Orden HFP/1159/2017, de 28 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2018 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido. - Boletín Oficial del Estado de 30-11-2017
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Diciembre de 2017
F. entrada en vigor: 01/12/2017
Órgano emisor: MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCION PUBLICA
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 291
F. Publicación: 30/11/2017
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
Preambulo
Artículo 1. Actividades incluidas en el método de estimación objetiva y en el régimen especial simplificado.
Artículo 2. Actividades incluidas en el método de estimación objetiva.
Artículo 3. Magnitudes excluyentes.
Artículo 4. Aprobación de los signos, índices o módulos.
Artículo 5. Plazos de renuncias o revocaciones al método de estimación objetiva.
Artículo 6. Plazos de renuncias o revocaciones al régimen especial simplificado.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Reducción en 2018 del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva.
D.A. 2ª. Índices de rendimiento neto aplicables en 2018 por determinadas actividades agrícolas.
D.A. 3ª. Porcentajes aplicables en 2018 para el cálculo de la cuota devengada por operaciones corrientes en el régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido para determinadas actividades ganaderas afectadas por crisis sectoriales.
D.A. 4ª. Reducción en 2018 del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de la cuota devengada por operaciones corrientes del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido para actividades económicas desarrolladas en el término municipal de Lorca.
D.A. 5ª. Índice de rendimiento neto aplicable en 2017 por la actividad agrícola de obtención de arroz.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. Entrada en vigor.
ANEXO I
ANEXO II
ANEXO III