Legislación

ORDEN ITC/1940/2004, de 10 de junio, que modifica la Resolucion de 11 de noviembre de 2003, de la Secretaria de Estado de Energia, Desarrollo Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se efectua la convocatoria para la concesion de ayudas derivadas del Plan del Seguridad Minera para el ejercicio de 2004. - Boletín Oficial del Estado, de 22-06-2004

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 12 de Julio de 2004

F. entrada en vigor: 12/07/2004

Órgano emisor: MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 150

F. Publicación: 22/06/2004

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 150 de 22/06/2004 y no contiene posibles reformas posteriores

 La Orden ECO/1985/2002, de 30 de julio, por la que se regula la 
 concesión de ayudas derivadas del Plan de Seguridad Minera con vigencia 
 hasta el 31 de diciembre de 2007, establece las bases para la concesión 
 de ayudas a las actividades mineras para mejorar el nivel de seguridad 
 y salud de los trabajadores. 
 Por otra parte, el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre (Boletín 
 Oficial del Estado número 312, de 30 de diciembre), aprueba el Reglamento 
 del Procedimiento para la Concesión de Subvenciones Públicas, al que 
 han de ajustarse las convocatorias que se realicen con posterioridad a 
 la entrada en vigor de dicho Real Decreto. 
 Al amparo de lo establecido en el apartado decimonoveno de la citada 
 Orden se procedió a realizar la convocatoria para el año 2004, mediante 
 Resolución de 11 de noviembre de 2003. 
 El elevado número de solicitudes de ayudas presentadas ha originado 
 un aumento de las dificultades surgidas en la tramitación del procedimiento 
 administrativo establecido, en el que se incluye la petición de aclaraciones 
 a los interesados y la evaluación de los diferentes proyectos en régimen 
 de concurrencia competitiva, por lo que es previsible que la duración de 
 este trámite se acerque al límite máximo de seis meses establecido en 
 el punto undécimo 7 de la Orden ECO/1985/2002 por lo que se dificultará 
 extraordinariamente la ejecución de los proyectos que resulten 
 subvencionados en el plazo establecido en el punto duodécimo de la Resolución 
 de 11 de noviembre. 
 Por todo ello, dispongo: 
 énico.-Se modifica el apartado duodécimo de la Resolución de 11 de 
 noviembre de 2003, de la Secretaría de Estado de Energía, Desarrollo 
 Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se efectúa 
 la convocatoria para la concesión de ayudas derivadas del Plan de 
 Seguridad Minera para el ejercicio de 2004, que queda redactado de la siguiente 
 forma: 
 Duodécimo. Plazo para la ejecución de los subvencionados. 
 El plazo para la ejecución de los proyectos a que se refiere el apartado 
 undécimo 4 de la Orden ECO/1985/2002, de 30 de julio, para los que 
 resulten subvencionados en la presente convocatoria, finalizará el día 10 
 de diciembre de 2004. 
 Madrid, 10 de junio de 2004. 
 MONTILLA AGUILERA 
 Ilmo. Sr. Director General de Política Energética y Minas.