Legislación
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Orden HAP/460/2015, de 10 de marzo, por la que se aprueba el modelo 368 de 'Declaración-liquidación periódica de los regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica en el Impuesto sobre el Valor Añadido' y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación del mismo. - Boletín Oficial del Estado de 18-03-2015

Tiempo de lectura: 4 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 18 de Marzo de 2015

Órgano emisor: MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 66

F. Publicación: 18/03/2015

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo Artículo 1. Aprobación del modelo 368 de «Declaración-liquidación periódica de los regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica en el Impuesto sobre el Valor Añadido». Artículo 2. Empresarios o profesionales obligados a presentar el modelo 368 de «Declaración-liquidación periódica de los regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica en el Impuesto sobre el Valor Añadido» y plazo de presentación. Artículo 3. Habilitación y condiciones de presentación electrónica por Internet del modelo 368 para los empresarios o profesionales no establecidos en la Comunidad que estén acogidos al régimen especial aplicable a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica, cuyo Estado miembro de identificación sea España. Artículo 4. Procedimiento para la presentación electrónica por Internet del modelo 368 para los empresarios o profesionales no establecidos en la Comunidad que estén acogidos al régimen especial aplicable a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica, cuyo Estado miembro de identificación sea España. Artículo 5. Habilitación y condiciones generales para la presentación electrónica por Internet del modelo 368 para los empresarios o profesionales establecidos en la Comunidad, pero no en el Estado miembro de consumo, y que estén acogidos al régimen especial aplicable a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica, cuyo Estado miembro de identificación es España. Artículo 6. Procedimiento para la presentación electrónica por Internet del modelo 368 para los empresarios o profesionales establecidos en la Comunidad, pero no en el Estado miembro de consumo, y que estén acogidos al régimen especial aplicable a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica, cuyo Estado miembro de identificación es España.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Utilización de ficheros.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. D.F. 2ª. Entrada en vigor. ANEXO. MODELO 368