Legislación

Orden MED/15/2019, de 16 de julio, por la que se deroga la Orden DES/27/2009, de 17 de marzo, por la que se regula el turno de corta para los eucaliptales como medida preventiva en la lucha contra la enfermedad de las Manchas Foliares del Eucalipto (MFE) causada por el hongo Mycosphaerella spp en la Comunidad Autónoma de Cantabria., - Boletín Oficial de Cantabria, de 26-07-2019

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Ambito: Cantabria

Órgano emisor: CONSEJERIA DE MEDIO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 143

F. Publicación: 26/07/2019

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Cantabria Número 143 de 26/07/2019 y no contiene posibles reformas posteriores

Trascurrida una década desde la entrada en vigor de las medidas dispuestas en la Orden DES/27/2009, de 17 de marzo, por la que se regula el turno de corta para los eucaliptales como medida preventiva en la lucha contra la enfermedad de las 'Manchas Foliares del Eucalipto' (MFE) causada por el hongo Mycosphaerella spp en la Comunidad Autónoma de Cantabria,

Habiendo recopilado los informes técnicos pertinentes para la evaluación de la efectividad de las medidas aplicadas, deduciéndose de las mismas que no hay tendencia clara a la mejoría, con el paso del tiempo, en cuanto a la reducción de pies afectados por la enfermedad, existiendo fluctuaciones importantes entre unos años y otros, achacables probablemente a las condiciones climatológicas, en virtud del artículo 35.f) de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo 1. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto dejar sin efecto lo establecido el la Orden DES/27/2009, de 17 de marzo, en cuanto al establecimiento de un turno mínimo obligatorio de 12 años, para las cortas finales a hecho en plantaciones forestales de eucalipto en montes catalogados de Utilidad Pública, Libre Disposición o fincas particulares, como medida para el control de la enfermedad causada por el hongo Mycosphaerella spp.

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA

Sin perjuicio de lo establecido en la presente Orden, será de aplicación el contenido de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes; el Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes; la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal; la Orden de 6 de junio de 1996, de la Consejería de Ganadería Agricultura y Pesca por la que se modificaba el artículo 2º de la Orden de 31 de marzo de 1995 por la que se establecían medidas preventivas para la restauración de los bosques afectados por cortas e incendios y cuantas otras sean de aplicación.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Santander, 16 de julio de 2019.

El consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente,

Juan Guillermo Blanco Gómez.