ORDEN ITC/1940/2004, de 10 de junio, que modifica la Resolucion de 11 de noviembre de 2003, de la Secretaria de Estado de Energia, Desarrollo Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se efectua la convocatoria para la concesion de ayudas derivadas del Plan del Seguridad Minera para el ejercicio de 2004. - Boletín Oficial del Estado, de 22-06-2004
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 12 de Julio de 2004
F. entrada en vigor: 12/07/2004
Órgano emisor: MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 150
F. Publicación: 22/06/2004
Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 150 de 22/06/2004 y no contiene posibles reformas posteriores
La Orden ECO/1985/2002, de 30 de julio, por la que se regula la
concesión de ayudas derivadas del Plan de Seguridad Minera con vigencia
hasta el 31 de diciembre de 2007, establece las bases para la concesión
de ayudas a las actividades mineras para mejorar el nivel de seguridad
y salud de los trabajadores.
Por otra parte, el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre (Boletín
Oficial del Estado número 312, de 30 de diciembre), aprueba el Reglamento
del Procedimiento para la Concesión de Subvenciones Públicas, al que
han de ajustarse las convocatorias que se realicen con posterioridad a
la entrada en vigor de dicho Real Decreto.
Al amparo de lo establecido en el apartado decimonoveno de la citada
Orden se procedió a realizar la convocatoria para el año 2004, mediante
Resolución de 11 de noviembre de 2003.
El elevado número de solicitudes de ayudas presentadas ha originado
un aumento de las dificultades surgidas en la tramitación del procedimiento
administrativo establecido, en el que se incluye la petición de aclaraciones
a los interesados y la evaluación de los diferentes proyectos en régimen
de concurrencia competitiva, por lo que es previsible que la duración de
este trámite se acerque al límite máximo de seis meses establecido en
el punto undécimo 7 de la Orden ECO/1985/2002 por lo que se dificultará
extraordinariamente la ejecución de los proyectos que resulten
subvencionados en el plazo establecido en el punto duodécimo de la Resolución
de 11 de noviembre.
Por todo ello, dispongo:
énico.-Se modifica el apartado duodécimo de la Resolución de 11 de
noviembre de 2003, de la Secretaría de Estado de Energía, Desarrollo
Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se efectúa
la convocatoria para la concesión de ayudas derivadas del Plan de
Seguridad Minera para el ejercicio de 2004, que queda redactado de la siguiente
forma:
Duodécimo. Plazo para la ejecución de los subvencionados.
El plazo para la ejecución de los proyectos a que se refiere el apartado
undécimo 4 de la Orden ECO/1985/2002, de 30 de julio, para los que
resulten subvencionados en la presente convocatoria, finalizará el día 10
de diciembre de 2004.
Madrid, 10 de junio de 2004.
MONTILLA AGUILERA
Ilmo. Sr. Director General de Política Energética y Minas.
