín Oficial de Aragón, de 01-04-2025

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Ambito: Aragón

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 63

F. Publicación: 01/04/2025

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Aragón Número 63 de 01/04/2025 y no contiene posibles reformas posteriores

ORDEN HAP/320/2025, de 20 marzo, por la que se modifican los anexos del Decreto-ley 2/2024, de 6 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas urgentes para la reparación de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de finales de agosto y principios de septiembre de 2024 y durante los últimos días del mes de octubre y primeros días de noviembre de 2024.

El Gobierno de Aragón aprobó el Decreto-ley 2/2024, de 6 de noviembre, del Gobierno de Aragón, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 218, de 8 de noviembre de 2024, con el objeto de adoptar las medidas necesarias para reparar en el territorio de Aragón los daños causados y las pérdidas producidas como consecuencia de las inundaciones, desprendimientos, avenidas y desbordamientos de ríos y barrancos generadas por las lluvias torrenciales acaecidas entre los días 29 de agosto y 9 de septiembre de 2024, y entre los días 28 de octubre y 4 de noviembre de 2024, así como facilitar la vuelta a la normalidad de las zonas afectadas por las mismas.

El citado Decreto-ley identifica los sucesos y los municipios afectados que resultan destinatarios de las medidas adoptadas, y en su artículo 3 concreta el ámbito territorial de aplicación señalando lo siguiente:

Las medidas previstas en este Decreto-ley se aplicarán en los términos municipales o espacios naturales protegidos afectados por las lluvias torrenciales que justifican esta dispo­sición, que se concretan en los anexos 1 y 2 de este texto legal, según su delimitación temporal.

A los efectos de la realización de las actuaciones reparadoras se entenderán también incluidos otros términos municipales o núcleos de población en los que, para la correcta eje­cución de las obras necesarias, sea imprescindible realizar actuaciones por los órganos competentes.

Por otra parte, la disposición final segunda faculta al Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública para que, mediante orden, pueda modificar el listado de los municipios, núcleos de población y, en su caso, espacios naturales protegidos, afectados por las lluvias torrenciales que vienen incluidos en el ámbito territorial del Decreto-ley a través de sus anexos 1 y 2 en función de la evolución de los daños producidos que se pudieran identificar con posterioridad a la aprobación de esta norma.

De acuerdo con dicha facultad, mediante Orden HAP/136/2024, de 14 de noviembre, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 223, de 15 de noviembre de 2024 y Orden HAP/132/2025, de 31 de enero, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 27, de 10 de febrero de 2025 (corrección de errores de la misma publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 37, de 24 de febrero de 2025) se han modificado los anexos del Decreto-ley 2/2024, de 6 de noviembre, del Gobierno de Aragón.

Posteriormente se han identificado otros términos municipales que se han visto afectados y que, por ello, deben ser igualmente destinatarios de las medidas previstas.

Por todo lo anterior y en virtud de las competencias conferidas en la citada disposición final segunda del Decreto-ley 2/2024, de 6 de noviembre, por el que se establecen medidas urgentes para la reparación de los daños causados como consecuencia de las lluvias torrenciales de finales de agosto y principios de septiembre y durante los últimos días del mes de octubre y primeros días de noviembre de 2024, resuelvo:

Primero.- Modificar los listados que se incorporan como anexos 1 y 2 al Decreto-ley 2/2024, de 6 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las medidas urgentes para reparar en el territorio de Aragón los daños causados y las pérdidas producidas como consecuencia de por las lluvias torrenciales de finales de agosto y principios de septiembre y durante los últimos días del mes de octubre y primeros días de noviembre de 2024, añadiendo a los municipios ya existentes los siguientes:

En el anexo 1, relativo a los municipios y espacios naturales protegidos por las lluvias torrenciales producidas entre los días 28 de octubre y 4 de noviembre de 2024, se incluyen a los municipios de Azuara y Letux.

En el anexo II, relativo a los municipios y espacios naturales protegidos afectados por las lluvias torrenciales producidas entre los días 29 de agosto y 9 de septiembre de 2024, se incluye el municipio de La Zaida.

Segundo.- Esta Orden producirá efectos desde efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".