Legislación

Orden INT/1612/2016, de 30 de septiembre, por la que se modifica la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía., - Boletín Oficial del Estado, de 08-10-2016

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde

Órgano emisor: MINISTERIO DEL INTERIOR

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 244

F. Publicación: 08/10/2016

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 244 de 08/10/2016 y no contiene posibles reformas posteriores

La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, atribuye a la Policía Nacional la expedición y gestión del documento nacional de identidad y de los pasaportes, así como las funciones previstas en la legislación de extranjería, entre otras, las relacionadas con la identificación de los ciudadanos extranjeros.

Por ello, y al objeto de acercar a los ciudadanos españoles y extranjeros las oficinas de expedición de la documentación personal, se hace preciso crear unas nuevas Unidades de Extranjería y Documentación en las localidades de Eibar (Guipúzcoa), Huércal-Overa (Almería), Majadahonda (Madrid) y Valdemoro (Madrid).

En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía.

En el anexo VI de la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, en el que se relacionan las Unidades de Extranjería y Documentación, se incluirán las Unidades de Extranjería y Documentación de Eibar (Guipúzcoa), Huércal-Overa (Almería), Majadahonda (Madrid) y Valdemoro (Madrid), cuyos órganos de adscripción serán los que figuran en el referido anexo, quedando redactado de la siguiente forma:

«ANEXO VI

Unidades de Extranjería y Documentación

Unidad de Extranjería

Órgano al que está adscrito

Alcañices

Comisaría Provincial de Zamora.

Alcañiz

Comisaría Provincial de Teruel.

Arganda del Rey

Jefatura Superior de Policía de Madrid.

Camprodón

Comisaría Provincial de Girona.

Canfranc

Comisaría Provincial de Huesca.

Caya/Elvas

Jefatura Superior de Policía de Badajoz.

Castro Urdiales

Jefatura Superior de Cantabria.

Collado Villalba

Jefatura Superior de Policía de Madrid.

Chiclana de la Frontera

Comisaría Provincial de Cádiz.

Dancharinea

Jefatura Superior de Policía de Navarra.

Eibar

Comisaría Provincial de San Sebastián.

Fraga

Comisaría Provincial de Huesca.

Huércal-Overa

Comisaría Provincial de Almería.

Irún

Comisaría Local de Irún.

Lalín

Comisaría Provincial de Pontevedra.

La Junquera

Comisaría Provincial de Girona.

Les

Comisaría Provincial de Lleida.

Majadahonda

Jefatura Superior de Policía de Madrid.

Portbou

Comisaría Provincial de Girona.

Puigcerdá

Comisaría Provincial de Girona.

Roquetas de Mar

Comisaría Provincial de Almería.

Salvaterra de Miño

Comisaría Provincial de Pontevedra.

Santa Lucía de Tirajana

Jefatura Superior de Policía de Canarias.

Tarancón

Comisaría Provincial de Cuenca.

Tomelloso

Comisaría Provincial de Ciudad Real.

Torrevieja

Comisaría Provincial de Alicante.

Tui/Valença do Minho

Comisaría Provincial de Pontevedra.

Tuineje

Comisaría Local Puerto del Rosario.

Vila Real de Santo Antonio/Ayamonte

Comisaría Provincial de Huelva.

Vilafranca del Penedés

Jefatura Superior de Policía de Cataluña.

Vilar Formoso/Fuentes de Oñoro

Comisaría Provincial de Salamanca.

Valcarlos

Jefatura Superior de Policía de Navarra.

Valdemoro

Jefatura Superior de Policía de Madrid.

Valencia de Alcántara

Comisaría Provincial de Cáceres.

Verín

Comisaría Provincial de Ourense.

Vinaroz

Comisaría Provincial de Castellón.

Zafra

Comisaría Provincial de Badajoz.»

Disposición adicional única. Gasto público.

La aplicación de esta orden no supondrá incremento de gasto público en materia de gastos de personal.

Disposición final primera. Facultades de desarrollo.

La Secretaría de Estado de Seguridad, a través de la Dirección General de la Policía, podrá realizar cuantas actuaciones requieran el desarrollo y aplicación de esta orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de septiembre de 2016.-El Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz.